La Jornada 6 de marzo de 1998

Incumplimiento de autoridades sobre Aguas Blancas y el ejido Morelia: CIDH

David Aponte Ť El gobierno mexicano no ha cumplido ``con las obligaciones de respeto a los derechos humanos y garan-tías'' impuestas por la Convención Americana en la masacre de Aguas Blancas, Guerrero. Las autoridades nacionales no han adoptado disposiciones legales internas para proteger las garantías individuales, judiciales y a la vida en ese caso, determinó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En el informe definitivo 49/97 fechado el 5 de marzo de 1998, recomienda completar las investigaciones del homicidio de 17 campesinos, ocurrido el 28 de junio de 1995, y ejercer las acciones penales correspondientes con el propósito de establecer las responsabilidades de ``altos funcionarios del estado de Guerrero'', entre ellos el ex gobernador Rubén Figueroa.

La CIDH también emitió una resolución final del caso del ejido Morelia, donde tres indígenas fueron detenidos, torturados y ejecutados por efectivos del Ejército Mexicano: hasta la fecha no hay una investigación ni una identificación y sanción de los responsables.

Del caso Aguas Blancas, el 11520, refiere que la Comisión Nacional de Derechos Humanos informó en julio de 1997 que el gobierno de Guerrero no había cumplido con todas las recomendaciones de su reporte 104/95, y únicamente acató tres de las 14 encomiendas dictadas por el ombudsman nacional.

El 23 de abril de 1996, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a conocer una resolución en la cual estableció que ``existió violación grave a las garantías individuales''. Entre los presuntos responsables de estas violaciones identificó al ex gobernador Figueroa Alcocer.

``Con base en las consideraciones de hecho y de derecho contenidas en el presente informe, la comisión ratifica su conclusión en el sentido de que el Estado (mexicano) es responsable de la violación de adoptar disposiciones de derecho interno de conformidad con (...) la Convención Americana y de los derechos humanos a las garantías judiciales, a la protección judicial, a la vida y a la integridad personal (...) por los hechos ocurridos en el vado de Aguas Blancas, municipio de Coyuca, estado de Guerrero, en fecha 28 de junio de 1995'', expone la CIDH.

Por lo tanto, determina que el gobierno de México no ha cumplido con las obligaciones de respeto a los derechos humanos consagradas en la Convención Americana.

La comisión recomienda en este caso completar una investigación seria, imparcial y efectiva de los hechos ocurridos en el vado de Aguas Blancas; ejercer las acciones penales correspondientes con el objetivo de establecer las responsabilidades de altos funcionarios del estado de Guerrero, identificados por la SCJN; imponer las sanciones penales y otorgar la indemnización adecuada a los familiares de las personas ejecutadas.

A finales del año pasado, la CIDH concedió un plazo de dos meses al gobierno mexicano para adoptar las medidas necesarias orientadas al cumplimiento de las recomendaciones. Sin embargo, la fecha expiró sin la respuesta gubernamental. En enero de 1998, la parte mexicana solicitó una prórroga de 30 días. La comisión declinó hacer un pronunciamiento al respecto, agrega el informe definitivo.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos y el PRD denunciaron la masacre de Aguas Blancas ante la CIDH.

En el asunto del ejido Morelia (11411), el organismo dependiente de la Organización de Estados Americanos recuerda que efectivos del Ejército Mexicano detuvieron en enero de 1997 a Severiano Santiz Gómez, Sebastián Santiz López y Hermelindo Santiz Gómez, quienes fueron torturados y ejecutados, ``sin que hasta la fecha se hayan realizado las investigaciones del caso, identificado y sancionado a los responsables, e indemnizado suficientemente a los familiares de las víctimas''.

Después de sus indagatorias, concluye también que el gobierno no ha cumplido con las obligaciones de respeto a los derechos humanos y garantías de la Convención Americana.

Al respecto, recomienda en el informe definitivo 48/97 fechado el 5 de marzo de 1998 que las autoridades realicen una investigación imparcial por medio de un fiscal especial; el ejercicio de la acción penal en contra de los militares presun- tamente implicados, y la reparación de las consecuencias de la violación de los derechos humanos, incluida la indemnización adecuada de los familiares de los indígenas asesinados.

La CIDH ofreció un plazo de tres meses para que el gobierno de México adopte las medidas necesarias para cumplir con las recomendaciones, ``y así poder remediar la situación examinada''.

Cejil, Human Rights Watch/Americas, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez denunciaron este caso ante la comisión interamericana.

Esta es la primera resolución del organismo internacional que involucra la actuación del Ejército Mexicano en el contexto del conflicto armado en el estado de Chiapas.