DOMINGO 2 DE SEPTIEMBRE DE 2001


Detrás de la captura de los supuestos farpistas

Atentados a Banamex: las razones de la PGR

Pruebas y declaraciones que lo mismo sirvieron para inculpar que para conceder la absolución en algunos delitos. Una investigación sospechosamente perfecta, armada en unas cuantas horas, que permitió el cateo de lo que la PGR califica como el corazón del Ejército Popular Revolucionario (EPR). Cinco presos en Almoloya, detenidos por un delito que -está probado-no cometieron, pero que siguen allí por razones de Estado. Una historia que huele a viejos tiempos

Alberto Nájar. Fotos: José Antonio López

Asunto de Estado.

Así, sin más, el subprocurador A de la Procuraduría General de la República (PGR), Gilberto Higue-ra, definió la investigación de las explosiones en tres sucursales de Banamex ocurridas el 8 de agosto en el Distrito Federal, y que reivindicaron las Fuerzas Armadas Revolucionarias del Pueblo (FARP).

mas-petardo.jpgEl escenario fue la presentación de Héctor, Alejandro y Antonio Cerezo Contreras, así como de Pablo Alvarado Flores y Sergio Galicia Max, acusados por la PGR de cometer los atentados, a pesar de que al mismo tiempo los vinculó con el EPR.

"Fue una acción eficaz del gobierno federal", presumió el subprocurador, y advirtió: "No toleraremos la impunidad, aplicaremos la ley en forma irrestricta y sin excepción".

Tras la captura vinieron los deslindes.

Las FARP advirtieron que los detenidos no pertenecen a la organización, mientras que el EPR acusó al gobierno de aprehender "a hijos de nuestros militantes".

La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) denunció que en las aprehensiones se cometió tortura, lo cual fue secundado por el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, José Luis Soberanes.

La PGR negó las imputaciones pero de todos modos inició una averiguación previa sobre los hechos.

Mientras, la dependencia filtró a algunos medios detalles y documentos que dijo fueron encontrados en los cateos, "como si pretendiera construir una historia y cubrir de legalidad estos hechos", según denunció el presidente de la Limeddh, Adrián Ramírez López.

"Es parte de la guerra sucia ?denunció?. "El objetivo de los cateos no se cumplió, igual como hizo (Ernesto) Zedillo con el Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente (ERPI). Tratan a la guerrilla como un fenómeno delincuencial".

Quejas y deslindes sirvieron de muy poco.

El 23 de agosto el juez tercero de distrito en materia de procesos federales, Leopoldo Cerón Tinajero, absolvió a los acusados de los ataques a las sucursales de Banamex, pero dictó auto de formal prisión por terrorismo, delincuencia organizada y violación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

La "razón de Estado" se impuso.

Cuando los policías trabajan

De acuerdo con el auto de formal prisión -del que Masiosare tiene una copia- la historia de la captura empezó con el parte informativo que el 9 de agosto rindieron los agentes de la Policía Judicial Federal (PJF) José Antonio Bonilla López, Víctor Gustavo Aguilar Romero, César Francisco Ramírez Torres, Ricardo Ernesto Soto Loaiza y Mauricio Gerardo González, con el visto bueno del primer comandante Francisco Garduño Juárez.

Ese día los policías localizaron, afuera de la sucursal Banamex de la colonia Bondojito, a "una persona del sexo masculino que se negó a proporcionar su nombre por temor a represalias", quien aseguró que los responsables de la explosión viajaban en un vehículo "marca Nissan con placas de circulación 229-JHE".

Al verificar "en las fuentes de información a las que se tienen acceso", relatan los judiciales, se determinó que las placas corresponden a un auto tipo Sentra color verde "registrado a nombre de Guadalupe González Ramírez, con domicilio en avenida Universidad número 2014, edificio Salvador A, departamento 802, en la colonia Romero de Terreros".

Sin embargo, el testimonio contradice al que horas antes rindieron Abraham Fuentes Rodríguez y Juan José Macías Núñez, quienes afirmaron que los explosivos fueron colocados por jóvenes de entre 18 y 25 años, con el rostro cubierto, que llegaron caminando y huyeron corriendo.

Las pesquisas continuaron.

En las afueras de la sucursal ubicada en la esquina de avenida del Taller y calzada de Tlalpan -donde se registró otra explosión- los policías se encontraron con otro testigo anónimo, esta vez "una transeúnte de edad avanzada, de aproximadamente 60 años", quien afirmó que la víspera "los ocupantes de un vehículo de la marca Nissan color arena, con placas de circulación 590-KJY", dejaron un paquete en el sitio de la explosión.

El auto resultó pertenecer a Sonia Cabazos Flores con domicilio en Manzana 9 número 12, colonia Educación, en Coyoacán.

(Curiosamente, en el cateo realizado a la casa de la familia Cerezo se encontró, según la PJF, la factura de este vehículo.)

Luego, en avenida Palmas, los agentes recabaron el testimonio de una pareja que identificó un Volkswagen Caribe placas 858-JEU como el auto en que viajaban cuatro sujetos que colocaron un explosivo en la sucursal de Banamex.

Sin embargo, al investigar la matrícula resultó que pertenecía efectivamente a un auto Volkswagen, pero del tipo Sedán.

Como quiera que sea, en esa misma jornada los judiciales establecieron que el auto Sentra es el mismo utilizado en un ataque al retén de la carretera Iguala-Teloloapan el pasado 31 de mayo, reivindicado por la Coordinadora Guerrillera Nacional José María Morelos.

En este grupo participan las FARP, el Ejército Revolucionario del Pueblo Insurgente y el Comité Clandestino Revolucionario de los Pobres-Comando Justiciero 28 de Junio, formados todos de una "segregación" del EPR.

Con esos datos establecieron "un servicio de vigilancia" en el domicilio donde aparece registrado el Sentra, con la suerte de que, apenas llegaron, los agentes vieron al auto que era "conducido por un sujeto de aproximadamente 25 años" y que se trasladó "al domicilio ubicado en prolongación de Aquiles Serdán número 64, colonia La Cañada, en la delegación Xochimilco".

El mismo donde se capturó a los hermanos Cerezo Contreras .

Según el parte informativo este inmueble es habitado "por cuatro personas del sexo masculino", de entre 45 y 18 años de edad, con aspecto costeño y de comportamiento extraño, según los vecinos. "En ocasiones los ven salir con maletas tipo salchicha, demasiado pesadas ya que las cargan entre dos personas", señala el documento, en las que "se aprecian protuberancias como rifles".

La versión de los policías no coincide con la declaración del propietario de la casa, José Silverio Martínez Gómez, quien el 13 de agosto declaró que sus inquilinos nunca "realizaron alguna actividad ilícita, como tener armas en el inmueble o que llegaran personas ajenas al mismo".

Más aún, en esa fecha afirmó que la persona que alquila su casa -una señora a la que sólo conoce como Gaby- y su esposo tenían dos semanas de no aparecer por la zona.

El dato no cambió la suerte de los judiciales. Mientras observaban la vivienda salieron dos de los ocupantes y se trasladaron "a la casa que se ubica en la calle de Ejido Acoxpa manzana 10 lote 24, de la colonia San Francisco Culhuacán", donde los recibieron tres mujeres.

Coincidentemente, también con aspecto costeño.

Aquí surge una nueva contradicción, pues en este domicilio "se apreció un vehículo marca Nissan Tsuru, color cereza o vino, con placas de circulación 858-JEU, el cual fue visto en la calle de Palmas número 500 momentos antes de que se suscitara la explosión".

El problema es que el testimonio inicial mencionó a un Caribe, mientras que las pesquisas de los agentes determinaron que las placas pertenecen a un Sedán. Y ahora, estos mismos policías informaron del hallazgo de un Tsuru con la misma matrícula.

Esta contradicción no fue tomada en cuenta por el juez, quien en su momento determinó que el parte informativo tiene el carácter de una "prueba instrumental de actuaciones".

El parte informativo concluye con otras dos coincidencias: de Culhuacán los sujetos se fueron a la Calle 17, colonia Valle de los Reyes, municipio de Los Reyes-La Paz, donde -sorpresa- se encontró otro Nissan Tsuru placas 590-KJY que fue visto en Tlalpan y avenida del Taller el día de las explosiones.

Este vehículo fue a parar al predio de Peña y Peña 20, en el Centro Histórico, mientras que el Sentra se dirigió a la casa de cerrada del IMAN, manzana 8, lote 7, en el Pedregal de la Zorra, donde vive el carpintero Sergio Galicia Max.

Los autos no aparecieron en los cateos.

Pólvora mojada

En el informe oficial de los operativos realizados en las casas de seguridad llaman la atención algunos datos.

pgr-real-higuera-farpjpgEn el acta circunstanciada del cateo a la vivienda de Xochimilco se establece que, en un momento no determinado, "se presentó quien dijo llamarse Alejandro Cerezo Contreras, quien manifestó habitar en dicha vivienda con su hermano de nombre Héctor, indicando que ambos pertenecen al grupo EPR".

Fue suficiente. "Debido a su manifestación al encontrarse relacionado con los presentes hechos, se procedió también a su aseguramiento", añade el documento, donde además se asienta una larga lista de objetos decomisados, como actas de nacimiento y de matrimonio de varias personas, cartillas del Servicio Militar Nacional, 239 discos de computadora, credenciales de la UNAM, boletos de tren, pilas tipo AA, 176 mil dólares y hasta "un escrito de Alejandro Echevarría, El Mosh".

También se encontró propaganda y comunicados del EPR, el EZLN, las FARP y la Tendencia Democrática del EPR, así como algunos videos, como el titulado Labor de proselitismo por parte de Jacobo Silva Nogales, el Comandante Antonio, detenido en Almoloya y fundador del ERPI.

En el cateo de la casa de Los Reyes la PJF encontró "debajo de la cama" una mochila con varias prendas, entre éstas cinco camisolas "estampadas en colores verde, café, beige y negro, con cuatro bolsas al frente", que por sus características "generan la impresión de ser parte de un uniforme militar", pues tenían un escudo, "en la parte superior de la bolsa izquierda, en el que se lee US ARMY".

Pero quizá lo que más llama la atención es el resultado de los peritajes a los "artificios pirotécnicos" localizados en la casa de la familia Cerezo Contreras.

Al perito Moisés Moreno Gallego se le mostraron "diversos artefactos conocidos como cuetes o palomas integrados por interruptor, reloj y fuente de energía", para que determinara "su naturaleza y encuadramiento en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos".

La respuesta: "los artefactos pirotécnicos son de elaboración artesanal y tienen aplicación al uso recreativo y de diversión", aunque reconoce que para utilizarlos se requiere permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Otro dictamen similar es el que rindieron los militares Pedro Antonio Hernández Escalona, Rafael Paz García y Adolfo Valente García León, peritos en explosivos, quienes determinaron que, si bien los materiales confiscados "pueden ser empleados para construir artefactos explosivos, son de poca calidad y fáciles de conseguir en el mercado nacional".

Y concluyen: el único elemento común entre los elementos encontrados en los cateos y los utilizados en las explosiones "es la presencia de mecha de seguridad".

Las razones del juez

A lo largo de las 300 fojas del auto de formal prisión los peritajes, las declaraciones de los mismos testigos, las actas circunstanciadas de los cateos y sobre todo el parte informativo de la PJF se repiten varias veces.

Pero se utilizan con fines distintos.

farp_casa_losreyes2Para dictar el auto de formal prisión por almacenamiento de artificios, posesión de armas y cartuchos de uso exclusivo del Ejército el juez Cerón Tinajero los consideró de "valor probatorio pleno", pero no fue así al momento de dictar libertad por el delito de transformación de artificios, pues resultaron ser "insuficientes".

En cambio, para establecer el delito de terrorismo Cerón Tinajero los definió como "la prueba circunstancial plena" de que, en agosto del 2001, los procesados, "empleando para ello explosivos, pudieron llevar a cabo actos en contra de inmuebles, con los cuales produjeron alarma o terror en la población".

Pero lo más grave es que, otra vez con los mismas pruebas y declaraciones, el juez dejó libres a los procesados por el delito de daño en propiedad ajena, pues no se demostró "que ellos hubieran sido quienes causaron de manera directa los daños sufridos por las instituciones bancarias".

¿Por qué esta diferencia de criterios?

Según la abogada de los hermanos Cerezo Contreras, Pilar Noriega, en el fondo el juez "está más preocupado por quedar bien con las autoridades administrativas del penal" que con impartir justicia.

La muestra es, añade, que les inició proceso por terrorismo, delito grave y suficiente para mantenerlos en La Palma, donde la defensa es más difícil.

El juez Cerón Tinajero argumenta, en cambio, que los acusados no desvirtuaron las imputaciones del Ministerio Público -como el demostrar "por qué tenían en su poder dinero en moneda extranjera"- o bien presentaron argumentos insuficientes, como ocurrió con el carpintero Galicia Max.

Además, para dictar auto de formal prisión "no se requiere de pruebas plenas" sino, como estableció el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, lo único que hace falta es "que los datos arrojados por la averiguación sean bastantes para comprobar el cuerpo del delito".

Pero quizá la respuesta sea la definición que el gobierno tiene de este caso: es un asunto de Estado.*