SABADO Ť Ť DICIEMBRE Ť 2001

Ť Abarcará a los tres poderes de la Unión, organismos autónomos y universidades

Listo, proyecto de ley de acceso a la información

Ť El Ejecutivo, obligado a transparentar remuneraciones, concesiones, contrataciones

ALONSO URRUTIA

El gobierno federal envió ayer al Congreso de la Unión el proyecto de ley de Transparencia y Acceso a la Información que, entre otros aspectos, abarcará los tres poderes de la Unión, así como a los organismos constitucionales autónomos como el IFE, la CNDH y el Banco de México, universidades públicas y otros organismos a los que la ley confiere autonomía.

La iniciativa considera un periodo máximo de 20 años para desclasificar la información. El proyecto de ley establece la creación de una Comisión de Garantías de Información, definida como "un órgano de la administración pública federal con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargada de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información, resolver sobre la negativa a solicitudes y proteger datos personales en poder de las dependencias". Dicha comisión no estará subordinada a autoridad alguna y adoptará decisiones con plena independencia.

Estará integrada por tres comisionados nombrados por el titular del Ejecutivo, previa consulta de la Secretaría de Gobernación con organizaciones sociales. Sólo podrán ser removidos por causa grave y su encargo durará cuatro años con la posibilidad de ser relegidos por una sola vez, lapso en el que no podrán tener ningún otro empleo, salvo en instituciones docentes, científicas o de beneficencia. Los comisionados no podrán haber desempeñado cargos de secretario de Estado, jefe de departamento administrativo, procurador, senador, diputado federal ni gobernador.

Sin embargo, si la inconformidad de los ciudadanos persiste aun con la intervención de esta comisión, podrán acudir al Poder Judicial a fin de que sea garantizado su derecho de acceso a la información.

Será información reservada y confidencial: la que comprometa seguridad nacional, seguridad pública o defensa nacional; menoscabe la conducción de negociaciones internacionales, incluida aquella que otros Estados entreguen a México; la que dañe la estabilidad financiera, económica o monetaria del país; la que ponga en riesgo la vida de cualquier persona; secretos comerciales; averiguaciones previas y expedientes judiciales y procedimientos no concluidos de responsabilidad de servidores públicos.

El proyecto define que las excepciones previstas en la ley corresponden a los estándares internacionales comúnmente aceptados y que están siempre justificados por un equilibrio entre el derecho a la información y la protección del interés público.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo señala que un Estado más transparente será por consecuencia más eficiente, lo cual se reflejará en un fortalecimiento del erario público, toda vez que esta ley permitirá abatir los índices de corrupción pública. Asimismo explica que la información no sólo se transparentará sino que se democratizará, y tenderá con ello a igualar las oportunidades. El proyecto está sustentado en los artículos 6 y 8 de la Constitución, que garantizan los derechos de petición e información.

La iniciativa destaca que hay cuatro ejes fundamentales que regirán la transparencia y el acceso a la información, entre ellos la obligación de los órganos del Estado de poner a disposición de los ciudadanos un conjunto de informaciones que les permitan tener conocimiento directo de las funciones, acciones, resultados, estructura y recursos financieros públicos.

Entre otros informes que el Ejecutivo está obligado a poner a disposición del público se encuentran: la remuneración mensual por puesto, incluso el sistema de compensación de los servidores públicos; los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal que realice la Secodam; las concesiones, permisos o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de los mismos; las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la Ley de Adquisiciones, incluidos montos y proveedores.

Un segundo eje es el referente al derecho de los particulares a requerir información, la que el gobierno está obligado a entregar con eficiencia. Plantea que si hay inconformidad y se apela a la Comisión de Garantías la decisión de ésta será obligatoria para el Poder Ejecutivo, no así en el caso del ciudadano, que tendrá siempre el derecho de recurrir por la vía del amparo frente a las decisiones de la comisión.

No obstante, la inciativa indica que el Poder Legislativo y el Judicial, así como los organismos autónomos, deberán crear sus propios órganos para garantizar el acceso a la información, con base en criterios correspondientes a su estructura. En el caso del Poder Ejecutivo se crearán unidades de enlace, que serán las responsables de entregar la información al ciudadano.

El procedimiento de acceso deberá durar máximo 20 días hábiles, aunque en algunos casos podría ampliarse, con causas justificadas. El costo no podrá exceder del valor de la búsqueda que genere la solicitud, los materiales utilizados y el envío.

El documento especifica como causas de responsabilidad para sanciones el uso y sustracción, destrucción, ocultamiento, inutilización, divulgación indebida o alteración de la información a la cual tengan acceso o conocimiento los funcionarios por motivo de su cargo. Además, actuar con negligencia, dolo y mala fe en la respuesta a la solicitudes de acceso a la información.