Directora General: Carmen Lira Saade

México D.F. Jueves 31 de enero de 2002

Sociedad y Justicia

Ť Además ratifica la legalidad del Tribunal Universitario de la máxima casa de estudios

Confirma la Corte expulsión de El Mosh de la UNAM

JESUS ARANDA

La primera sala de la Suprema Corte confirmó la expulsión de Alejandro Echevarría Zarco, El Mosh, de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, y ratificó la legalidad del Estatuto General, del Tribunal Universitario y de la Comisión de Honor de la máxima casa de estudios, en razón de que las instituciones públicas del país gozan de autonomía normativa y orgánica dentro del marco constitucional, con el propósito de que expidan su legislación e instruyan sus propios órganos de gobierno

En votación unánime, los cinco ministros que integran este cuerpo colegiado aprobaron el dictamen presentado por Humberto Román Palacios, en el que, además, se rechazó el alegato del ex dirigente del Consejo General de Huelga de la UNAM, quien señalaba que su expulsión era violatoria del artículo tercero constitucional.

Al respecto, el pleno estableció que si bien es cierto que la Constitución consagra el derecho a la educación de todos los gobernados, "también es verídico que dicha garantía debe ejercerse observando y cumpliendo las normas ordinarias establecidas por el Poder Legislativo y las autoridades universitarias, de manera que el quejoso infringió las reglas de la UNAM, lo que dio lugar a un proceso administrativo en su contra, que culminó con su expulsión como alumno universitario".

La resolución añade que la decisión de las autoridades universitarias no es violatoria de la Carta Magna, ya que el artículo tercero "en ningún momento prohíbe a las instituciones públicas expulsar a sus alumnos que hayan infringido la normatividad, máxime cuando la fracción séptima de dicho artículo concede autonomía normativa y orgánica plena a las universidades públicas" para crear su propia legislación e instruir sus órganos de gobierno.

Asimismo, la Corte rechazó los argumentos de El Mosh en el sentido de que el Tribunal Universitario es inconstitucional, por tratarse de un "tribunal especial". Sobre el particular, los ministros determinaron que aquél fue formado por un ordenamiento legal general, abstracto e impersonal, como lo es el Estatuto General de la UNAM, "puesto que su creación tiene como finalidad juzgar los actos de los miembros del personal académico y de los alumnos que transgredan la legislación universitaria", sin establecer un número determinado de personas o asuntos que deba conocer, ya que su ámbito de competencia comprende a toda la comunidad de la máxima casa de estudios, y todos los hechos o actos que infrinjan las normas universitarias.

Su integración contempla un presidente, que es el más antiguo de los profesores del Consejo Técnico de la Facultad de Derecho; un vocal permanente, que será el investigador de mayor antigüedad del Consejo Interno del Instituto de Investigaciones Jurídicas; un vocal académico, que será el profesor o el investigador más antiguo del Consejo Técnico o Interno, en este caso de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, y un secretario, que será el abogado general de la UNAM, el cual está facultado para conocer de todas aquellas faltas cometidas por los alumnos.