Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 16 de abril de 2002
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Desconocen autoridades aspectos sobre este tipo de delitos: la procuradora del ramo

Falta cultura para vigilar y denunciar delitos ambientales

RICARDO OLAYO GUADARRAMA

La procuradora ambiental del Distrito Federal, Ileana Villalobos, indicó que a un año de existencia no ha sido posible probar algún delito que afecte el medio ambiente en la ciudad de México, entre otras razones por la dificultad para acreditar elementos que inculpen a los presuntos infractores.

En el caso concreto de la tala de madera, dijo que por ejemplo es difícil probar que quienes conducen un camión hayan realizado el corte de árboles o que la madera que transportan corresponda a una zona específica de la ciudad.

La funcionaria habló en entrevista al final de una conferencia organizada por la delegación Tlalpan, cuyo objetivo fue precisamente informar a las autoridades de los mecanismos para integrar un delito ambiental.

Una de las tareas en que es necesario avanzar, apuntó, es en la difusión entre autoridades, agentes del Ministerio Público y jueces, de las características de este tipo de faltas.

Por la incipiente vida de la Procuraduría aún no permea en la sociedad y sus instituciones la práctica de vigilar y denunciar los delitos que afectan el medio ambiente.

La Procuraduría ha intervenido en algunos expedientes para lograr un acuerdo entre las partes que a veces ha evitado llegar a la última fase de un proceso judicial.

En la conferencia en que participó la procuradora Villalobos, explicó que la denominación completa de la dependencia que encabeza es Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, que recibe denuncias relativas al patrimonio cultural urbano; zonificación; imagen urbana; programas de Desarrollo Urbano; cambio de uso de suelo, asentamientos irregulares, ruido y olores.

Entre las tareas de la Procuraduría están atender las quejas contra daños a la flora y fauna silvestres, emisiones a la atmósfera, impacto y riesgo ambiental. Asimismo, tiene prevista la demanda de la reparación del daño de parte de aquel que haya sido el causante de una afectación, indicó Villalobos en su ponencia.

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