Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 15 de agosto de 2002
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Sociedad y Justicia

La decisión, sobre el delito de enriquecimiento ilícito

Hoy, fallo de la Corte en torno a la demanda de Raúl Salinas

La resolución podría ser utilizada por otros acusados

JESUS ARANDA

Después de una intensa discusión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverán este jueves el amparo interpuesto por Raúl Salinas de Gortari en el que demanda la inconstitucionalidad del delito de "enriquecimiento ilícito". Trascendió que existen al menos dos proyectos de dictamen -uno a favor del amparo y otro en contra-, y según fuentes del máximo tribunal la votación es impredecible.

Sin embargo, funcionarios de la Corte destacaron la importancia que tendrá que la votación sea de seis o de ocho votos en favor de uno de los proyectos, porque si los votos resolutivos no superan los ocho, el hecho quedaría sólo como la concesión o no de un amparo contra el auto de formal prisión que impugna Raúl Salinas.

De ser así, el amparo sólo favorecería al hermano del ex presidente. Pero si los votos fueran más de ocho, la Corte emitiría un criterio jurídico que podría ser utilizado por otros procesados por el mismo delito para obtener sentencias favorables.

Uno de los dictámenes que discutieron los ministros plantea negar el amparo a Raúl Salinas, lo que para algunos especialistas significaría convalidar "graves violaciones" a la Constitución, toda vez que el máximo tribunal apoyaría un precepto que contradice el sistema jurídico mexicano, que es la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.

De acuerdo con el constitucionalista Elisur Arteaga, el artículo 224 del Código Penal Federal establece que el servidor público que sea acusado de enriquecimiento ilícito producto de su cargo, deberá probar la legítima procedencia del aumento de su patrimonio, es decir, tendrá que demostrar su inocencia, cuando el principio rector del derecho mexicano ha sido precisamente lo contrario.

Los ministros discutieron el argumento de la defensa de Salinas de Gortari en el sentido de que el referido artículo contiene una laguna legal, al decir que se sancionará al servidor público que no demuestre la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, "en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos". Ello, porque esta norma no contempla las sanciones correspondientes.

También discutieron el hecho de que, según la defensa de Raúl Salinas, el citado artículo no establece la conducta delictiva específica, lo que va en contra del artículo 14 constitucional, que precisa: "en los juicios de orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata".

En cambio, si prevalece el punto de vista del ministro instructor Sergio Salvador Aguirre Anguiano, cuyo proyecto está a favor de conceder el amparo, Raúl Salinas quedaría libre en relación con el delito de enriquecimiento ilícito por más de 180 millones de pesos, toda vez que se revocaría el auto de formal prisión en su contra.

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