Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 28 de agosto de 2002
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Capital

Emite recomendación a la SSP y a la procuraduría por los hechos en Petatlalco

Pide la CDHDF a corporaciones revisar la forma en que actúan para evitar linchamientos

Lamenta el ombudsman la falta de avances en la investigación, a más de un año del suceso

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

Tras el linchamiento de una persona que intentó robar en una iglesia del pueblo de Magdalena Petlacalco, delegación Tlalpan, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal registró alrededor de 10 intentos de cometer la misma acción en la ciudad, por lo que hizo un urgente llamado a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia capitalinas a "repensar los procedimientos, capacidad y velocidad de respuesta" en situaciones en que las personas pretendan hacerse justicia por propia mano.

Al dar a conocer la sexta recomendación del año, por los hechos ocurridos en Magdalena Petatlalco la noche del 25 de julio de 2001, la CDHDF lamentó que la investigación de la procuraduría no haya permitido aún determinar quiénes son los probables responsables.

Por otra parte, el comisionado Emilio Alvarez Icaza señaló que la PGJDF no ha respondido a la propuesta general que el ombudsman emitió hace cuatro meses para la modificación de prácticas administrativas de dicha dependencia, a partir del análisis de su actuación en la investigación e integración de las averiguaciones previas por las amenazas que en su momento recibieron Digna Ochoa y otros defensores de derechos humanos.

Sobre los actos de linchamiento, el presidente de la CDHDF señaló que son "un aviso a las autoridades encargadas de prevenir el delito y de garantizar nuestra seguridad ante hechos de esta magnitud".

Pero lo más grave de esto, agregó, es que hay sectores de la sociedad que consideran que hechos graves como el robo de infante, la violación, los asaltos y otros delitos quedan fácilmente impunes, por la ineficacia de las autoridades o por corrupción.

En su recomendación de ayer, respecto de la actuación de la SSP en los hechos en Magdalena Patlacalco, el ombudsman señaló que los mandos policiacos, al no valorar la gravedad del evento, no tomaron decisiones ni actuaron de la manera apropiada para impedir el linchamiento del detenido.

Por esto pide que la contraloría interna inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa para determinar si los jefes policiacos Jorge Celso Hernández Leyte y Alejandro Jiménez Solís incurrieron en alguna responsabilidad. Asimismo, que instruya a los uniformados para que prevengan casos que pudieran terminar en linchamiento y "en caso de requerirse para lograr que cesen las acciones violentas, previa capacitación, promueva el uso de la fuerza como se establece en el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, de la ONU".

Por lo que hace a la PGJDF, la recomendación 6/2002 establece que aun cuando las distintas declaraciones permiten establecer la identidad de las personas que en un primer momento tuvieron a su disposición al detenido, no se ha realizado un análisis completo para determinar la indagatoria, y "de las diligencias practicadas hasta junio último no ha habido resultados significativos que, por lo menos, hagan presumir que la averiguación previa próximamente se determinará".

Alvarez Icaza señaló que a más de un año de los hechos, el Ministerio Público argumentó la falta de colaboración de los pobladores de Magdalena Petlacalco como uno de los principales problemas para integrar la averiguación previa, situación que no se justifica al no determinarse una estrategia que permita corregir el problema de las ambigüedades e inexactitudes de la indagatoria.

Recomienda tomar las medidas necesarias para establecer controles eficaces y permanentes para que el agente del Ministerio Público a cargo de la averiguación previa examine con profesionalismo los hechos para corregir omisiones o dilaciones en la integración y previo análisis de las diligencias practicadas, a fin de evitar acciones inecesarias, irrelevantes o contradictorias. Asimismo, que diseñe un programa de diligencias de investigación básicas para confirmar o desestimar los hechos.

Ambas corporaciones tienen un plazo de 10 días para dar respuesta a los puntos de la recomendación.

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