Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Viernes 1 de noviembre de 2002
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Se removerían dirigentes

Pide comisión anular comicios perredistas en Jalisco

CAYETANO FRIAS FRIAS CORRESPONSAL

Guadalajara, Jal., 31 de octubre. Un dictamen emitido por la Comisión para la Legalidad y Transparencia del PRD -que ordena la anulación de las elecciones de presidentes y consejeros estatales y municipales realizadas el 17 de marzo- fue presentado por las corrientes de ese instituto político opositoras al Grupo Universidad, que desde el 5 de mayo dirige el partido en Jalisco.

De ser ratificada la resolución por el Consejo Nacional del sol azteca, cuya asamblea se realizará en los primeros 10 días de noviembre, serían removidos de sus puestos Celia Fausto Lizaola y Alfredo Escobar Ruiz, presidenta y secretario general estatales, respectivamente, así como los titulares de los comités municipales en los que se hubiera registrado más de una planilla.

El diputado Guadalupe Madera, acompañado de los alcaldes de San Marcos, Ahualulco, La Huerta, La Manzanilla y Cuquío, explicó que el dictamen está fechado el 15 de septiembre de 2002 y fue firmado por Samuel del Villar, Teresa Juárez de Castillo, Rubén Rocha Maya y Miguel Angel García Domínguez.

El expediente se conformó con nueve quejas por irregularidades achacadas al Grupo Universidad de Guadalajara, encabezado por el ex rector Raúl Padilla López, documentadas por al menos nueve ex candidatos a ocupar tanto la dirigencia estatal como las municipales.

La comisión presidida por Samuel del Villar estableció que los dirigentes Fausto Lizaola y Escobar Ruiz comparecieron el 13, 14 y 21 de septiembre para contestar la demanda, pero "no aportaron elemento probatorio alguno" para desvirtuar las acusaciones en su contra.

Tras las audiencias realizadas con los quejosos y terceros interesados, se resolvió que "la resolución anulatoria de las elecciones en el estado de Jalisco muestra estar debidamente fundada y motivada" en la "ilegalidad de 20 mil hojas de afiliación", las formas para "la aprobación de la guía amarilla" y los actos de preparación del proceso electoral efectuados "un día antes y el propio día de la jornada".

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