Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 5 de noviembre de 2002
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Pretende el GDF sustituir la Ley de Justicia Cívica por la de Convivencia Ciudadana

Preparan regulación que permutará multas y arrestos por trabajo social

Privilegiar en juzgados mecanismos de conciliación y resarcir daños a la ciudad, entre los propósitos

SUSANA GONZALEZ G.

La nueva clasificación y precisión de conductas que, sin ser delitos atentan contra la comunidad y deben ser sancionadas, así como privilegiar en los juzgados cívicos mecanismos de conciliación entre las partes en conflicto, y el resarcimiento de daños a la ciudad, que incluye la permuta de arrestos y multas por trabajo comunitario, son algunos de los puntos que contiene la iniciativa de la Ley de Convivencia Ciudadana, que afina el Gobierno del Distrito Federal (GDF) para sustituir a la actual Ley de Justicia Cívica.

El proyecto contiene 103 artículos, divididos en 14 capítulos más un apartado de disposiciones transitorias, y aunque pareciera que "se incrementan las conductas que deberán ser sancionadas por los jueces cívicos, en realidad lo que pasa es que algunas de las hoy contenidas en la Ley de Justicia Cívica se desprenden en tres o cuatro infracciones", explicó en entrevista, José Angel Avila, coordinador de asesores de la Secretaría de Seguridad Pública y uno de los responsables de la iniciativa que será enviada a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su discusión y, en su caso, aprobación.

Destacó que los juzgados cívicos pueden proponer a los infractores que en lugar de permanecer bajo arresto por varias horas o pagar una fianza, realicen trabajo comunitario, pues las conductas a sancionarse van desde daños al mobiliario urbano, riñas, golpes, producir ruido que atente contra la tranquilidad de las personas, detonar cohetes, participar en arrancones y alterar el orden, entre otras.

Con esa permuta se resuelve uno de los problemas de la actual ley, puesto que aunque se levantan infracciones contra las personas que "atentan contra la ciudad", las multas o arrestos no se traducían en el resarcimiento del daño, dijo el funcionario.

"Así que se plantea, dentro del marco constitucional la posibilidad de que el infractor, una vez que el juez haya determinado que es merecedor de una sanción pueda optar por desarrollar un trabajo a favor de la comunidad a la que afrentó. Creemos que es un mecanismo que va a favorecer la restauración del daño, en la misma dirección y magnitud en que éste se causó".

Tirar basura, orinar o defecar en la vía pública, dañar o pintar el mobiliario urbano, también son conductas que se consideran faltas administrativas por la actual ley y se conservan en el proyecto que la sustituirá, así que, según Avila, los trabajos comunitarios, "siempre voluntarios y a petición del infractor, porque no se puede obligar a nadie a trabajar", serán siempre en relación con la naturaleza del daño y las necesidades de la comunidad. "Si alguien ensucia, rompe o pinta el mobiliario urbano, su trabajo podrá consistir justamente en limpiar, reparar o despintar", precisó.

El funcionario mencionó que una de las principales causas por las que debe cambiarse la Ley de Justicia Cívica, que data de 1999, es que "plantea una serie de conductas sancionables que por su descripción presenta algunas ambigüedades, porque no permite aplicar con precisión las sanciones correspondientes, debido a que las conductas enunciadas son, en algunas ocasiones, demasiado generales y en otras susceptibles de interpretación."

Además, esas conductas que son consideradas faltas administrativas están divididas de acuerdo con el daño que ocasionan, y se distinguen las que atentan contra la dignidad o la seguridad de las personas de aquellas que lo hacen contra la tranquilidad de la sociedad en general o contra el entorno urbano. Clasificación que no existe en la legislación vigente y que se pretende remediar en la Ley de Convivencia Ciudadana.

Lo anterior permite además aplicar las sanciones de acuerdo con el tipo de infracción y daño que se cometa, ya sea individual o colectiva, y establece el tipo de procedimiento que se sigue para cada caso.

Destacó que justamente en la aplicación de arrestos y multas, la nueva ley "privilegia los mecanismos de conciliación entre los miembros de una colectividad, de modo que puedan resolver sus diferencias entre sí, y no escalen en problemas mayores, así el juez tiene que desarrollar mayor función".

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