Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 2 de febrero de 2003
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Política

Antonio Gershenson

Los viajes y la Constitución

Se han publicado varias noticias en el sentido de que a nuestro Presidente no lo recibieron muy bien en Europa algunos gobernantes y, sobre todo, grupos de empresarios. ƑUn gobierno que se anunció como de empresarios y para los empresarios?

Una posible causa ha sido que, en vez de promover la inversión privada en las áreas en las que la Constitución y las leyes lo permiten, ha centrado las invitaciones y las discusiones en las pocas áreas en las que la Constitución y las leyes la prohíben. Sobre todo, en la prestación del servicio público de energía eléctrica y en la industria petrolera, incluyendo al gas natural. Y cuando la Suprema Corte le echa abajo cambios al reglamento eléctrico, y el Senado rechaza su propuesta de cambios a la Constitución, pues llega un momento en que al Presidente ya no le creen.

El artículo 27 de la Constitución, en su párrafo sexto, dice:

"... Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado, y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines."

Subrayamos "o gaseosos" porque con el gas natural se insiste en otorgar los llamados contratos de servicios múltiples a grandes empresas trasnacionales. Pese a las advertencias, incluso provenientes de senadores, en el sentido de que estos contratos correrán una suerte similar a la de los mencionados antecedentes eléctricos, se sigue con el asunto. Hace poco se publicó una tercera versión del borrador para estos contratos.

Se trata, castigando a la gramática e introduciendo términos oscuros o, en el mejor de los casos, inexactos, de ocultar las violaciones a la Constitución que no por ello se dejan de cometer. Se deja claro que se encomendaría a las trasnacionales la extracción y producción de gas natural, que es uno de los carburos de hidrógeno gaseosos que menciona el artículo 27. Se intenta encubrir esto con la afirmación de que se trata de trabajos de mantenimiento, pero en este concepto se incluyen exploración, desarrollo, producción, transporte y procesamiento del gas mencionado.

Los conceptos incluidos, no por ser rebautizados como mantenimiento, dejan de ser parte de la lista que la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas considera, precisamente, como obras públicas. En el artículo 3 se incluyen como tales:

"II. Los trabajos de exploración, geotecnia, localización y perforación que tengan por objeto la explotación y desarrollo de los recursos petroleros y gas que se encuentren en el subsuelo y la plataforma marina;

"III. Los proyectos integrales o llave en mano, en los cuales el contratista se obliga desde el diseño de la obra hasta su terminación total, incluyéndose, cuando se requiera, la transferencia de tecnología."

Con lo cual se confirma que la materia de los llamados contratos de servicios múltiples es obra pública, y que queda dentro de la prohibición constitucional al referirse a carburos de hidrógeno gaseosos, como es el caso del gas natural.

La forma de atraer inversión extranjera no es mintiendo a los inversionistas. No porque el discurso trate de ser muy derechista o muy reaccionario van a atraer inversión productiva, inversión real. Los inversionistas, antes de poner el dinero, observan los hechos. Y la situación del país sigue siendo, después de dos años, recesiva.

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