Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 20 de marzo de 2003
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Capital

La PGJDF "no pudo" establecer responsabilidad en el crimen ocurrido en 2001

Ningún participante en el linchamiento en Magdalena Petatlalco será procesado

Hay evidencias; al menos debería sancionarse por lesiones, señala Alvarez Icaza

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) determinó el no ejercicio de acción penal en la investigación que realizó con motivo del linchamiento de una persona en el pueblo de Magdalena Petatlalco, en la delegación Milpa Alta, la noche del 25 de julio de 2001.

La dependencia no logró recabar elementos suficientes para determinar quiénes fueron los responsables de la muerte de Carlos Pacheco Beltrán, detenido por habitantes del pueblo luego de que intentó sustraer algunos objetos de la parroquia de Santa María Magdalena.

Sin embargo, para la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) no se agotaron los procedimientos conducentes a lograr el esclarecimiento del hecho y deslindar responsabilidades, por lo que el presidente del organismo, Emilio Alvarez Icaza, solicitó una reunión con el titular de la PGJDF, Bernardo Bátiz Vázquez, que se realizará en los próximos días.

El ombudsman consideró que es muy importante que al menos haya una sanción por lesiones. "La procuraduría argumenta que no sabe quién causó el linchamiento de ese joven, pero hay evidencia videográfica, fotográfica, de gente que participó en la golpiza. Creo que es necesario que la autoridad mande una señal contundente de que este tipo de delitos no quedarán impunes. Es muy importante mandar un mensaje de legalidad", insistió.

Extraoficialmente trascendió que la madre del occiso presentó un escrito de inconformidad por la resolución de no ejercicio de acción penal ante la Coordinación de Agentes Auxiliares del procurador, por lo que la averiguación previa correspondiente estaría en revisión.

La CDHDF emitió el 26 de agosto pasado la recomendación 6/2002 por "omisiones e ineficaz intervención de diversos servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública y dilación en la procuración de justicia", en la cual solicita a la PGJDF examinar los hechos y corregir las omisiones o dilaciones en la integración de la averiguación previa; diseñar un programa de diligencias de investigación básica para confirmar o desechar los hechos; aclarar y completar la información faltante en las testimoniales y determinar la comprobación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad de las personas que pudieran estar implicadas.

La dependencia aceptó únicamente los tres primeros puntos de la recomendación, pero después de una reunión convocada por el comisionado Alvarez Icaza, el procurador Bátiz aceptó también el cuarto punto.

Finalmente la PGJDF informó al ombudsman capitalino del acuerdo de no ejercicio de la acción penal dictado en la averiguación previa correspondiente, la 23/2166/01-07. Independientemente del escrito de inconformidad que presentó la madre del occiso, la CDHDF inició también el análisis de la actuación del Ministerio Público.

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