Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 23 de abril de 2003
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Política

Libertad de expresión y reformas en radio y televisión, los temas en la Cámara

Presentan predictámenes sobre la información

ENRIQUE MENDEZ Y ROBERTO GARDUÑO

La Comisión Especial para la Reforma del Estado, de la Cámara de Diputados, presentó los predictámenes de la ley de garantías a las libertades de expresión e información, que reglamenta los artículos 6 y 7 de la Constitución, así como de cambios a la Ley Federal de Radio y Televisión.

En el caso de esta última se pretende controlar mediante una comisión autónoma el otorgamiento de concesiones y sustituir la estructura sobre la que, dijo la diputada panista María Teresa Gómez Mont, todavía se permite a particulares operar estaciones de radio y televisión.

Al presentar los dos documentos, los integrantes de la subcomisión de medios de dicha comisión insistieron en que se transparentará el régimen de concesiones, las cuales se realizarán en procesos de licitación abiertos.

También se busca corregir el "decretazo" del presidente Vicente Fox sobre los tiempos a que tiene derecho el Estado en radio y televisión, y propone que de los 30 minutos que le corresponden, 70 por ciento sea para el gobierno federal, 10 por ciento para el Poder Legislativo, 5 para el Judicial, 15 para los organismos constitucionales autónomos y 15 por ciento para el Instituto Federal Electoral en año de comicios federales.

Con ello, la disposición de los tiempos fiscales ya no sería exclusiva de la Presidencia, sino de los tres poderes de la Unión y organismos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el propio instituto electoral.

Respecto a la ley que reglamenta los artículos 6 y 7 de la Constitución, los legisladores Uuc Kib, del PRD, y Gómez Mont señalaron que la intención es garantizar el libre ejercicio profesional de los informadores y su acceso a las fuentes de información, así como proteger su derecho a reservar la identidad de sus fuentes.

En este caso también se propone crear una comisión nacional de comunicación social, como organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, y que estaría integrada por cinco personas designadas por el Presidente, siempre y cuando no sean objetadas por la mayoría de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente.

Para la designación de comisionados se convocaría a un representante de los propietarios de medios nacionales, uno de los trabajadores del ámbito, dos servidores públicos relacionados con la materia y un ciudadano distinguido vinculado a la comunicación social.

En el documento se incluye un capítulo completo de los derechos de los periodistas, entre los que se preservan el de no reservar la identidad de sus fuentes y la garantía de no ser requerido por ninguna autoridad cuando la información constituya un secreto y así lo haya acordado con quien le proporcionó datos o documentos.

"El derecho al secreto alcanza las notas, documentos profesionales o soportes que pudieran manifestar la identidad de la fuente, documentos que no podrán ser aprehendidos (sic) policial ni judicialmente", se precisa en el predictamen.

Asimismo, se determinan los lineamientos básicos que deberá adoptar el gobierno federal para su gasto en publicidad. El artículo 26 señala que las oficinas de comunicación sólo podrán contratar publicaciones periódicas, inserciones o publicidad en medios de comunicación, siempre y cuando éstos certifiquen su tiraje o circulación pagada, cobertura geográfica y manifiesta, y perfil de sus lectores.

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