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México D.F. Sábado 28 de junio de 2003

Miguel Concha

Derechos humanos y plataformas legislativas

Interesados por la forma como los partidos contendientes asumen en las próximas elecciones la causa de los derechos humanos integrales, algunos miembros de organizaciones ciudadanas se dieron a la tarea de consultar por Internet sus plataformas legislativas, pues en la mayoría de los casos no fueron considerados previamente para recoger sus puntos de vista, ni recibieron después ninguna comunicación.

En el análisis que pudieron hacer con la información virtual que proporcionaron seis partidos (PAN, PRI, PRD, PT, México Posible y Convergencia), encontraron que la importancia concedida a tema tan relevante es muy desigual, limitada y, en algunos casos, hasta contradictoria.

Limitada porque, por ejemplo, Convergencia únicamente se refiere a combatir la impunidad, reformando los sistemas de procuración e impartición de justicia, luchando denodadamente contra el crimen organizado, aunque respetando los derechos humanos, e impulsando al mismo tiempo una reforma penitenciaria y la lucha contra la corrupción.

Limitada porque, aunque el partido México Posible declara que desea trabajar para que nuestro país incorpore los criterios de los tratados internacionales en la materia a nuestras leyes y prácticas, siguiendo para esto muy de cerca los resultados del diagnóstico sobre los derechos humanos en México que preparan el gobierno federal y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para Derechos Humanos con la participación de organismos civiles, sin embargo, propone concentrarse en el monitoreo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, con el propósito de fortalecerlos y asegurarse de que cumplen con las tareas que el país exige.

Es verdad que se refieren también a apoyar las iniciativas que buscan reconocimiento constitucional y legal de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indios, y que expresan su total respaldo a la Propuesta Ciudadana de Reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión que se discute en el Congreso, haciendo al mismo tiempo mención de iniciativas que demuestren que es posible tener seguridad con derechos humanos, pero al tratar de los derechos humanos de sectores sociales específicos, se limitan a considerar a los migrantes internos (campesinos e indígenas), el personal académico de las universidades públicas y las personas con discapacidades.

Desigual, porque mientras el PT y el PRI no parecen considerar expresamente los contenidos sustanciales de los derechos humanos, y mucho menos su perspectiva al referirse a las nuevas políticas económicas y sociales que urgen en el país (el PRI lo haría en parte implícitamente al hablar de la justicia social), el PRD, en cambio, sí lo hace y su plataforma se refiere a ellos de manera más integral y congruente. Mientras el PRD propone integrar en nuestro texto constitucional los derechos humanos universalmente reconocidos y otorgar a todos los organismos públicos de derechos humanos la capacidad para interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes que atenten contra ellos, así como incorporar la democracia, la paz, los derechos humanos y la justicia económica internacional como principios constitucionales de nuestra política exterior, el PAN se limita a proponer la aprobación de una Ley de Normas Mínimas "para que nuestro régimen jurídico esté acorde con los tratados internacionales" de derechos humanos que hemos aprobado, restringiendo la facultad arriba mencionada sólo a la CNDH, y proponiendo únicamente la adición de la promoción y defensa de los derechos humanos en el mundo como principio de nuestra política exterior.

En cambio, llama poderosamente la atención que el PAN proponga impulsar en la Cámara de Diputados la enmienda al artículo 21 de la Constitución, que el pasado 15 de diciembre aprobó la Cámara de Senadores, como condición exigida por el mismo Senado para ratificar el Estatuto de Roma, cuando todos sabemos que dicha reforma violenta el objeto y el fin de la Corte Penal Internacional, está en contra de los artículos 86 y 88 del estatuto y viola el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Lo que se necesita es, por el contrario, que el Senado no asuma facultades jurisdiccionales que no le competen, en el caso de mexicanos extraditables y presuntamente responsable de crímenes de guerra, genocidio y delitos de lesa humanidad, y que México coopere con al menos otros 90 países en el mundo en la lucha contra tales crímenes, así sean de ciudadanos estadunidenses.

Por ello queda ver hasta dónde los partidos están dispuestos a "negociar" en el Congreso de la Unión los derechos humanos por otros intereses, defraudando así las expectativas de la ciudadanía.

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