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México D.F. Jueves 28 de agosto de 2003

La Virgen de Guadalupe no puede subastarse, afirma

Critica Sandoval Iñiguez insensibilidad del IMPI

Pretende revertir concesión otorgada a empresario chino

NOTIMEX

El cardenal Juan Sandoval Iñiguez afirmó que la Virgen de Guadalupe es patrimonio del pueblo católico y, por tanto, no puede ponerse en subasta, luego de que el 27 de julio de 2002 se otorgaron al chino Wu You Lin los derechos de marca para comercializar la imagen de la Guadalupana en luces navideñas.

En la publicación oficial de la Arquidiócesis de Guadalajara, Semanario, el prelado manifestó que los 90 millones de católicos y devotos a la virgen deben manifestar su desacuerdo ante las autoridades, legisladores o jueces, por la insensibilidad del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

De acuerdo con el documento "El registro de la marca de la Virgen de Guadalupe Navideña", dos abogados especialistas en patentes y marcas ofrecen asesoría jurídica al cardenal Sandoval Iñiguez para buscar elementos que nulifiquen el registro otorgado al empresario chino.

En el artículo publicado en Semanario señaló que a pesar de no ser el encargado directo de la custodia de la imagen de la Virgen de Guadalupe, responsabilidad que recae en el cardenal Norberto Rivera Carrera, hay molestia y desacuerdo por esta situación.

Consideró que es un grave error haber permitido que un extranjero falte al respeto "a la madre de Dios" en su advocación de la Guadalupana, aun y cuando se argumente que el Estado es laico.

Agregó que el propio Estado ha reconocido a las iglesias como instituciones religiosas con clero, moral, ritos característicos y también con símbolos sagrados, los cuales deben ser respetados, por lo
que no existe ningún argumento válido para justificar esta acción.

Expresó su confianza en que la opinión y el sentir del pueblo católico de México serán escuchados, y aclaró que no se puede invocar leyes para justificar el registro de patente de la Virgen de Guadalupe, puesto que éstas pueden ser inexactas o mal interpretadas. Dejó en claro que esta situación atenta contra el sentir de una comunidad bastante numerosa de devotos y muestra la insensibilidad del IMPI ante el sentimiento religioso del pueblo católico de México.

Entre los resultados del análisis de los abogados Alejandro Malacara y Juan Carlos García Lazcano, éstos señalan que al otorgar el registro se omitieron las facultades discrecionales que se otorga a las autoridades y que se prevén en el artículo cuarto de la Ley de la Propiedad Industrial, que expresa: "No se otorgará patente, registro o autorización, ni se dará publicidad en la gaceta, a ninguna de las figuras o instituciones jurídicas que regula esta ley, cuando sus contenidos o formas sean contrarios al orden público, a la moral y a las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal".

Los especialistas agregan que más allá del ámbito jurídico, resulta insólito y es una falta de respeto a la fe del pueblo mexicano el otorgamiento de dicho registro, y puntualizan que es muy importante determinar los elementos indispensables, con el propósito de proceder con éxito a la nulidad del registro ante las autoridades correspondientes.

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