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México D.F. Sábado 11 de octubre de 2003

Asegura juez que la queja por retención de recursos se presentó fuera de tiempo

Desechan juicio de amparo promovido por la UAQ contra el ex gobernador Loyola

La anterior gestión panista violó la ley; exigiremos revisar fallo, indica director jurídico

MARINA CHAVEZ CORRESPONSAL

Queretaro, Qro., 10 de octubre. El juzgado primero de distrito con sede en esta ciudad desechó el juicio de amparo que interpuso la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ) el 9 de octubre del año anterior contra la administración de Ignacio Loyola Vera, por retener recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) desde 2001.

El juez Jesús Ortiz explicó que el jui-cio de amparo tiene sobreseimiento, es decir, que no analizarán "a fondo" el problema porque la UAQ presentó el recurso legal fuera de los tiempos que marca la Constitución.

El artículo 73 de la Ley Federal de Amparo especifica que una de las causas de improcedencia del recurso legal es que se interponga el amparo fuera de los tiempos que ordena la ley.

Al respecto, el director jurídico de esta casa de estudios, Oscar Guerra Becerra, indicó que aunque no ha sido notificado sobre la resolución del juez, interpondrá un recurso de revisión, al considerar que no existe una causal de improcedencia de la queja.

"Es lamentable, porque nosotros confiamos en que el juzgador analizara el recurso a fondo y que definitivamente quedara muy claro quién debe administrar esos recursos", refirió.

El ex gobernador Loyola Vera determinó retener 13 millones 351 mil 400 pesos del FAM, integrado en el Presupuesto de Egresos de la Federación en 2001, y 25 millones 219 mil pesos correspondiente al ejercicio presupuestal de 2002, destinados a la construcción de infraestructura educativa dentro de la universidad, cuya cantidades suman a la fecha 59 millones de pesos contando los intereses.

Loyola Vera argumentó en su momento que determinó retener los recursos a esta casa de estudios, debido a que las aportaciones recibidas de las entidades federativas deben ser administradas y ejercidas por los gobiernos estatales, lo cual se especifica en el artículo 46 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Sin embargo, las autoridades universitarias consideraron que la anterior administración panista violó el artículo 3 fracción 7 de la Constitución que prevé la garantía de autonomía de las universidades para administrar los recursos, por lo que el año anterior determinó interponer un amparo que este viernes desechó el juzgado primero de distrito.

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