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México D.F. Lunes 27 de octubre de 2003

El relevo de Vicente Aguinaco y Juventino Castro se efectuará el 30 de noviembre

Lagunas legales permitirían a Fox imponer a dos ministros de la Corte

Reformas a los artículos 95 y 96 constitucionales hechas en el sexenio zedillista, la causa

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

En el relevo de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) José Vicente Aguinaco Alemán y Juventino Castro y Castro, que se efectuará el próximo 30 de noviembre, el presidente Vicente Fox Quesada tendrá a su favor la posibilidad de ''imponer su voluntad'' y escoger a los dos nuevos funcionarios del máximo tribunal.

En esta ocasión el titular del Ejecutivo federal probará la efectividad de las reformas a los artículos 95 y 96 de la Constitución, realizadas por el Congreso de la Unión durante la administración de Ernesto Zedillo. Las lagunas legales dejadas con las reformas a dichos artículos le pueden dar a Fox la oportunidad de ''imponer'' su voluntad en el proceso de selección de los dos ministros, indicaron fuentes del Poder Judicial consultadas por La Jornada.

De esta forma habrá algunas variantes en el modo de designar a los ministros del máximo tribunal. En los anteriores regímenes priístas, los presidentes de la República recomendaban a los nuevos ministros y el Senado los ratificaba. Ahora se dará un proceso similar, pero con una terna de candidatos que presentará el titular del Ejecutivo. Sin embargo, en esencia Fox tendrá la última palabra.

Las únicas limitantes son las que impone la misma Constitución, entre las cuales está no ser menor de 35 años de edad, no haber sido encarcelado por más de un año, haber residido en el país dos años antes de la designación, y no haber ocupado en el año más reciente a la designación la titularidad en alguna secretaría de Estado o los cargos de procurador general de la República, jefe de Gobierno del Distrito Federal, senador, diputado o gobernador.

Los funcionarios del Poder Judicial consultados coincidieron en que, aunque el presidente Zedillo intentó en su momento terminar con la tradición vertical y propuso en 1995 el procedimiento de selección de magistrados mediante ternas, ahora, a unas semanas de la sucesión de Aguinaco Alemán y Castro y Castro, han quedado en evidencia las lagunas legales dejadas a raíz de dicha reforma.

Las modificaciones al artículo 96 constitucional establecen que ahora el Presidente de la República en turno deberá someter una terna a consideración de los senadores. Esta lista de candidatos deberá cumplir con los requisitos antes referidos, los cuales se detallan en el artículo 95.

Las fuentes consultadas indicaron que una vez cumplidos los requisitos, si la propuesta del presidente Fox es aceptada, los candidatos deberán comparecer ante el Senado de la República para exponer los motivos por los que desean el puesto. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes, y todo ello dentro del plazo de 30 días, a partir de la comparecencia de cada candidato.

En caso de que el Senado rechace la totalidad de la terna presentada por el Ejecutivo federal, éste todavía cuenta con la posibilidad de proponer una segunda terna. Si ésta también fuera rechazada, entonces el presidente Fox quedaría en completa libertad para nombrar a los nuevos ministros, agregaron los funcionarios del Poder Judicial.

Inclusive, indicaron, la ley no prevé si en las ternas que presente el Presidente puede repetir en cada lista a los mismos aspirantes. Aunque si se llegara a una situación de este tipo, es decir, que un candidato sea rechazado por los senadores en la primera terna y el Ejecutivo insista en presentarlo en la segunda, se podría interpretar como un acto de ''imposición e intransigencia'' de Fox.

El proceso de selección de dos ministros de la SCJN no tiene por qué afectar el funcionamiento del máximo tribunal, ya que de complicarse la sucesión, los pendientes en la Corte podrían ser resueltos por los nueve ministros vigentes.

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