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México D.F. Viernes 26 de diciembre de 2003

Dictamen prevé multas a infractores que van de 452 pesos hasta la clausura

Avanza ley que protege a no fumadores

RAUL LLANOS SAMANIEGO

Los integrantes de la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobaron el dictamen de la ley de protección a la salud de los no fumadores, la cual establece la prohibición de fumar en establecimientos cerrados y en unidades del transporte público de pasajeros, el cual será presentado hoy ante el pleno para su discusión y, en su caso, aprobación.

El presidente de dicha comisión, Efraín Morales Sánchez, señaló que la propuesta de ley incluye un capítulo de sanciones que incluye multas que van desde 452 hasta 4 mil 500 pesos; en el caso de los negocios puede llegar a la clausura; en cuanto a los transportistas, al retiro de la concesión, y los particulares serán sujetos a arresto inconmutable por 36 horas.

"En este proyecto de ley -indicó el diputado del PRD- se definen claramente las reglas del juego, porque hoy es una vacilada la separación que hacen en los restaurantes del área de fumadores y no fumadores, por eso el gobierno tendrá la facultad de verificar y aplicar la ley como corresponde".

De acuerdo con el dictamen, está restringido fumar fuera de las zonas autorizadas para tal fin en establecimientos, locales cerrados, empresas e industrias; también habrá prohibición de consumir cigarros en elevadores de cualquier edificación y en áreas que brinden atención directa al público, tales como oficinas bancarias, financieras, comerciales o de servicios.

También se impone la regla de que no se podrá fumar en ninguna oficina de las dependencias o entidades de la administración pública del Distrito Federal u órganos autónomos; tampoco se podrá hacer en hospitales, clínicas, centros de salud, auditorios, bibliotecas y cualquier lugar cerrado de instalaciones médicas o de enseñanza.

La misma restricción imperará en instalaciones deportivas, cines, teatros y auditorios cerrados, además de las unidades del transporte público de pasajeros o escolares de esta ciudad, es decir, taxis, microbuses o camiones de la Red de Transportes de Pasajeros (RTP).

Esa misma propuesta de ley obliga a los propietarios de establecimientos mercantiles con licencia tipo B, que tengan autorizados espacios para bailar, a contar con áreas específicas para fumadores e informar a sus clientes de la prohibición que se plantea.

Dentro del mismo ordenamiento se obliga a los dueños de restaurantes o bares a contar con un área específica para los no fumadores, la cual no podrá ser menor a 40 por ciento del espacio total del establecimiento.

En todos los casos señalados, los afectados podrán solicitar el apoyo de los policías del gobierno de la ciudad para que remitan a los señalados ante el juez cívico y se determine lo conducente.

Al respecto, la secretaria de la Comisión de Salud de la ALDF, Sofía Figueroa, puntualizó que en este punto había una observación del jefe de Gobierno para que éste se redujera a 25 por ciento, pero el planteamiento fue rechazado.

Cabe mencionar que durante la segunda legislatura los diputados aprobaron esta ley y la enviaron al mandatario capitalino para su promulgación, quien la vetó e hizo varias observaciones y la regresó a la ALDF, por lo que el pasado miércoles se reunieron los integrantes de la citada comisión, desecharon varios de los señalamientos de Andrés Manuel López Obrador y volvieron a aprobar el dictamen.

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