México D.F. Lunes 2 de febrero de 2004
Mantuvo su sentencia de dejar el hijo con su padre a pesar de dictamen contrario
Evidencian actitud negligente de la jueza Solís Ledezma en caso de divorcio
JESUS ARANDA
La jueza cuarto de lo familiar, María de Jesús Jacaranda Solís Ledezma, asumió una actitud "negligente y dolosa" en el juicio de divorcio que llevó entre Ana María Acosta Morales y Armenak Eritsian Chujian, con el propósito de favorecer a este último con la tutela de su hijo menor.
De acuerdo con documentación que forma parte de la queja interpuesta por la señora Acosta Morales ante el Consejo de la Judicatura del DF por la presunta actuación ilegal de la juzgadora -quien habría tenido relaciones, al menos de amistad con Eritsian durante el proceso-, la funcionaria, en forma premeditada, retrasó la entrega del menor a la madre.
Esto ocurrió cuando la jueza se vio obligada a dejar el proceso al enterarse que el Consejo de la Judicatura había iniciado una investigación para establecer si violó la ley por no excusarse de conocer el caso referido.
El abogado defensor de Acosta Morales, Jurgen Beltrán Hinckfuss, señala en entrevista que la juzgadora podría incurrir en responsabilidad porque antes de excusarse -lo cual hizo el 20 de enero pasado, fecha en la que el consejo recibió el recurso de queja de la demandante-, tenía la obligación de dejar sin efecto la sentencia dictada el 17 de noviembre del año pasado en la que fundamentó en un acuerdo "a todas luces ilegal", que el ciudadano armenio naturalizado mexicano se quedara con la guarda de su hijo menor. Apoyado en esta sentencia, Eritsian ha impedido a la madre ver al pequeño desde el pasado 26 de diciembre.
Beltrán explicó que luego de que la tercer sala de lo familiar dejó sin efecto la sentencia de la jueza -por no tomar en cuenta dictámenes periciales de siquiatría y sicología sobre la conducta de Eritsian-, Solís Ledezma tenía la obligación de "dejar las cosas como estaban", es decir, tenía que revocar su acuerdo del 5 de enero de 2003 en el que le daba la tutela del niño a Eritsian porque éste se presentó a su juzgado a señalar que su cónyuge "no había ido a recoger a su hijo (de dos años y medio) a su domicilio y por tanto lo había abandonado".
En lugar de cumplir con la sentencia del tribunal de alzada el pasado 7 de enero, y pese a que recibió la notificación oficial de la sala (toca 2994/2003), la jueza esperó hasta que dejó el caso, sin modificar su dictamen "en lo que fue un evidente acto de negligencia y una actitud dolosa" según Beltrán.
Precisó que la jueza tenía la obligación de terminar con las promociones que tenía pendientes en el juicio antes de excusarse, y, precisamente una de las promociones fundamentales le fue presentada el 19 de enero, cuando se excusó de conocer el juicio de divorcio -con el argumento de que un tribunal le había modificado una sentencia, pero sin reconocer la acusación en su contra de haber tenido "algún tipo de relación" con un justiciable.
Solís Ledezma no cumplió con su obligación de revocar su auto y regresarle la custodia del menor a la madre, tal y como quedó establecido en la sentencia firme que data del 20 de enero de 2003.
En cambio, una vez que el expediente se turnó al juzgado quinto de lo familiar, la nueva jueza tiene que revisar la documentación y las promociones presentadas, lo que seguramente le llevará tiempo, mientras tanto, Armenak mantiene la custodia del menor, sin permitirle a la madre verlo. |