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México D.F. Lunes 23 de febrero de 2004

Teme que por una decisión "política" se resuelva el caso

Nazar Daw: sin sustento, los cargos

DAVID CARRIZALES CORRESPONSAL

Monterrey, NL., 22 de febrero. La procuraduría de Justicia de Nuevo León informó al juzgado cuarto de distrito -a cargo de Guillermo Vázquez Martínez- que no hay constancias que demuestren que el ex agente de la Policía Judicial del Estado Juventino Romero Cisneros haya sido comisionado a la delegación estatal de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) durante el tiempo en que fue detenido Jesús Piedra Ibarra, en abril de 1975.

Con lo anterior se desvirtúan las imputaciones sobre la desaparición del ex integrante de la Liga Comunista 23 de Septiembre que presentó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) en contra de Miguel Nazar Haro, manifestó el hijo y defensor legal de éste, José Luis Nazar Daw.

En tanto, la comandancia de la séptima Zona Militar, a la que también le solicitó el juez Vázquez Martínez, por petición de la defensa, que dé a conocer si tenía comisionados a elementos para apoyar a la DFS en Nuevo León, respondió que no puede proporcionar dicha información, visto lo cual el juzgador determinó que se consulte a la Secretaría de la Defensa Nacional, dijo el abogado.

Nazar Daw indicó que los cargos contra su padre por los delitos de secuestro, desaparición, tortura y privación ilegal de la libertad, se basan en la declaración que rindió ante la fiscalía especial en octubre del 2002 el ex agente de la Policía Judicial de Nuevo León Juventino Romero Cisneros, quien aseguró que junto con otros elementos de la corporación estaba comisionado para apoyar en "asuntos especiales" a la DFS, cuando el delegado de ésta, Ricardo Condell Gómez, recibió órdenes de Nazar Haro de montar un operativo para detener a Jesús Piedra Ibarra, lo cual se llevó a cabo en un crucero de las calles Arteaga y Félix U. Gómez, en abril de 1975, ante una violenta resistencia del joven guerrillero, quien con una mordida le causó la amputación de un dedo al judicial César Manuel Garza, cuando lo despojó del arma que portaba, mientras lo sujetaba Romero Cisneros.

De acuerdo con esa versión, que obra en el expediente PGR/FEMOSPP/017/2002, tras el operativo encabezado por Carlos Alvarez en el que participaron unos 18 elementos, entre otros los agentes judiciales Gustavo Melo, Manuel Mauricio, César Manuel Garza, Pedro Canizales, otra persona de nombre Benjamín y varios militares, Piedra Ibarra fue trasladado a las oficinas de la delegación de la DFS.

Ahí, Condell Gómez ordenó que lo llevaran para interrogarlo a una finca abandonada del rancho La Peña, municipio de Higueras, de donde fue regresado a las oficinas locales de la DFS y posteriormente trasladado a la ciudad de México "para ponerlo a disposición de Nazar Haro".

En la declaración del ex judicial César Manuel Garza se refiere que estuvo presente cuando Carlos Alvarez le informó a Condell, en el segundo piso de la delegación de la DFS, que "fue positivo el trabajo" -la detención de Jesús Piedra-- y les comentó: 'Espérenme', y marcó a México con el detenido enfrente y dijo (al teléfono): 'tenemos a P.I.' (Piedra Ibarra) Colgó y dijo: 'muchachos, los manda felicitar el señor Miguel Nazar Haro, y mañaña viene'", relató Garza.

Nazar Daw declaró que tiene una fe ciega en la justicia, aunque mostró temores de que haya una decisión política para mantener preso a su padre. No obstante, insistió en que no hay pruebas para imputarle alguna responsabilidad. Comentó que está durmiendo cuatro horas diarias en promedio para trabajar en la elaboración del pliego de pruebas y alegatos que presentará este lunes ante el juez Vázquez Martínez, quien al día siguiente determinará la situación jurídica Nazar Haro.

El litigante agregó que en el escrito, que será de unas 20 cuartillas, "estamos demostrándole al juez que el delito de secuestro se importó de la ley de Argentina", y apuntó, se quiere aplicar el delito de desaparición forzada, que no existía en México cuando se suscitaron los hechos, hace casi 30 años y, por tanto, no puede aplicarse de manera retroactiva.

El segundo alegato, "que me parece muy contundente, es que según el dicho de Juventino Romero Cisneros esta persona, que al parecer era Jesús Piedra Ibarra, cuando fue detenido tenía una pistola y unos cargadores. Por tanto la detención fue legal y entonces jurídicamente hablando no puede haber secuestro", asentó.

El tercer alegato, abundó, se construye con base en jurisprudencias obligatorias de la Corte , "que nos llevan a desestimar un testigo de oídas como Juventino Romero, pues las acusaciones contra mi padre se basan en lo que a Romero le dijeron, ya que a él lo único que le consta fue que participó en la detención".

Expresó que esperan contar con la copia de un video de la entrevista que realizó hace días una conductora del canal 12 local, a Juventino Romero,en la que el ex judicial señaló "que no conoce a mi papá, que él nunca le dio una orden y que fue compelido en la fiscalía a declarar contra los de arriba".

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