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Obituario   - NUEVO -

P O L I T I C A
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México D.F. Viernes 9 de julio de 2004

Un juez acepta solicitud de amparo cuando ya se materializó el acto reclamado

La justicia actúa por consigna, acusa la defensora de los seis vascos presos

Aún quedan dos vías para evitar el envío de inculpados a España: apelar de la recomendación que los considera extraditables e interponer un recurso en contra de Relaciones Exteriores

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Un día después de que el juez segundo de distrito en materia penal, César Flores Rodríguez, consideró procedente la extradición de seis ciudadanos vascos presos en el Reclusorio Norte, otro impartidor de justicia en materia de amparo dio entrada a una demanda de garantías presentada a finales de la semana pasada por los presuntos miembros de la organización separatista ETA, con la que se pretendía detener la opinión jurídica que ya emitió Flores Rodríguez.

Tras conocer la decisión del juez quinto de distrito A de amparo, Rafael Zamudio Arias, la abogada Bárbara Zamora, defensora de los seis vascos, expresó: ''el juzgador actuó con toda la mala intención, haciendo tortugismo para afectar a los vascos, ya que le dio el tiempo suficiente al juez Flores para que emitiera su opinión''.

En tanto, los seis reclamados por el gobierno de España tiene al menos dos recursos legales por presentar y tres instancias judiciales para evitar que los envíen al país ibérico.

Funcionarios del Poder Judicial Federal (PJF) consultados por La Jornada consideraron que la abogada del grupo aún puede recurrir a dos demandas de amparo: una contra la opinión jurídica emitida por el juez segundo de distrito (aunque precisaron que ésta tiene pocas posibilidades de resultar favorables a los quejosos) y otra contra la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), en caso de que determine entregar a los vascos al gobierno español.

Esta última demanda podría terminar por resolverse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como ocurrió en el caso del ex represor argentino Ricardo Miguel Cavallo, quien tuvo que esperar dos años a que se resolviera su procedimiento de extradición.

Complicidad entre jueces: defensa

Apenas el 1Ɔ de julio, un día después de que el juez segundo de distrito advirtió a los seis vascos que en cinco días emitiría su opinión jurídica, la defensora de los reclamados en extradición interpuso un recurso de revocación del acuerdo del juzgador, pero éste lo rechazó con base en el artículo 23 de la Ley de Extradición entre México y España.

Ese mismo día la defensora presentó una demanda de amparo en contra del rechazo al recurso de revocación, alegando la inconstitucionalidad de ese artículo. La intención era que se suspendiera el acto reclamado.

Sin embargo, apenas ayer el juzgado quinto de distrito A de amparo acordó dentro del juicio 1471/2004: ''se tiene por desahogado el requerimiento hecho en autos, en consecuencia se admite la demanda de amparo en sus términos y se señalan las 9:40 horas del próximo 5 de agosto para la celebración de la audiencia constitucional''.

De entrada, el órgano jurisdiccional negó a los vascos la suspensión provisional del acto reclamado (el acuerdo del juzgado segundo respecto a la opinión jurídica).

Para Bárbara Zamora, el hecho de que no aceptaran la demanda de sus clientes hasta después de que se materializó el acto reclamado demuestra que hay complicidad entre los jueces que han analizado el asunto, ''porque se trata de funcionarios del PJF que trabajan por consigna''.

Sanción a juzgador, exige

La litigante precisó que interpondrá los recursos que sean necesarios para que se sancione al juez que avaló la extradición de los vascos, ''a pesar de las irregularidades que existen en el procedimiento de extradición que ya los tiene más de un año en la cárcel''.

Una de las ''ilegalidades'' más claras que cometió el juez Flores Rodríguez, recordó Zamora, ocurrió el pasado 2 de abril, cuando el impartidor de justicia garantizó a los vascos mediante un acuerdo que no emitiría su opinión jurídica hasta que se resolviera el juicio de amparo que solicitaron, el cual aún no concluye en segunda instancia.

La litigante refirió que el artículo 101 del Código Federal de Procedimientos Penales establece que ''ningún juez puede modificar ni variar sus resoluciones después de formuladas'', tal como hizo Flores Rodríguez.

Los ciudadanos de origen vasco Félix Salustiano García, María Asunción Gorrochategui, Ricardo Ernesto Sáenz García, Luis Castañeda Vallejo, Asier Arronategui Duralde y Juan Carlos Artola Díaz fueron detenidos en junio de 2003, durante un operativo efectuado por elementos de la Agencia Federal de Investigación en varias entidades del país.

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