Ojarasca 88 agosto 2004

Sierra Norte de Veracruz

Procede a como dé lugar

Alfredo Zepeda


Los comuneros otomíes acaban de solicitar a la Procuraduría Agraria (PA), a través de su Contraloría, la destitución del residente de esa institución en Huayacocotla, Veracruz, Raymundo Ortiz García y del visitador Eduardo Valdemar Vázquez Besichi. (La Jornada, 7 de agosto de 2004).

Es la necesaria consecuencia de la falta de solución a las demandas reales de los indígenas de la zona y a la insistencia desmedida de estos funcionarios por implantar programas que los comuneros no han solicitado.

La denuncia de los ñuhú no se refiere a lo que dice --y debería ser-- el programa Procede, supuestamente voluntario y consensado, sino al procedimiento arbitrario e irresponsable con que lo aplican los funcionarios encargados.

La historia es larga. Los nahuas, otomíes y tepehuas de los municipios de Zacualpan, Tlachichilco, Zontecomatlán, Texcatepec e Ilamatlán en la vertiente de la sierra madre oriental que desciende a las planicies de Álamo Temapache y Tantoyuca en la Huasteca, fueron despojados de sus tierras en 1890 y los años siguientes, cuando el Estado mexicano desconoció las comunidades indígenas y decidió privatizar las tierras comunales. La privatización abrió de inmediato la puerta para que los acaparadores de tierras se posesionaran de los bienes comunales de los indígenas. En ese plan sistemático, los otomíes de Texcatepec fueron despojados, no sólo de sus tierras sino de su municipio, repartido en cuatro partes entre los caciques de los municipios colindantes.

La lucha por la restitución de las tierras comunales duró todo el siglo XX, porque aunque las resoluciones presidenciales datan de los años 1920 a 1934, no fueron ejecutadas hasta sesenta o setenta años después. Durante esas décadas, los indígenas sufrieron el caciquismo y el despojo de quienes se aprovecharon de la indefinición para acaparar tierras a sangre y fuego. En la comunidad de Amaxac, en medio del abandono gubernamental, los caciques mataron a más de treinta campesinos en los años ochenta y provocaron el desplazamiento de decenas de familias.

Después de una larga lucha legal los indígenas lograron la ejecución y restitución de sus bienes comunales. Ahora que finalmente las comunidades vieron sus planos y sus certificados agrarios, a renglón seguido llegan los funcionarios de la PA a decirles que sus tierras no están seguras, que sus papeles no valen, si no entran al programa Procede.

El programa viene heredado por Fox desde Salinas y Zedillo. Al principio el Procede se propuso de aceptación voluntaria, sujeta al consenso de las asambleas ejidales. Como en muchos casos el consenso no se lograba, los funcionarios de la pa empezaron a buscar la aceptación por anuencia de la mayoría, sin importarles dejar tras de sí una estela de comunidades divididas. Últimamente, ahorrándose explicaciones y asambleas empiezan a proponer el Procede, para los que quieran en cada ejido o comunidad, legitimando, en casos, posesiones no reconocidas por las comunidades. En efecto, la ausencia de justicia en el campo propicia numerosos acaparamientos de hecho e invasiones furtivas. En un principio declaraban que el Procede no se aplicaría si en la población existían problemas pendientes de posesión o de linderos, pero la obsesión de implantar el Procede los lleva ahora a prometer que una vez entregados los certificados parcelarios los problemas serán fácilmente resueltos en los tribunales agrarios.

Después se quiso aplicar a las comunidades indígenas el Procede con el nombre de Procecom, que no implicaría el parcelamiento sino solamente la medición del entorno del territorio comunal. Pero, como la finalidad última de estos programas es la entrega de títulos de parcela que faciliten la conversión de la tierra en mercancía vendible y comprable, los operadores del Procede tratan de convencerlos también de que no pertenecen al régimen comunal, sino al ejidal, obviamente más expuesto a la legitimación de los acaparamientos, vía la venta de las tierras.

Un ejemplo sublime de la lógica de los funcionarios quedó plasmado en la minuta que el residente de la PA de Huayacocotla envió al Comité de Derechos Humanos de la Sierra Norte de Veracruz el primero de octubre de 2000. Al referirse a las comunidades otomíes de Tzicatlán y Texcatepec dice textualmente: "Este núcleo de población es ejidal, y no comunal, muy a pesar de que su constitución tiene las características de comunidad y no de ejido". ¡Que le expliquen a Aristóteles esta novedosa dialéctica!: son bienes comunales, luego son ejido. Es conejo, luego es tejón.

La ley agraria dice claramente que son bienes comunales aquellos que se constituyeron por la vía de la restitución. Tal es el caso simple y llano de esas comunidades indígenas.

Se trata de desconocer todos los bienes comunales que puedan, porque, según la ley agraria del articulo 27 constitucional, éstos son el último reducto de las tierras inembargables, inalienables e imprescriptibles.

No es legítimo que, ignorando la historia, la violencia latente y las demandas de justicia (y en lugar de reconocer lo que los indígenas plantean como sus verdaderas necesidades), las instituciones gubernamentales se empeñen en sus propios objetivos, por convertir a la Madre Tierra en objeto de mercancía.
 
 

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Sierra Mazateca, 1960. Foto: Nacho López
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