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México D.F. Miércoles 1 de septiembre de 2004

Piden que jueces distinguidos conozcan de casos especiales

Ministro se manifiesta contra la revisión del caso de desafuero

JESUS ARANDA

El ministro José de Jesús Gudiño Pelayo se unió a la negativa de su compañero Sergio Salvador Aguirre Anguiano de desechar, por notoriamente improcedente, la petición de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para que la Suprema Corte conozca por medio de una controversia constitucional la impugnación al proceso de desafuero que se le sigue al jefe de gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador.

Según trascendió, Gudiño Pelayo repartió entre los ministros la semana pasada su proyecto de dictamen en el que, en términos generales, considera que no hay elementos para que la Corte atienda la petición de los asambleístas.

El proyecto de Gudiño Pelayo, se dijo, ha generado reacciones divergentes dentro del pleno, por lo que se espera que cuando se presente en sesión pública el asunto -lo que podría ocurrir en el trancurso de la próxima semana- tenga lugar un debate intenso sobre la postura del máximo tribunal en este asunto.

Como se recordará, en noviembre del año pasado Mariano Azuela hizo al menos dos menciones públicas sobre la persona del jefe de Gobierno, en las que dejó clara su animadversión hacia el funcionario capitalino. Según el artículo 37 de la Ley de Amparo, los ministros están obligados a plantear impedimentos para conocer de un asunto "si tuviesen amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes, sus abogados o representantes". Hasta el día de ayer, el ministro presidente no había presentado este planteamiento a sus compañeros.

Gudiño da igual consideración que Aguirre Anguiano a la demanda de los asambleístas referida a que el delito respecto del cual se solicita a la Cámara de Diputados declarar la procedencia no es atribuible al jefe de Gobierno; que es improcedente la declaración por no existir delito alguno; que la forma en que se dio curso a la solicitud de declaración de procedencia y en la tramitación del procedimiento de desafuero se han cometido diversas irregularidades.

En tanto, en su decisión, Aguirre invocó dos tesis jurisprudenciales de la Corte en las que basó su decisión: sostuvo que el juicio de amparo constituye un medio de control constitucional al igual que la controversia, de ahí que los actos que se realicen en dichos procedimientos "no son susceptibles de ser impugnados".

Por otra parte, fuentes oficiales consultadas plantearon la necesidad de que casos como el de López Obrador se "despoliticen" y que sean analizados y resueltos por jueces "distinguidos" que únicamente se aboquen al análisis jurídico de los asuntos.

Plantearon la necesidad de reformas constitucionales para crear un tribunal administrativo, que lo integren jueces con el nombramiento similar a ministros de la Corte, para que se aboquen a resolver este tipo de asuntos y otros muchos en los que están involucradas, por falta de cumplimiento, autoridades federales, estatales y municipales.

Se debe terminar, subrayaron, con la valoración política que hace la Cámara de Diputados por medio de los procedimientos de desafuero, para darle un carácter estrictamente jurídico, en el que las decisiones generen certidumbre y confianza, y no como sucede actualmente con el caso de López Obrador, subrayaron.

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