LETRA S
Septiembre 2 de 2004
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ls-elyella Minoría de edad, ¿minoría de derechos?

Considerados como "inmaduros" para tomar decisiones responsables en su vida sexual, por mucho tiempo se ha negado a la población adolescente información y acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva. En respuesta, un grupo de jóvenes ha comenzado a reclamar su derecho a decidir en su vida privada e íntima. Producto de ese reclamo es la Cartilla de Derechos Sexuales de los y las jóvenes, respaldada por la CNDH.

En este reportaje, se exponen los principales derechos humanos que tienen una expresión particular en el terreno de la salud sexual y reproductiva de ese sector de la población.

Por Rocío Sánchez

Carolina es una adolescente muy independiente y madura, próxima a ingresar al bachillerato. Desde hace un par de meses, ella y su novio tienen relaciones sexuales a escondidas de sus familias. Ninguno de los dos desea un embarazo, por lo que han elegido usar el dispositivo intrauterino o DIU como la mejor opción anticonceptiva. Pero cuando Carolina acude a los servicios de planificación familiar del IMSS le preguntan si está casada, y como la respuesta es negativa le piden la autorización de sus padres antes de colocárselo. Como a Carolina, a muchas adolescentes solteras y sexualmente activas se les niega o restringe los servicios de salud sexual y reproductiva en los centros públicos de salud, por esa razón prefieren no acudir a ellos.

Algo similar les sucede a los y las adolescentes cuando en sus escuelas los profesores y las autoridades les niegan información más profunda sobre sexualidad; cuando en la farmacia se niegan a venderle la pastilla de anticoncepción de emergencia a una chica menor de edad; cuando la familia le prohíbe hablar o denunciar el abuso sexual sufrido por parte de un pariente; cuando a una niña indígena sus padres le arreglan un matrimonio con un adulto; cuando una joven campesina es raptada por su novio en contra de su voluntad; cuando las familias someten a un adolescente gay o lesbiana a un tratamiento psiquiátrico para "cambiar" sus preferencias sexuales; cuando expulsan a una chica de su escuela por salir embarazada; cuando los médicos se niegan a practicar un aborto a una adolescente embarazada producto de una violación; o cuando se les excluye de las políticas de planificación familiar y salud reproductiva o se le alega falta de recursos para la distribución de condones gratuitos. En todos estos casos, como en tantos más, se violan los derechos civiles y humanos de adolescentes y jóvenes, como el derecho a la información, la protección a la salud, la no discriminación, a la integridad física, a la privacidad, o a regular la fecundidad etcétera, derechos todos plasmados en nuestras leyes o en tratados internacionales firmados por nuestro país.

A toda esta serie de derechos humanos relacionados con el ejercicio de la sexualidad se les ha dado el nombre de derechos sexuales y reproductivos. En el estudio "Fundamentos internacionales sobre los derechos sexuales de adolescentes", realizado con el respaldo de la organización civil Afluentes, la antropóloga Alicia Mesa localiza once derechos sexuales derivados de los derechos humanos mundialmente aceptados en las declaraciones y tratados internacionales:

1. Derecho a una vida digna: además de lo estipulado en la Declaración de los Derechos del Niño, El Plan de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) establece que debe garantizarse el derecho a la vida evitando "los embarazos no deseados, el aborto en malas condiciones y las infecciones de transmisión sexual (ITS), incluido el VIH/sida, fomentando una conducta reproductiva y sexual responsable (también en los adolescentes)".

2. Derecho a la igualdad y a ser libre de toda discriminación: contenido en la Declaración de los Derechos del Niño.

3. Derecho a vivir sin violencia sexual: parte de los derechos a la integridad física y psicológica, a la seguridad personal y a la dignidad de la persona contenidos en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, y en convenciones y tratados similares.

4. Derecho a la libertad de conciencia y religión: a partir de él puede decirse que el comportamiento sexual es un acto de conciencia personal que no puede imponerse desde ninguna postura, ni laica ni religiosa.

5. Derecho a la libertad de opinión y expresión: la Convención sobre los Derechos del Niño señala que "el niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá buscar, recibir y difundir informaciones de todo tipo", lo que no excluye la información sobre sexualidad.

6. Derecho a la información sobre sexualidad: parte del mismo precepto que el anterior y está especificado en las conferencias internacionales de Beijing y El Cairo, y la Declaración de Compromisos en la Lucha contra el VIH/sida, entre otras.

7. Derecho a decidir sobre el cuerpo y la sexualidad: este derecho para los adolescentes se estableció en la Conferencia Internacional de la Mujer, realizada en Beijing en 1995 y en otras convenciones internacionales.

8. El derecho a la vida privada: el deber de mantener la confidencialidad en los servicios de salud sexual y reproductiva para adolescentes está estipulado en las conferencias de El Cairo y de Beijing, y la Declaración de Compromisos sobre el VIH/sida.

9. El derecho a la educación sexual: las conferencias internacionales reconocen que la educación sexual contribuye a la toma de decisiones responsables e informadas. Fue necesario aclarar los límites de los derechos de los padres sobre la educación de sus hijos con un acuerdo mundialmente aceptado: cuando hay una aparente confrontación entre derechos, el interés superior de la niña o el niño es el que debe prevalecer (Convención de los Derechos del Niño).

10. Derecho a la salud sexual y reproductiva: el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas señaló que "el derecho a la salud contempla libertades y derechos; entre las libertades está el derecho a controlar su salud y su cuerpo, incluyendo la libertad sexual".

11. Derecho a beneficiarse del progreso científico: según el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, todas las personas tienen derecho a beneficiarse de los resultados de las investigaciones biomédicas, tecnológicas, clínicas y de las ciencias sociales para mejorar su salud y bienestar.
 
 

Herramientas legales en México

Las leyes mexicanas también hacen referencia a estos derechos sexuales y reproductivos. En la Ley General de Salud, por ejemplo, su artículo 67 establece que "la planificación familiar tiene carácter prioritario; sus actividades deben incluir la información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes". Además, el artículo 4º de la Constitución señala que cada persona debe decidir de manera libre e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos.

A pesar de la existencia de estas y otras leyes, como la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, reglamentos institucionales como los del IMSS y del ISSSTE contradicen sus postulados, como lo explicó a Letra S la antropóloga Gabriela Rodríguez, directora de Afluentes: "Una adolescente necesita la autorización de sus padres para que le coloquen un DIU, que se considera un método invasivo; en una situación así, al médico se le presenta el dilema de respetar la confidencialidad de la usuaria o solicitar el permiso de sus padres. En materia de derechos sexuales y reproductivos --continua la investigadora--, se discrimina a los menores de edad: se les niega información, servicios o anticonceptivos por el hecho de serlo. Lo mismo les sucede a las y los jóvenes solteros."

La especialista en educación sexual explicó que es necesario especificar los derechos sexuales de la juventud y la adolescencia porque estas poblaciones tienen necesidades específicas. No obstante, el derecho que los padres tienen sobre sus hijos es un punto polémico. "Los padres oficialmente tienen el derecho a decidir sobre la educación de sus hijos, incluso la educación religiosa. Pero, por otro lado están los derechos de los menores a la libertad de creencias, de expresión y de conciencia."

En México, la Ley para la Protección de los Derechos del Niño se promulgó en 1999. En ella se definen los derechos a la información y a la libertad. "El cuerpo es la frontera de la libertad: si tienes derecho y eres libre nadie puede imponer nada sobre tu cuerpo", afirmó la especialista.
 
 

Un paso adelante

A pesar de las imprecisiones y contradicciones en leyes y reglamentos, un grupo de jóvenes ya definió sus propios derechos en la Cartilla de Derechos Sexuales de los y las Jóvenes avalada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y por la Comisión de Derechos Humanos del DF.

"Cada uno de estos derechos debe generar una revisión en las leyes que pudieran garantizarlos, pero además de lo legal, es necesario transformar las costumbres y la cultura por medio de la capacitación de médicos, maestros y padres de familia", expuso Gabriela Rodríguez. Para lograrlo, complementó, es necesario "que las y los jóvenes conozcan sus derechos para poder defenderlos en cualquier ámbito". Este es el primer paso para después influir en las políticas públicas donde la voz de los jóvenes puede sensibilizar a los funcionarios de gobierno.
 
 


 
Cartilla por los derechos sexuales de las y los jóvenes

1 Derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y sexualidad.

2 Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual.

3 Derecho a manifestar públicamente mis afectos.

4 Derecho a decidir con quién compartir mi vida y mi sexualidad.*

5 Derecho al respeto de mi intimidad y mi vida privada.

6 Derecho a vivir libre de violencia sexual.

7 Derecho a la libertad reproductiva.*

8 Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad.

9 Derecho a vivir libre de toda discriminación.

10 Derecho a la información completa, científica y laica sobre la sexualidad.

11 Derecho a la educación sexual.

12 Derecho a los servicios de salud sexual y a la salud reproductiva.*

13 Derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad.
 
 

*Si eres menor de edad consulta el Código Civil de tu estado.

Comisión Nacional de Derechos Humanos, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Elige Red de Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproductivos, Red Democracia y Sexualidad (Demysex), Balance, Equidad de Género, Mexfam, Sipam, Sisex, Católicas por el Derecho a Decidir, Ave de México y 109 organizaciones más.