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México D.F. Jueves 9 de septiembre de 2004

Octavio Rodríguez Araujo

La autonomía de la UNAM

La Universidad Nacional Autónoma de México ha cumplido 75 años de autonomía. Este concepto, a veces estirado a límites absurdos, quiere decir autogobierno y libertad de cátedra e investigación. Estos dos importantes principios se han querido vulnerar desde el exterior en no pocos momentos, recientemente por quienes han querido ver en las directrices del Banco Mundial (BM) o de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) la fuente de sabiduría universal en materia educativa, para no hablar de otros temas tanto o más delicados como las políticas económicas seguidas por los gobiernos neoliberales.

La autonomía universitaria, por lo menos en referencia a la libertad de cátedra e investigación, fue defendida por Justo Sierra desde los años 80 del siglo XIX, y particularmente en su célebre discurso del 22 de septiembre de 1910 en la inauguración de la Universidad Nacional. Lo más discutido entonces era si la universidad debía ser pública o privada, ya que, curiosamente, por varios años se quiso asociar lo privado a la autonomía: si es autónoma tendría que ser privada (es decir, particular), se argumentaba incluso durante el gobierno de Lázaro Cárdenas, según ha apuntado el jurista Diego Valadés (Deslinde, 5/80). El antecedente, además de debates previos (desde 1914), era la Ley Orgánica de 1933, que sugería que si era autónoma tendría que generar sus propios recursos y que al Estado no le correspondía ofrecerle ayuda económica de ningún tipo.

Por lo que se refiere a la libertad de cátedra e investigación, un sector de la comunidad universitaria inició una lucha desde 1929 en contra de la intromisión del gobierno en la vida universitaria y en la orientación de sus planes de estudio, intromisión que inhibía el pensamiento libre y, por lo mismo, la libertad de cátedra en una lógica de pluralidad y universalidad de corrientes de pensamiento. Era, para decirlo en términos actuales, la lucha contra el pensamiento único y oficial de quienes detentaban el poder. Por eso precisamente la lucha por la autonomía comprendía principalmente un binomio indisoluble: autogobierno de los universitarios y libertad de cátedra y de investigación.

Este interesante debate fue resuelto, a mi juicio magistralmente, con la Ley Orgánica de la UNAM de 1945. Autonomía ya no significaría privatización de la universidad, sino que ésta sería un organismo público, pero autónomo. La solución que encontraron los defensores del autogobierno y de la libertad de cátedra en los primeros años 40 del siglo pasado, encabezados por Alfonso Caso, fue buscar una fórmula jurídica que combinara autonomía con responsabilidad estatal para que la Universidad Nacional pudiera no sólo subsistir económicamente, sino desarrollarse. Esta fórmula fue precisamente la combinación de la autonomía de la UNAM y ésta como una institución pública, como un organismo descentralizado del Estado, es decir, un órgano estatal pero autónomo del gobierno -como bien señalara Horacio Labastida en un artículo publicado en La Jornada el 19 de febrero de 1999.

La defensa de la autonomía, asumida con firmeza por el rector Juan Ramón de la Fuente, no siempre ha sido bien comprendida por otros universitarios, ni mucho menos por los gobiernos neoliberales de los últimos sexenios. Así, por ejemplo, en 1997 algunos distinguidos universitarios, al parecer no muy convencidos de la autonomía de la UNAM, expusieron un documento ante la OCDE en el que decían que en los antiguos criterios de calidad no había referencias a quién debía juzgar la condición académica y de salida de la UNAM, aceptando con esto, implícitamente, la intromisión del Centro Nacional de Evaluación (Ceneval), asociación civil privada que tiene entre sus funciones evaluar la calidad de salida de la educación media-superior y superior. Sobra decir que para el caso de las universidades públicas con autonomía, el Ceneval representa una intromisión inadmisible y una controversia con la Ley Orgánica de la UNAM que, en su artículo 2-II, establece que la universidad tiene derecho a "impartir sus enseñanzas y desarrollar sus investigaciones de acuerdo con el principio de libertad de cátedra y de investigación", y no con criterios productivistas determinados por la fuerza de los mercados y de los gobiernos que les han servido en una lógica de pensamiento único sin alternativa.

La autonomía, ha dicho el rector De la Fuente ante el Senado (18/8/04), significa respeto del Estado hacia las formas de organización y gobierno de las universidades públicas y a sus valores supremos de libertad de cátedra, de investigación y de creación, en un ambiente de pluralidad y diversidad, en el que la UNAM ha sido un contrapeso a los afanes del pensamiento único y de los fundamentalismos, "sean económicos, étnicos o religiosos".

La autonomía universitaria, ciertamente, ha sido demanda y realidad contra el pensamiento único, varias veces intentado como imposición por gobiernos, poderes económicos e instituciones internacionales que han querido socavar el principio del pensamiento libre precisamente en donde éste se desarrolla, más y mejor, gracias al conocimiento que cotidianamente se produce y se reproduce: la universidad. De aquí la importancia de su defensa.

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