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México D.F. Sábado 25 de septiembre de 2004

El abogado enumera las pruebas que sostienen la culpabilidad del encarcelado

La verdad legal es que Medina Millet asesinó a su esposa: Alonso Aguilar Zinser

Asegura que para coadyuvar en el proceso puso de condición a la familia Abraham Mafud que en caso de comprobarse la inocencia del acusado, reconocería públicamente la exculpación

EDUARDO R. HUCHIM/ V

Alonso Aguilar Zinser, representante de la coadyuvancia en el caso Medina-Abraham, rechaza la versión de suicidio en la muerte de Flora Ileana Abraham Mafud en los siguientes términos:

-Los suicidios son actos íntimos. El suicida avisa, informa, manda mensajes expresos o tácitos, pero realiza el acto concreto de manera muy íntima. No es creíble que la joven haya sacado de su bolso una pistola ante su esposo y, después de que éste se la quita, ella suba corriendo las escaleras, se encierre en un cuarto y se pegue un tiro. Lo que pasó fue que, en una explosión de ira, Armando Medina Millet le disparó a su esposa.

-Según Medina Millet, su esposa estaba en un estado depresivo, bajo los efectos de tranquilizantes -le digo.

-Ella estaba tomando Lexotán, que es un ansiolítico. El ánimo de quien está bajo sus influjos no es suicida porque es un antidepresivo -responde el penalista.

Armando Medina Millet debió ser detenido el día de los hechos

-¿Cuál es su visión sobre las pruebas de rodizonato de sodio que, practicadas el día de los hechos, resultaron positivas en Flora Ileana y negativas en Armando?

Entrevistado en su oficina de Coyoacán, Aguilar Zinser contesta:

-La defensa de Armando Medina Millet aduce tres temas centrales:

Las pruebas de rodizonato de sodio el día de los hechos.

La validez de la prueba de Walker, destinada a medir la distancia de un disparo de arma de fuego.

Las supuestas esquirlas en un pulmón, que aparecen en una radiografía."

Sobre las pruebas de rodizonato, Aguilar Zinser apunta que la Procuraduría de Justicia yucateca incurrió en grave omisión al permitir a Medina Millet retirarse del hospital adonde llevó a su esposa moribunda. Explica que, en casos como éste, todo vestigio es importante, tanto más si las dos únicas personas que intervinieron fueron Medina Millet y su esposa, y ésta falleció. Cita como ejemplo de las consecuencias de la omisión policial el hecho de que Armando hubiera quemado las ropas que llevaba ese día, si bien ocho años después -indica- cambió su versión y ahora sostiene que quien las quemó fue su doméstica.

-Medina Millet se queja de que sus declaraciones fueron alteradas y el expediente fabricado -comento.

-Eso no lo dijo durante el proceso, que tardó varios años. Durante este tiempo tuvo oportunidad de precisar lo que hubiera querido, pero no objetó las declaraciones que dice le inventaron. Al final de cada audiencia se le preguntaba si quería declarar algo y decía que no. Incluso en la audiencia final, cuando el Ministerio Público había formulado sus conclusiones, yo pensé que iba a objetar algo, pero no lo hizo.

Agrega que el hoy sentenciado debió ser detenido por cuasiflagrancia, para hacerle las pruebas necesarias, analizar sus ropas y tomarle declaración. La que se rinde de manera más cercana a los hechos tiene mayor importancia que las otras, comenta.

Dice luego que la prueba de rodizonato de sodio en Armando resulta poco confiable porque tuvo oportunidad de desmacularse (una de las maneras es mojarse las manos con orina) y, en cuanto a la practicada en Flora Ileana, la presencia de pólvora pudo deberse a que levantó las manos en un movimiento defensivo cuando su esposo le disparó.

Respecto de las esquirlas en el pulmón, Aguilar Zinser explica que las radiografías presentan un solo plano, no dan profundidad. En consecuencia, no se puede determinar en qué parte del cuerpo están las manchas: en el frente, en un costado, en la piel. "La opinión más aceptable que tenemos es que se trata de manchas características de calcificación." No obstante, el penalista precisa:

-Con honestidad intelectual, desde un punto de vista radiológico, no es posible determinar con toda seguridad que sean esquirlas o no lo sean.

Pruebas que sustentan la culpabilidad del recluso

En relación con los cuestionamientos de la defensa de Medina Millet sobre la prueba de Walker, Aguilar Zinser expresa enfáticamente:

-La culpabilidad de Armando Medina Millet no se funda en la prueba de Walker, sino en pruebas más objetivas, no cuestionadas:

"La naturaleza de la lesión mortal. Es nítida, no mostraba quemaduras. Fue producto de un disparo hecho a media distancia.

"Las lesiones antemórtem, las cuales revelan que Flora Ileana fue golpeada, antes de morir, en la nariz y en el pecho, encima de la herida mortal.

"El video de la reconstrucción de hechos, donde se ve que Medina Millet arrastró a su mujer como si fuera un bulto (así incluso lo señalan los socorristas que lo ayudaron) y la depositó en el piso para cerrar la puerta, con lo cual mostró que le importaba más proteger sus posesiones que llevar al hospital a su esposa herida.

"El disparo que la mató salió del arma de él, y el revólver quedó debajo de la cama, en el lado derecho, cuando el cuerpo de Flora Ileana quedó en el lado izquierdo."

Aunque admite que no es posible prever el comportamiento de cada quien en una situación de crisis, para Aguilar Zinser resulta inexplicable que Medina Millet haya arrastrado a su esposa moribunda en la forma en que lo hizo, sin angustia ni desesperación, como también le resulta incomprensible que no haya permitido que la atendieran en la clínica más cercana cuando la trasladaba en su automóvil, con ayuda de dos paramédicos, y haya exigido que la condujeran a la Clínica de Mérida.

Cuando le pregunto si, estando del lado de la defensa, objetaría que hubiera sido sacada del país, sin custodia oficial, la blusa que Flora Ileana Abraham Mafud llevaba el día de su muerte, Aguilar Zinser contesta que no, si la prenda hubiera sido entregada a los peritos, como fue en este caso.

-Pero son peritos nombrados por una de las partes -comento.

-Al haber sido aceptados como peritos, ellos fueron los custodios, es un punto de derecho -señala-. En todo caso, yo objetaría que esa prenda fuera manipulada, si puedo demostrarlo, pero no la entrega a peritos.

El abogado que representa al coadyuvante desde mediados de 1996 comenta el acierto (presente en la legislación penal de la mayoría de las entidades mexicanas) de que a la coadyuvancia se le permita actuar de manera semejante al defensor, ya que esta circunstancia contribuye en forma importante a resolver los casos, particularmente porque los agentes del Ministerio Público del país casi siempre están sobrecargados de trabajo.

A los peritos de la coadyuvancia se les dio completa libertad

Sobre el desenlace que pueda tener el caso Medina-Abraham, indica que lo decidirán los tribunales -"yo no prejuzgo"- y recuerda los días en que comenzó a conocer del caso, en mayo o junio de 1996:

-Comúnmente, yo no coadyuvo con el Ministerio Público. Formar parte de la coadyuvancia en la acusación contra una persona a quien se imputa el homicidio de su esposa es algo muy delicado. Y puedo decir que la actuación de la coadyuvancia ha sido absoluta y totalmente ortodoxa y apegada a derecho.

-Yo no conocía a la familia Abraham y, cuando ésta me busca, pongo una condición: si Armando Medina Millet presentaba pruebas que demostraran legalmente su inocencia, aun antes de que concluyera el juicio, yo debía contar con autorización de la familia para emitir un pronunciamiento reconociendo su inocencia, con independencia de lo que, en su caso, resolvieran los tribunales.

-¿La familia dijo que sí?

-Sí, claro.

Aguilar Zinser indica que una de las primeras cosas que hizo fue acudir a especialistas muy prestigiados en criminalística, medicina forense y siquiatría forense para que emitieran un dictamen en las materias controvertidas. A todos se les pidió al contratarlos que efectuaran con toda libertad sus estudios y que recibirían puntualmente sus honorarios, independientemente del sentido que tuvieran sus peritajes.

Recuerda que su padre, Adolfo Aguilar y Quevedo, solía decir que un presupuesto para determinar la responsabilidad o la inocencia consiste en establecer si la personalidad del sujeto activo es compatible con el hecho que se le imputa. Además, si, por ejemplo, un acusado tuviera un trastorno grave de personalidad, ello podría influir incluso para determinar la inimputabilidad.

Acercar a las familias, intento que fracasó

Otra cosa que hace el abogado, al percatarse de la polarización que había generado el caso, es intentar sacarlo del terreno emocional y hacerlo aterrizar en lo legal, para lo cual trata que las familias involucradas, Medina Millet y Abraham Mafud, se reúnan, lo que sus representados aceptan, pero finalmente no se logra el acercamiento.

Aguilar Zinser defiende la actuación de la juez Leticia Cobá Magaña, a quien califica de estricta y exigente y con quien, opina, se ha cometido una injusticia por la descalificación a que ha estado sometida por el caso Medina-Abraham. Esta opinión del representante de la coadyuvancia es compartida en algunos círculos yucatecos, pero en otros la percepción sobre la juzgadora es abiertamente contraria: se le caracteriza como corrupta y se dice que en este caso estuvo al servicio de la familia Abraham.

(A la juez la busqué telefónicamente, en repetidas ocasiones, desde Mérida y desde el Distrito Federal, para solicitarle una entrevista. Las personas que contestaron el teléfono 9 29 52 22, del juzgado cuarto de defensa social, siempre dijeron que "estaba en una diligencia" o "ya se retiró".)

La nueva procuraduría marginó a la coadyuvancia

En cambio, Alonso Aguilar Zinser se queja de la actitud de la Procuraduría de Justicia de Yucatán, actualmente a cargo de Miguel Díaz Herrera, porque cuando decide ampliar la investigación, ya en el gobierno de Patricio Patrón Laviada, no permite la participación de la coadyuvancia.

-¿Por qué no la permiten? -pregunto.

-Alegan que se trataba de ventilar una denuncia de Medina Millet contra unos peritos y, por tanto, al no ser parte, nosotros no teníamos por qué participar. Pero en realidad se estaba ampliando la investigación. Si nos hubieran dejado participar, se habría legitimado lo que hacían.

Aguilar Zinser dice que, en esa etapa, la coadyuvancia se entera de las actuaciones de la procuraduría por medio del Diario de Yucatán, que publicaba puntualmente el desarrollo de tales diligencias.

-Por las irregularidades que se cometieron en la investigación y durante el juicio, parece que Medina Millet es la única persona que puede saber lo ocurrido en aquella habitación -comento.

-Por eso es apasionante esta profesión -expresa Aguilar Zinser-, porque mediante el uso de las técnicas adecuadas y elementos empíricos se puede arribar a la verdad legal. Y en este caso, no hay duda de que, conforme al conjunto de esos elementos, Armando Medina Millet le quitó la vida a su esposa de un tiro en el corazón, usando un revólver de su propiedad.

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