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México D.F. Jueves 30 de septiembre de 2004

Confían en que proyecto de dictamen de ministro señale que no prescribió el genocidio

Por "congruencia", la SCJN atraería el caso del jueves de Corpus: fuentes judiciales

Citan como antecedente la resolución sobre la desaparición forzada de Jesús Piedra Ibarra

JESUS ARANDA

Por "congruencia", es probable que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerza su facultad de atracción para determinar si el delito de genocidio, que se imputa a Luis Echeverría y otros ex funcionarios por los hechos del 10 de junio de 1971 (jueves de Corpus), prescribió o no.

Trascendió lo anterior en el máximo tribunal, donde se dijo que el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo presentará en los próximos días a sus compañeros de la primera sala su proyecto de dictamen sobre este asunto.

La primera sala de la SCJN fue la que determinó el año pasado que la desaparición forzada, por ser delito continuado, no prescribía hasta el momento en el que la víctima aparecía viva o muerta, decisión que abrió la puerta para que fueran consignados los ex titulares de la Dirección Federal de Seguridad y de la Brigada Blanca, Luis de la Barreda Moreno y Miguel Nazar Haro, así como el agente judicial Juventino Romero, por la desaparición forzada de Jesús Piedra Ibarra.

Precisamente después de que la SCJN abrió la puerta para que se castigara a los culpables de los crímenes ocurridos durante la guerra sucia de los años setenta, el máximo tribunal tendría que mantener la misma actitud respecto al delito de genocidio que se imputa al ex presidente Luis Echeverría y a varios de sus ex colaboradores por los hechos ocurridos durante el 10 de junio de 1971.

Cabe recordar que cuando la Corte se convirtió en "tribunal de legalidad" para dictaminar que no prescribía la desaparición forzada, el ministro Gudiño Pelayo señaló en sesión pública que, en caso de comprobarse este ilícito, "sería tal la gravedad del mismo que afectaría las bases mismas de la estructura del sistema jurídico mexicano".

Insistió en que hay conductas que por su trascendencia, por los sujetos que intervienen en ellas, son de tal gravedad que afectan no sólo la esfera local o federal, sino a la Federación en su conjunto, "porque fracturan la convivencia social y política del estado de derecho".

De mantenerse esta línea de pensamiento, se dijo, se espera que en breve Gudiño Pelayo proponga a sus compañeros que la SCJN ejerza su facultad de atracción, como pidió el 2 de septiembre pasado el procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, para que la Corte determine la prescripción o no del delito de genocidio.

En caso de que la SCJN resuelva que no ha prescrito el delito -el juez segundo de distrito en materia penal negó las órdenes contra los presuntos responsables de los hechos del 10 de junio de 1971 con el argumento de que ya habían transcurrido 30 años de los acontecimientos, y por lo tanto no era posible ejercer acción penal en su contra porque ya había prescrito el ilícito-, se abriría la puerta para la consignación de los ex funcionarios.

Si los ministros determinan que no prescribe ese delito por tratarse de un ilícito de lesa humanidad -como establecen tratados internacionales firmados por México-, entonces procedería la consignación penal de los presuntos responsables.

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