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México D.F. Jueves 14 de octubre de 2004

Es una decisión clave para la "consolidación del estado de derecho": Femospp

La Suprema Corte atrae caso sobre prescripción o no de genocidio

Del fallo dependerá resolución del jueves de Corpus

JESUS ARANDA

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió ayer, por unanimidad, ejercitar su facultad de atracción para determinar la prescripción o no del delito de genocidio. Ello implica que los ministros interpretarán "necesariamente" las disposiciones constitucionales relacionadas con la aplicación de tratados internacionales suscritos por México con respecto la prescripción de los delitos de lesa humanidad y la eventual aplicación retroactiva de ley en estos asuntos, así como la probable incorporación de esos postulados en el orden jurídico nacional.

Los cuatro ministros que integran la sala establecieron que al atraer de forma extraordinaria un recurso de reclamación -por la decisión de un juez de distrito que negó la orden de aprehensión en contra del ex presidente Luis Echeverría Alvarez y de ex funcionarios de su gobierno por la participación en la matanza del 10 de junio de 1971-, se sentará un criterio y un precedente aplicable "en aquellos procesos que se instauren en relación con movimientos sociales y políticos del pasado, particularmente en lo que respecta a determinar cómo y cuándo opera la prescripción del delito de genocidio".

Además argumentaron que hay un interés de la comunidad nacional por que se resuelva sobre la probable responsabilidad que pudieran tener los acusados en hechos del pasado "que afectaron profundamente la vida política del país".

Trascendió que al admitir el asunto, los ministros están "abiertos" a discutir aspectos como la retroactividad de la ley y si constitucionalmente fueron válidos los criterios que estableció el Senado de la República cuando, en 2002, ratificó la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, al señalar que no prescriben dichos delitos -como el genocidio-, pero a partir de la ratificación; en cambio, los actos ilícitos que se cometieron antes de la entrada en vigor de la convención sí prescriben.

Fuentes judiciales destacaron que, a diferencia de cuando la Corte determinó que el delito de desaparición forzada no prescribe por ser "continuo" -lo que allanó el camino para que se giraran órdenes de aprehensión en contra de Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, por la desaparición de Jesús Piedra Ibarra-, en este asunto las cosas pintan de forma diferente.

Hay ministros que consideran que existen posibilidades reales de que la Corte resuelva que, por tratarse de un delito de lesa humanidad, el genocidio no prescribe. Sin embargo, ello no significa necesariamente que vaya a prosperar la acusación de genocidio presentada por la Fiscalía Especializada en Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) en contra del ex presidente Luis Echeverría Alvarez, Mario Moya Palencia, Luis de la Barreda Moreno, Miguel Nazar Haro, José Antonio González Aleu, Manuel Díaz Escobar y otros. Lo anterior, porque los ministros tienen serias dudas respecto a que el 10 de junio de 1971 haya ocurrido un genocidio.

Cabe señalar que sea cual sea la decisión de la Corte, seguramente será el pleno al que toque resolver el asunto. A petición del ministro a quien se le turne el caso, el expediente será turnado a un tribunal unitario del Distrito Federal. El juzgado segundo de distrito en materia penal negó inicialmente las órdenes de aprehensión en contra de los acusados, por considerar que el delito de que se les acusa (genocidio) prescribió después de más de 30 años de que sucedieron los hechos.

Gudiño Pelayo argumentó que atraer de manera extraordinaria un recurso de reclamación, "apartándose de sus funciones primordiales de control constitucional", se debe a que existe un "interés superlativo" de la Federación en razón de que el tema tratado es de interés nacional.

Por su parte, el ministro Juan N. Silva Meza subrayó que ese interés nacional en el asunto tiene dos vertientes jurídicas fundamentales: el estudio e interpretación de disposiciones constitucionales asociadas a instrumentos internacionales y con previsiones sobre la prescriptibilidad, así como la declaración interpretativa del Senado de la República.

Mientras, José Ramón Cossío Díaz destacó que la Corte tendrá que resolver problemas importantes relativos a la forma en que se relaciona el orden jurídico mexicano con el derecho internacional -sobre todo en lo que respecta a delitos de lesa humanidad-, así como "ver de qué manera esos delitos y ordenamientos internacionales se incorporan al derecho jurídico mexicano, y la interpretación en este caso concreto".


Los ministros mostraron rigor jurídico y sensibilidad social, afirma Carrillo Prieto

scjn_genocidioLa decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de establecer si el delito de genocidio prescribe o no fue recibida con beneplácito por el fiscal especial Ignacio Carrillo Prieto, quien sostuvo que "lo importante es que se pueda llegar a castigar los crímenes del pasado". Subrayó que, en ese contexto, los ministros demostraron que no sólo ac-túan con rigor jurídico, sino también con sensibilidad social, factores que son "muy alentadores".

En breve entrevista, el titular de la Fiscalía Especializada en Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) declaró que en lo que se refiere a la investigación sobre los hechos ocurridos el 2 de octubre de 1968, continúa la averiguación previa en la que, si bien no hay un pliego definitivo, el funcionario mantiene su postura de solicitar órdenes de aprehensión por genocidio y otros delitos.

Posteriormente, en un comunicado, la Femospp señaló que la resolución del máximo tribunal de ejercitar su facultad de atracción en el recurso de apelación presentado en contra de la decisión del juez segundo de distrito en materia penal del primer circuito, que negó las órdenes de aprehensión solicitadas respecto a los hechos del 10 de junio de 1971, constituye "un elemento central de la consolidación del estado de derecho en México".

Agregó que la fiscalía proseguirá sus trabajos y estará atenta a las resoluciones del Poder Judicial. Indicó que es "de la mayor importancia" que la forma como se han desarrollado las investigaciones y consignaciones de hechos del pasado representa "soluciones ordenadas sin necesidad de estridencias, descalificaciones o vituperios".

JESUS ARANDA

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