LETRA S
Marzo 3 de 2005
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Batalla cívica por un derecho

José Carlo

¿Matrimonio gay, parejas de hecho? ¿Hasta qué punto estas dos categorías satisfacen el derecho de toda persona a unir su vida con otra de su mismo sexo en el goce cabal de todas sus prerrogativas cívicas? En el siguiente artículo, el autor revisa los casos de las primeras uniones civiles gay y analiza el debate actual sobre el matrimonio gay como una vía efectiva para combatir la discriminación y garantizar los derechos ciudadanos de gays y lesbianas.

Juan A. Herrero Brasas

La primera solicitud de matrimonio civil entre dos personas del mismo sexo de que queda constancia en Estados Unidos se produjo el 18 de mayo de 1970. Se trataba de dos estudiantes de la Universidad de Minnesota que para cuando solicitaron el matrimonio civil ya se habían casado por la Iglesia. Católicos ambos, habían preguntado al cura del centro católico de la universidad si él creía que "si dos personas del mismo sexo se entregan la una a la otra por amor y quieren llevar su vida juntos con entendimiento mutuo, ¿aceptaría Jesucristo esa unión?". Después de reflexionar sobre la pregunta, el sacerdote respondió: "Sí, en mi opinión, Jesucristo lo admitiría", tras lo cual su unión fue bendecida en una ceremonia religiosa.

Aunque ese matrimonio no sería reconocido por la jerarquía de la Iglesia, no deja de ser curioso que la primera bendición pública de una unión gay de que se tiene noticia en tiempos modernos fuera celebrada por un ministro de la institución que ahora lidera la oposición a los matrimonios gays. En cuanto a la solicitud de matrimonio civil, ésta fue denegada en última instancia por el Tribunal Constitucional de Minnesota.

En los años setenta se produjeron más solicitudes de matrimonios gays y lésbicos en diversos estados de la Unión Americana. En algunos casos, esos matrimonios llegaron incluso a tener lugar, como ocurrió en el estado de Colorado. En marzo de 1975, ante una solicitud de matrimonio civil por parte de dos personas del mismo sexo, el fiscal de distrito del condado de Boulder autorizó los matrimonios gays, al tiempo que afirmaba que no era de su incumbencia el porqué dos personas del mismo sexo se quisieran casar, pero que la legislación matrimonial de ese estado no discriminaba por razón de sexo. Al menos seis parejas se llegaron a casar y otros cientos presentaron solicitudes. El fiscal general del estado, sin embargo, se vio obligado a poner fin al experimento por las protestas y amenazas de violencia de los sectores sociales más conservadores. Ese mismo año también se llegó a celebrar un matrimonio civil lésbico en el condado de Montgomery, en Maryland, en medio de una confusa situación legal. También se produjeron en los años setenta otros intentos que no fueron provocados por solicitudes concretas de parejas gays o lésbicas. En 1975, por ejemplo, cuando se estaban revisando las leyes matrimoniales en el distrito de Columbia, se introdujo una cláusula autorizando el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero la oposición de la Arquidiócesis de Washington hizo que finalmente se eliminara dicha cláusula.

Los sondeos de opinión indican que la gran mayoría de gays y lesbianas quieren tener el derecho a casarse, pero las discrepancias de los sectores más ideologizados han hecho inevitable la controversia sobre la conveniencia o no de considerar la cuestión del matrimonio como una reivindicación prioritaria. De hecho, la batalla política que se ha desencadenado en torno a la posibilidad de autorizar el matrimonio se les ha venido encima a las organizaciones de gays y lesbianas. Es una batalla política que estas organizaciones no han iniciado ni alentado. Esta reivindicación ha surgido, en Estados Unidos lo mismo que en España, de luchadores solitarios a quienes, una vez inmersos en la batalla legal, las organizaciones gays generalmente les han ofrecido respaldo.

 

Parejas de hecho

Diversos países han aprobado regulaciones que garantizan a las parejas del mismo sexo una serie de derechos y privilegios próximos a los que disfrutan los matrimonios. Sin embargo, el hecho es que tales regulaciones conllevan importantes restricciones con respecto al matrimonio (entre otras, la inhabilidad para adoptar niños, su no reconocimiento en otros países y el que uno de los componentes ha de ser ciudadano del país en cuestión). Y, sobre todo, dichas uniones carecen del simbolismo supremo de igualdad, aceptación e integración social que conllevan el término y el concepto de "matrimonio". Como algunos comentaristas han apuntado, una ley de parejas de hecho, por amplia que sea en sus concesiones, es algo diferente del matrimonio y responde a una visión distinta de la vida en pareja y de las perspectivas de la relación. Es significativo que las leyes de parejas de hecho las reclamen para sí un amplio número de parejas heterosexuales que, si lo desearan, podrían acceder al matrimonio pero que no lo hacen porque el matrimonio impone otro marco a la relación que, por diversas razones, ellos no desean. Los homosexuales no tienen tal opción y sería erróneo pensar que con una ley de parejas de hecho el Estado les estaría colocando en un plano de igualdad. Es precisamente todo lo contrario: una ley de parejas de hecho sin la simultánea autorización del matrimonio gay lo único que hace es poner aún más de relieve la desigualdad que sufren las lesbianas y los gays y su permanente situación como ciudadanos de segunda categoría.

Asesinos, violadores, ladrones, sádicos, nazis y todo tipo de criminales convictos tienen derecho a casarse. Más aún, el Tribunal Supremo de Estados Unidos en 1987 eliminó incluso las restricciones que existían para que los reclusos se pudieran casar en prisión. Según las sentencias del Tribunal Supremo, los reclusos "tienen el mismo derecho a casarse que los demás ciudadanos para disfrutar de los beneficios emocionales, religiosos y económicos que ofrece esa institución". También lo tiene una pareja de octogenarios de quienes se sabe con absoluta certeza que no procrearán; y lo tiene asimismo cualquier pareja que hace pública su decisión antes de casarse de no tener hijos. Ni a los seres más dañinos para la comunidad humana ni a aquellos que no procrearán se les niega el derecho a satisfacer esa íntima necesidad de compañía dentro del marco vinculativo, único y privilegiado que sólo el matrimonio puede ofrecer, " con la única condición de que sean heterosexuales". De este modo la institución matrimonial se ha convertido en el último bastión de la heterosexualidad obligatoria. El Estado ha hecho de la heterosexualidad un criterio esencial para poder ser considerado ciudadano de pleno derecho.

En palabras de Andrew Sullivan: "No hay derecho más fundamental que el derecho a casarse. Si a los heterosexuales les dijeran que les van a quitar el derecho a casarse habría una revolución... es como el derecho a votar". Cabe poca duda de que Sullivan ha puesto el dedo en la llaga.

 

Una cuestión de derecho

El debate en torno al matrimonio gay y las fuertes resistencias que despierta en ciertos grupos sociales tienen su paralelo, por lo que a la sociedad norteamericana se refiere, en la prohibición de los matrimonios interraciales vigente hasta 1967. Y el paralelismo también está presente en los argumentos de quienes ahora se oponen al matrimonio gay y los de quienes entonces se oponían a que blancos y negros se pudieran casar los unos con los otros, y que consideraban las leyes que prohibían tales matrimonios ni más ni menos como una plasmación del derecho natural. Hace sólo poco más de tres décadas, el Tribunal Supremo del estado de Georgia, al confirmar esas leyes, afirmaba que "la mezcla de las razas es antinatural", y que hace que nazcan hijos "generalmente enfermizos y afeminados, e (...) inferiores en su desarrollo físico".

También tuvo su paralelo el argumento de que los homosexuales no son discriminados, pues tienen el mismo derecho que los demás a casarse con una persona del otro sexo. Los fiscales de los estados que prohibían el matrimonio interracial en los años sesenta sostenían que la prohibición de casarse con una persona de otra raza no suponía discriminación alguna, pues tal prohibición afectaba a todas las razas por igual. Treinta años después, semejante razonamiento nos parece obsceno.

Para las personas de orientación gay o lésbica, el derecho al matrimonio es un derecho fundamental tanto en lo material, por las ventajas y privilegios de todo tipo que conlleva y de los que ahora se ven privadas, como en lo simbólico, por lo que afecta a su conciencia de plena dignidad e igualdad como seres humanos. El imponer una discriminación sistemática sobre ellos, con el sufrimiento y la desolación que ello acarrea, es injusto y cruel. Pero lo auténticamente enigmático en este asunto ­y lo que parece estar en la base de la discriminación- es ese oscuro temor a una posible "propagación" de la homosexualidad. (¿Tan inseguro se puede estar de uno mismo?). ¿No será que ha llegado el momento de abrir, de una vez por todas, ese cuarto oscuro de la psique y dejar volar a los fantasmas que lo ocupan?

 

Profesor de Ética y Políticas Públicas de la Universidad del Estado de California, Estados Unidos.

Tomado y editado de Debate Feminista, Año 10, Vol. 19, abril de 1999.