Usted está aquí: miércoles 30 de marzo de 2005 Estados "Invasión de poderes", argumento en 2003

"Invasión de poderes", argumento en 2003

Ampliar la imagen Felipe Gonz�z Gonz�z, ex gobernador panista de Aguascalientes FOTO Luis Humberto Gonz�z Foto: LUIS HUMBERTO GONZALEZ

Aguascalientes, Ags., 29 de marzo. Era el primer semestre de 2003 cuando el panista Felipe González González, entonces gobernador de Aguascalientes, interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra la 58 legislatura local, con el argumento de que estaba sufriendo una "invasión de poderes".

Roberto Padilla Márquez, entonces presidente de la Comisión de Gobierno del Congreso local, recuerda que a principios de ese año, el grupo parlamentario del PRI, del cual fue coordinador, propuso reformar el artículo 32 de la Constitución de Aguascalientes.

Dicho artículo privilegiaba al titular del Poder Ejecutivo en caso de que no estuviera de acuerdo con alguna ley que emitiera el Legislativo, ya que a pesar de que contaba con 20 días para realizar observaciones, no sucedía nada si dejaba pasar el tiempo sin tomar ninguna determinación, y entonces la ley simplemente no entraba en vigor.

El pleno del Congreso local acordó entonces modificar ese precepto para que en su redacción se incluyera que una vez "aprobada una iniciativa de ley o decreto por el Congreso del estado, ésta pasará al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones qué hacer, o transcurrido el plazo sin haberlas hecho, lo publicará dentro de los 10 días hábiles siguientes. En caso contrario, el Congreso del estado ordenará su publicación".

Felipe González se negó a aprobar y publicar esta disposición y, por el contrario, acudió ante la SCJN para interponer una controversia constitucional en la que acusaba a los legisladores locales de "invasión de poderes", cuestión que este martes resolvió el máximo órgano del país al darle la razón a los diputados.

Luego de congratularse por este fallo, Padilla Márquez señaló que "el Poder Legislativo no viola, sino que colabora, ya que el Ejecutivo tiene la facultad de la iniciativa misma, que concluye con la aprobación y posterior promulgación que realiza el Congreso".'

Claudio Bañuelos, corresponsal

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.