Los valores del osito
En Grupo Bimbo despiden a empleada por embarazo

• Le ofrecieron 4 mil pesos como liquidación por casi tres años de servicio

Karina Galarza Vásquez

Aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer protegen el derecho de la mujer a tener un empleo y conservarlo sin importar su estado civil o su maternidad, muchas empresas hacen caso omiso y despiden a las mujeres gestantes.

Un caso reciente es el de Miriam Amoroz Solaegui, quien trabajó para Grupo Bimbo del 25 de junio de 2002 al 22 de enero de 2005 en la Agencia Naucalpan, estado de México. Debido a su estado y a que requería consultas frecuentes por presentar amenaza de aborto, el encargado de la Divisional de Autoservicios, José Sánchez Vera, la despidió. Le ofreció por concepto de liquidación la cantidad de 4 mil pesos, cuando por ley le correspondían alrededor de 28 mil pesos. “Como no estuve de acuerdo, me dijo ‘si quieres demandar, demanda’”, relató Amoroz Solaegui.

La demanda contra Grupo Bimbo quedó asentada el 25 de enero de 2005 ante la Junta 16 de Conciliación y Arbitraje, cuya causal es el despido injustificado por embarazo. El caso lo lleva la licenciada Bertha Lilia Orantes.

En defensa de los derechos de la mujer
Amoroz Solaegui era promotora, cargaba las cajas de pan y acomodaba los paquetes en los anaqueles de un Superama (ubicado en la colonia Cuauhtémoc) y una tienda del ISSSTE (ubicada en la colonia Anáhuac), en un horario de las 5:00 a las 13:00 horas.

En los primeros meses de gestación, médicos de la clínica 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social le informaron que su embarazo era de alto riesgo, motivo por el que requería revisiones médicas y reposo. Al solicitar permisos para acudir a consulta y que le asignaran tiendas de autoservicio cercanas a su domicilio (vive en la colonia Héroes de Tecamac, estado de México), le fueron negados por Sánchez Vera. La misma respuesta obtuvo cuando pidió que le encomendaran labores de oficina debido a la amenaza de aborto.

Cabe destacar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 123 el derecho al trabajo digno y socialmente útil, y en la fracción A-V refiere: “Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación (...)”.

A su vez, el artículo 164 de la Ley Federal del Trabajo señala que las mujeres tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones que los hombres. Ello significa que debe considerarse su trabajo de manera independiente al embarazo. Asimismo, la fracción XXVII del artículo 132 sostiene que el patrón está obligado a proporcionar a las mujeres gestantes la protección que establezca la ley, entre las que, desde luego, no se encuentra el despido.

Por su parte, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer establece en el artículo 11.2 fracción A: “Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad, y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil.”

Ninguna de las leyes mencionadas se respetó en el caso de Amoroz Solaegui, pues aunque tenía un embarazo de alto riesgo le fueron negadas la asignación de tiendas más cercanas a su casa y la realización de actividades de oficina. Así que continuó con la labor de cargar cajas de pan y acomodar los paquetes, hasta que fue despedida el 22 de enero de 2005.

Los valores del “osito Bimbo”
La página corporativa de Bimbo establece como uno de sus valores “Ver siempre al otro como persona, nunca como un instrumento” y como uno de sus propósitos “Buscar que nuestro personal se desarrolle y realice plenamente”. Asimismo, incluye un código de ética que resalta el deseo de tener una empresa “con altos principios y valores, formadora de hombres y respetuosos de la sociedad a la que nos debemos”. Referente a los compromisos con los empleados, establece en uno de ellos el respeto a su dignidad y a su individualidad.

Sin embargo, los hechos demuestran lo contrario. Ahí tenemos el caso de Amoroz Solaegui, a quien, tras la denuncia, Grupo Bimbo le ofreció 23 mil pesos de liquidación. No obstante, tal cantidad no cubre lo que por ley le corresponde, amén del despido injustificado.

Por otra parte, cabe resaltar que uno de los principales objetivos del fundador de Grupo Bimbo, Lorenzo Servitje Sendra, ha sido la promoción de la censura en los medios de comunicación apelando a criterios moralistas y, además, haciendo uso de su poder económico para evitar la difusión de contenidos eróticos o de críticas a instituciones religiosas. Para muestra un botón: desde 1996 impulsó la formación de la asociación A Favor de lo Mejor (AFM), que agrupa a varios anunciantes y a grupos derechistas, desde la cual ha lanzado campañas contra muchos programas de televisión.

Servitje también fue uno de los participantes en el Congreso Mundial de la Familia, efectuado en marzo de 2004, ocasión en la que afirmó que el deterioro del matrimonio tiene como causa el trabajo de la mujer fuera del hogar y de una cultura sexual que fomenta las relaciones fuera del matrimonio.

Al iniciar la campaña contra la homofobia que impulsan el Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/sida (Censida) y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Grupo Bimbo brindó apoyo económico a las acciones que la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF) emprende en contra de la causa, (La Jornada, 30 de junio de 2005). Y para finalizar, Servitje ha declarado abiertamente que apoya al panista Alberto Cárdenas Jiménez en su candidatura presidencial ¿Esos valores promoverá?

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