Usted está aquí: miércoles 19 de octubre de 2005 Opinión Divorcio in vitro

Arnoldo Kraus

Divorcio in vitro

Robé, aunque posiblemente sea mero plagio y no hurto, el título de este artículo. Hace unos días el periódico El País encabezaba así una de sus reseñas para referirse al caso de una británica que desea ser madre a partir de embriones concebidos con su ex pareja, quien rechaza la solicitud. Divorcio in vitro, realidad in vivo: ¿quién tiene razón? No hay duda que la ciencia y sus avances, y la misma ciencia y su imposibilidad de responder a todas las preguntas emanadas de su ejercicio, representan un espacio donde la reflexión es indispensable. ¿Quién tiene razón? es una larga invitación para pensar en los entresijos -nada porosos, por cierto- donde ciencia y moral se encuentran y se desencuentran.

La historia es como sigue. Natalie Evans, 34 años, desea ser fecundada con embriones creados junto con su ex pareja. Howard Johnston se niega a que esos embriones sean utilizados. Evans quedó estéril en noviembre de 2001 a raíz de que se le extirparan los ovarios por un problema canceroso. La pareja había decidido, antes de la cirugía, someterse a un tratamiento de fertilización in vitro. Lograron fecundar seis óvulos, los cuales fueron congelados y almacenados en una clínica. Siete meses después del procedimiento la relación finalizó. El pidió que los embriones se destruyeran mientras que ella solicitó que se preservaran. El problema es colosal: ¿quién tiene razón? Cavilemos en los posibles argumentos y expongamos los bretes emanados de esta diatriba.

Mientras que Evans sostiene que los embriones tienen derecho a vivir, Johnston asegura que él no desea tener responsabilidades ni económicas ni morales sobre un hijo no deseado. La ley de reproducción británica requiere la anuencia de ambas partes para cualquier decisión. Dentro de este apartado debe también considerarse el concepto del bienestar del hijo o de la hija cuando una de las dos partes ha decidido dar marcha atrás a la utilización de los embriones. Este primer escenario es insalvable: ¿cómo asegurar que las parejas seguirán unidas después de haber creado embriones?

Evans argumenta que la última posibilidad de tener familia depende de los embriones congelados, pues, como ya escribí, no tiene ovarios. Su deseo es válido y tiene razón, pero no toda la razón: los embriones son "mitad suyos y mitad de su ex pareja". En este escenario, para el cual tampoco tengo respuesta, deben tenerse en cuenta dos vericuetos más. El primero es que la legislación acerca de los embriones, independientemente de que se les considere personas o no, tiene que modificarse; debería existir un pronunciamiento acerca de cuál es su destino y cuál es el tiempo que deben mantenerse congelados antes de desecharse -en Inglaterra el periodo de conservación es hasta cinco años. El segundo es que Evans aduce que los embriones tienen derecho a vivir mientras que Johnston sostiene que pueden ser desechados "sin problema". La trama es muy compleja: ¿tienen derechos los embriones?

La defensa de Evans sostiene que al destruir los embriones se está cometiendo una violación contra los derechos humanos. En caso de que este argumento sea validado por el Tribunal de Estrasburgo, menudo problema confrontarán los científicos que utilizan embriones con propósitos de investigación.

El último brete -al menos el último en cuanto a lo que pueden plantear mis neuronas- es, quizás, el más importante. Dependiendo de su resolución, podría concluirse ad hoc. Me refiero al tema del consentimiento. Es probable que si se lograsen estipular, desde un principio, las implicaciones tácitas de lo que significa el consentimiento acerca del destino de los embriones, sería factible solventar, independientemente de lo que suceda con la pareja, problemas futuros. "Destino de los embriones" implica, entre otros rubros, quién o quiénes tienen posibilidad de usarlos, cuándo deben desecharse, si pueden o no venderse, si tienen o no derechos.

La ciencia in vitro requiere inmensas dosis de ciencia in vivo. Es evidente que las conquistas en los laboratorios deben aparejarse con la realidad. Si bien es cierto que muchos problemas, como el expuesto, se hacen patentes sólo después del tiempo, es crítico tratar de adelantarse a estos posibles escenarios. Es crítico, asimismo, que la sociedad se inmiscuya en este tipo de decisiones y dialogue con los científicos, los eticistas y los representantes de la ley. Los divorcios in vitro y la ciencia in vivo son ámbitos de la cotidianeidad y no sólo de los científicos.

 
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