Usted está aquí: lunes 14 de noviembre de 2005 Política Ajustarán 10 artículos del Reglamento de la Ley de Seguridad Nacional

Persiste diferendo entre Gobernación y la inteligencia militar, según fuentes oficiales

Ajustarán 10 artículos del Reglamento de la Ley de Seguridad Nacional

Antes de abrir sus bases de datos, los mandos castrenses buscan determinar candados

JESUS ARANDA Y GUSTAVO CASTILLO

Los órganos de inteligencia del país y la Secretaría de Gobernación acordaron modificar 10 de los 91 artículos que integraron originalmente el Reglamento de la Ley de Seguridad Nacional y, de acuerdo con fuentes oficiales consultadas, si bien la dependencia que encabeza Carlos Abascal y el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) son los "grandes ganadores", prevalecen diferendos con los representantes de la sección segunda del Estado Mayor de la Defensa Nacional (inteligencia militar).

De acuerdo con información recabada por este diario, en reuniones sostenidas este fin de semana, tanto en el estado de México como en la sede de la Secretaría de Gobernación, el diferendo entre el Cisen y otros órganos de inteligencia con los representantes de inteligencia militar, radica en que los soldados pretenden tener acceso a los bancos de información de todas las dependencias que integran el Consejo de Seguridad Nacional, pero no están de acuerdo en facilitar su información de manera tan fácil a las otras dependencias, sin antes establecer ciertos "candados".

Añadieron los informantes que a pesar de que el reglamento en cuestión tiene el propósito fundamental de fortalecer la presencia del Cisen en tareas de espionaje y de seguridad nacional, así como conceder más facultades al secretario de Gobernación en este rubro que en la ley en la materia aprobada en enero pasado, aun por encima del Consejo de Seguridad Nacional, lo cierto es que la sección segunda del Estado Mayor de la Defensa Nacional ha considerado, a lo largo de las discusiones privadas que han tenido lugar en los últimos días, que es sumamente complicado que el Ejército acepte "abrir" su información de manera irrestricta a las otras depedencias del gobierno federal.

No obstante estas diferencias, insistieron los informantes en que la Secretaría de Gobernación mantiene su posición de publicar lo antes posible en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Seguridad Nacional, incluidas las 10 modificaciones que se concretaron en la última semana, a partir de que La Jornada reveló el contenido del documento, el cual dota de amplias facultades al Cisen para pasar por encima de las garantías constitucionales con el fin de obtener información.

Discusión en torno a nombramiento

En otro orden, se mantiene en el gobierno federal la discusión sobre el "perfil" que deberá reunir el próximo secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional, nombramiento que corresponde hacer directamente al Presidente de la República, y que tiene como única condición que no forme parte de dicho consejo, en el que participan los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública federal, Defensa Nacional, Marina, Comunicaciones y Transportes, Hacienda, y Procuraduría General de la República.

Cabe señalar que el citado reglamento propone una figura inédita en el derecho procesal mexicano -calificada por los funcionarios de la Suprema Corte consultados de inconstitucional e ilegal-, porque convierte al Cisen en fiscal revisor de la actuación de la Procuraduría General de la República (PGR) y contradice la independencia y autonomía del Ministerio Público, al señalar en uno de sus artículos:

"En los delitos que atenten contra la seguridad de la nación, así como los previstos en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, el Cisen será el representante del gobierno federal en su carácter de ofendido, por lo que tendrá acceso a las diligencias de averiguación previa y podrá coadyuvar con el Ministerio Público en la acreditación de los elementos del cuerpo del delito y la probable responsabilidad."

De acuerdo con fuentes oficiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el que se faculte al Cisen a actuar como "ofendido" es a todas luces inconstitucional, porque tanto los delitos de delincuencia organizada -salvo el de secuestro- como las amenazas contra la seguridad nacional son de los llamados "de peligro", en los que "no hay víctima".

Agregaron los funcionarios que en todo caso se está desplazando al Ministerio Público Federal de su calidad de representante de la sociedad en favor de un organismo "administrativo", como el Cisen.

 
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