Usted está aquí: lunes 26 de diciembre de 2005 Opinión La doble agresión a Lydia Cacho

Rafael Alvarez Díaz

La doble agresión a Lydia Cacho

Ser defensor de derechos humanos sigue siendo un oficio peligroso en México. El caso de Lydia Cacho nos lo recuerda ineludiblemente. Otros defensores, antes que ella, han sido hostigados y agredidos impunemente ante la actitud por lo menos omisa de las autoridades. No en vano la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado medidas provisionales al gobierno mexicano, a partir del asesinato de Digna Ochoa, para proteger la vida y la seguridad personal de Pilar Noriega, Bárbara Zamora y Leonel Rivero, todos ellos agredidos a raíz de su trabajo en defensa de los derechos fundamentales en nuestro país. A pesar de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos (ONU, 1998), de la que nuestro Estado es parte, México sigue siendo territorio riesgoso y hostil para los defensores. Reconocidas organizaciones, como Amnistía Internacional, consideran que la situación de los defensores en determinado país es un indicador dramático de lo que acontece a otros sectores desprotegidos de la sociedad.

A Lydia Cacho se le agredió en su doble carácter: periodista y defensora de derechos humanos. Los abusos que ha estado sufriendo van más allá de su persona, son un atentado en contra de la sociedad misma y de su derecho a estar bien informada de manera veraz, oportuna y plural. En su arbitraria detención y posteriores atropellos y vejaciones sufridas por ella, nos encontramos de nuevo y evidentemente ante el uso de las instituciones de procuración de justicia para fines distintos a los que les dieron origen y sentido, es decir: ante una desviación de poder, que según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consiste en "el hecho del agente administrativo, que, realizando un acto de su competencia y respetando las formas impuestas por la legislación, use de su poder en casos, por motivos y para fines distintos de aquellos en vista de los cuales este poder le ha sido conferido. La desviación de poder es un abuso de mandato, un abuso de derecho. Puede un acto administrativo haber sido realizado por el funcionario competente con todas las apariencias de regularidad y, sin embargo, este acto discrecional realizado, que el funcionario cualificado tenía el derecho estricto de realizar, puede estar afectado de ilegalidad si su autor ha usado de sus poderes para un fin distinto de aquel en vista del cual le han sido conferidos, o, para retener la fórmula de la jurisprudencia, para un fin distinto que el interés general o el bien del servicio". (Recomendación al Estado mexicano sobre el caso del general Gallardo, 1996.)

Mientras persistan las condiciones de impunidad, abuso y desviación de poder que se reflejan en este caso, la tarea de los defensores seguirá siendo una ardua carrera de obstáculos en la que la misma autoridad infractora utiliza el poder desde las estructuras de justicia para hacer prevalecer su impunidad.

 
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