Usted está aquí: jueves 12 de enero de 2006 Política Deplora la fiscalía de Carrillo Prieto la resolución de la SCJN

Asegura que acatará el "inexplicable" fallo

Deplora la fiscalía de Carrillo Prieto la resolución de la SCJN

GUSTAVO CASTILLO GARCIA

La Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) que encabeza Ignacio Carrillo Prieto calificó de deplorable e "inexplicable" el hecho de que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidiera no analizar el expediente en torno a la matanza del 2 de octubre de 1968.

La oficina de Carrillo Prieto emitió un comunicado en el que asegura que acatará "el inexplicable fallo de la SCJN de no atraer el caso del 2 de octubre de 1968".

Puntualiza que la Femospp "deplora la resolución de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que resolvió por mayoría de tres votos en contra (de cinco posibles), no ejercer la facultad de atracción del expediente 2/2005-PS".

Sin embargo, agregó: "manifiesta su disposición para acatar plenamente el fallo".

El comunicado de prensa de la Femospp señala que "los ministros José Ramón Cossío Díaz, Sergio A. Valls Hernández y José de Jesús Gudiño Pelayo votaron en contra del ejercicio de la facultad de atracción del máximo tribunal, al argumentar, en términos generales, que dicho asunto no reviste 'interés y trascendencia', que si bien tenía importancia nacional o social, desde el punto de vista jurídico ya no lo tenía; porque en el caso del 10 de junio de 1971, la SCJN ya había resuelto todos los planteamientos de la oficina del fiscal especial, adoptándose ya criterios al respecto, sobre todo en cuanto a los argumentos relativos al derecho internacional".

Pero la Femospp añadió que "es importante mencionar que el criterio adoptado por los ministros que votaron en contra refuta manifiesta e inexplicablemente las anteriores determinaciones asumidas por ese cuerpo colegiado, en los casos Nazar Haro, 10 de junio de 1971 y la propia determinación emitida sobre estos mismos hechos, en el amparo en revisión promovido por el Comité 68".

Finalmente, acepta que con la decisión de los tres ministros que votaron en favor de que el máximo tribunal no conociera de este expediente, el caso se devolverá al segundo tribunal unitario en materia penal, que será quien resuelva sobre el recurso de apelación interpuesto por la Femospp en contra de la negativa a su solicitud de órdenes de aprehensión como la del ex presidente Luis Echeverría Alvarez.

 
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