Usted está aquí: jueves 26 de enero de 2006 Economía Justifica Telmex la recompra de acciones; nivela valor de títulos

Rechaza la SCJ trato fiscal discriminatorio

Justifica Telmex la recompra de acciones; nivela valor de títulos

JESUS ARANDA

En la resolución de la Suprema Corte de Justicia de negar a Telmex la posibilidad de recuperar casi 9 mil millones de pesos, correspondiente al pago del impuesto sobre la renta (ISR), el máximo tribunal rechazó el argumento de la quejosa de que la intención de comprar sus propias acciones "no es pagar utilidades a sus accionistas eludiendo" el pago de impuestos, sino lograr los objetivos "que busca cubrir la legislación bursátil".

En la reciente resolución de la segunda sala de la Corte al resolver el amparo en revisión presentado por la empresa propiedad de Carlos Slim, los ministros tampoco aceptaron como válido lo dicho por la demandante, a la cual se le negó el amparo en contra de varios artículos del ISR, en el sentido de que la recompra de utilidades de Telmex "no es por naturaleza una distribución de utilidades, sino una compraventa de acciones".

Según la empresa quejosa, esta acción pretendía tan sólo "participar en el mercado para nivelar el valor de la acción, con miras a volver a colocar la acción cuando las circunstancias del mercado lo aconsejen".

Sin embargo, el dictamen elaborado por el ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia consideró que el problema no radicaba en la ilegalidad en la recompra de acciones, sino en el hecho de que el dinero que se utilizara para tal fin hubiera pagado con anterioridad los impuestos correspondientes.

Los ministros de la sala tampoco consideraron válida la queja de la defensa de Telmex, que afirmaba que recibía un trato fiscal discriminatorio, por el hecho de que "puede haber emisoras como mi representante que tengan más del 50 por ciento de sus acciones liberadas colocadas entre el gran público inversionistas" y que para nivelar el precio de sus acciones se ven obligadas a comprar más de 5 por ciento del total de sus propias acciones liberadas, que corresponderá a 10 por ciento las colocadas entre los inversionistas; en cambio, añadió, "habrá otras emisoras que apenas tenga 10 por ciento del total de sus acciones liberadas colocadas en la bolsa", por lo que bastará con que compren 5 por ciento de sus propias acciones liberadas, para adquirir más de 10 por ciento de las acciones colocadas en el mercado.

Y aunque la Corte aceptó que, efectivamente había un trato desigual para Telmex, ello no implicaba que éste fuera inconstitucional. Aseveró también la segunda sala que, incluso, si en este caso concreto se aplicara una doble tributación, ésta la permite la ley en determinadas condiciones, como era el caso.

 
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