Usted está aquí: viernes 21 de abril de 2006 Opinión Ley Televisa, agravio al país

Nora Patricia Jara

Ley Televisa, agravio al país

Los detractores de la llamada ley Televisa salen a las calles de la ciudad de México para advertir sobre uno de los despojos y agravios más grandes en la historia del país, perpetuado por las cámaras y sus representantes que, faltando al espíritu del Constituyente, entregaron en unos minutos los bienes públicos a un grupúsculo de voraces empresarios, haciendo lo de todos de unos cuantos. Con la reprobación de 73.91 por ciento de los participantes a las sesiones convocadas por la Comisión Legislativa de Comunicaciones y Transportes en torno a la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión, una minoría encabezada por consultores de los monopolios de la televisión mexicana, ex funcionarios y políticos al servicio de las mismas, ignoraron todos los argumentos expresados los días 8, 15, 22 y 28 de febrero pasado, en contra de una ley que atenta contra le libertad de expresión y el supuesto régimen democrático.

He aquí algunos de los argumentos dados por investigadores, catedráticos, especialistas, representantes de instituciones educativas, universitarias, de gobiernos federales, estatales, medios públicos y asociaciones civiles: "La minuta tiene por efecto despojar al Estado de su rectoría sobre los bienes de dominio de la nación, y de su potestad exclusiva de otorgar concesiones en materia de vías generales de comunicación utilizadas en telecomunicaciones, y por otro lado asegura la dominancia de los operadores con ascendiente en cada mercado, según corresponda, sobre redes y espectro de telecomunicaciones, o espectro de radiodifusión, al mantener separados a los marcos legales de telecomunicaciones y radiodifusión, en lugar de crear un marco legal uniforme y convergente", opinión aprobada por el pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en su tercera sesión extraordinaria del 15 de marzo de 2006.

Sobre el órgano regulador se manifestó que no hay mandato ni objetivo o lineamientos que seguir en cuanto la toma de decisiones. Carencia de facultades para que lleve a cabo el mandato que le exige la ley y ser más independiente. Que no es un organismo cabalmente autónomo, sino un organismo con tantas facultades supeditadas a la SCT que se trata de una autonomía fundamentalmente retórica, lo que daría motivos de equívocos graves.

Advierte de posibles conflictos de intereses en la designación de comisionados y evidencia su capacidad para sancionar, ya que la actual reforma sólo le permite propuestas. No resuelve el problema de la doble ventanilla y no contempla la opinión de la Cofeco respecto del otorgamiento de concesiones de servicio de radiodifusión y para la modificación de la prestación de servicios adicionales a través de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico concesionados. Sobre el régimen de concesiones y permisos se advirtió que la minuta no resuelve los temas que tienen que ver con los permisos ni con los medios públicos, faltan las formas de financiamiento o el cómo hacer llegar estos servicios a ciertas comunidades. Se ignora ominosamente el acceso universal a los servicios de telecomunicaciones. En el procedimiento para elegir a beneficiarios de una concesión el criterio único objetivo y específico que prevalece es el dinero que se pagaría, sin la evaluación de un proyecto de programación de calidad o la experiencia en el ramo. La única obligación en cuenta es la de carácter pecuniario, con la ausencia marcada de criterios precisos que dejan abierta la puerta para que por omisión o conveniencia, la autoridad considere solamente la oferta económica de los interesados.

No se establecen condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, tampoco incluye las instituciones y políticas necesarias para garantizar la vigencia de este derecho. En cuanto a los límites de la concentración se señaló que hay una participación de la Cofeco ambigua ya que sólo pide una opinión, sin exigir que ésta sea una opinión favorable. Se advierte que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en los principios sobre libertad de expresión plantea que la concentración de frecuencias o los monopolios u oligopolios en radiodifusión son antidemocráticos, ya que atentan contra los derechos informativos de la población, por lo que la competencia y los límites a la concentración se tienen que establecer claramente para garantizar la pluralidad y diversidad de la propiedad de medios electrónicos de comunicación.

En cuanto a la convergencia tecnológica se omite a los permisos que puedan ser usados para educación y cultura, sólo se da salida a la digitalización de la televisión, la radio y otros servicios quedan pendientes, no se tocan los temas como dominancia, cobertura social, brecha digital, interconexión, entre otros. No se propicia la utilización creativa o capaz de incentivar la diversidad de contenidos, se trata de beneficiar directa y ostensiblemente a los empresarios que ya tienen el privilegio de difundir señales de tv.

Sobre la producción independiente no existe una definición o criterios para su generación o fomento. En la publicidad electoral se registra que: el IFE se convierte en caja de pago sin fiscalización en tarifas o características de contratación, la única obligación de los concesionarios será la de informar de los contratos, permaneciendo la negociación directa y discrecional entre partidos, candidatos y empresas. En suma es una ley en la que no está presente el interés social, en la que prevalece la razón tecnológica y económica, excluyendo las demandas de la mayoría de la población, por eso las críticas y la frustración.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.