Usted está aquí: martes 25 de abril de 2006 Sociedad y Justicia Con su muerte el ministro Díaz Infante eludió a la justicia mexicana

Recibió un soborno de 500 mil dólares para liberar a El Chacal de Acapulco

Con su muerte el ministro Díaz Infante eludió a la justicia mexicana

Engrosa el archivo de juicios no resueltos; por su edad ya no pisaría la cárcel

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El caso de corrupción más escandaloso que se ha registrado en la historia del Poder Judicial de la Federación (PJF) quedó impune.

La muerte alcanzó en su domicilio al ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ernesto Díaz Infante, quien tenía 77 años de edad y estaba a la espera de ser sentenciado por segunda ocasión en el juzgado tercero de distrito de la ciudad de México, debido a su presunta responsabilidad en los delitos de cohecho y contra la administración de justicia.

En 2003, el impartidor de justicia fue condenado a ocho años y seis meses de prisión tras haber sido declarado penalmente responsable de recibir un soborno de 500 mil dólares y de presionar a dos magistrados de circuito para que dejaran en libertad al empresario Alejandro Braun, El Chacal, quien en 1986 violó y asesinó a la menor de seis años Merle Yuridia Mondain en Acapulco, Guerrero.

Sin embargo, un año después, el cuarto tribunal unitario de la ciudad de México revocó la sentencia y ordenó reponer el procedimiento al juzgado tercero.

Hasta su último día de vida, que ocurrió el pasado 17 de marzo, el ministro jubilado cobró su pensión equivalente al 80 por ciento del salario actual que perciben cada mes los ministros de la Corte, mismo que ronda los 140 mil pesos.

Desde agosto de 2004, el juez Arturo César Morales analizaba el expediente de la causa penal 110/2000, cuya sentencia se postergó ante la falta de diversas notificaciones judiciales y por que estaba pendiente el desahogo de diversas pruebas periciales, documentales y testimoniales.

Por el cáncer terminal que padecía, Díaz Infante fue excarcelado del Reclusorio Preventivo Norte a finales de 2004 -donde estuvo preso desde el año 2001, luego de haber permanecido prófugo casi una década-, para luego ser arraigado en su casa en espera de la sentencia correspondiente.

Díaz Infante fue la primer persona beneficiada de las reformas realizadas en 2004 al artículo 55 del Código Penal Federal (CPF), y desde agosto de ese año permaneció en su casa de la colonia Del Valle, en la ciudad de México. Eventualmente acudía al juzgado tercero a firmar el libró de procesados libres bajo fianza, y según fuentes judiciales, su estado de salud cada vez se notaba mas mermado, producto del cáncer pulmonar que padeció en los últimos años.

El artículo 55 del CPF señala: "cuando la orden de aprehensión se dicte contra una persona mayor de 70 años, el juez de la causa podrá ordenar que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado bajo las medidas de seguridad que procedan de acuerdo con la representación social".

También refiere que "una vez dictada la sentencia, la pena podrá ser sustituida por una medida de seguridad, a juicio del juez o tribunal que la imponga de oficio o a petición de parte, cuando por haber sufrido el sujeto activo consecuencias graves en su persona, o por su senilidad o su precario estado de salud fuere notoriamente innecesario o irracional que se compurgue dicha pena".

Funcionarios del PJF consultados por La Jornada revelaron que el expediente de la causa ya fue archivado ante la ausencia definitiva del ex ministro, quien según el acta de defunción enviada al juzgado tercero falleció en su casa el pasado 17 de marzo.

Fue la Policía Federal Preventiva (PFP) -misma que custodiaba en su domicilio a Díaz Infante- la que notificó al juez Morales Ramírez sobre el fallecimiento del inculpado. El caso fue sobreseido y enviado al archivo de casos que por distintas circunstancias no pudieron ser resueltos.

Díaz Infante, quien fuera amigo personal de los ministros Mariano Azuela Güitrón y Juan Díaz Romero fue detenido el 20 de junio de 2001 en San Antonio, Texas.

La Interpol lo ubicó porque inició los trámites para que se declarara la prescripción de los delitos de cohecho y contra la administración de justicia que interpuso en su contra la Procuraduría General de la República (PGR) desde 1993.

Con base en el CPF vigente para la época de los hechos, los delitos que se le imputaban al ex ministro prescribían ocho años después del 4 de abril de 1993, cuando se libró la orden de aprehensión.

No obstante, tanto un juez como un magistrado federales consideraron que en su caso se aplicaba un apartado del artículo 101 del CPF en el que se establece que en caso de que un inculpado huya al extranjero, el plazo de prescripción debe duplicarse, por lo cual los delitos que se le atribuyeron no perecían en 2001, sino hasta 2009.

Historia de corrupción

Alejandro Braun fue condenado en 1987 a 30 años de prisión. Se le declaró culpable de la violación y el asesinato de Merle Yuridia Mondain.

Meses después, su abogado Enrique Fuentes sobornó con 500 mil dólares al ministro Díaz Infante. Este a su vez presionó a los magistrados de circuito Gilberto Arredondo y Eufemio Zamudio, quienes finalmente el 8 de diciembre de 1988 le otorgaron un amparo a El Chacal, dejándolo en libertad.

Los padres de la menor presentaron una denuncia ante la PGR y el 12 de enero de 1989 la Corte destituyó a los dos magistrados, mismos que pudieron ser encarcelados. Fue en noviembre de 1993 cuando se ordenó la aprehensión del abogado Fuentes y de Díaz Infante, medida cautelar que fue librada el 20 de junio de 2001, a tan sólo unas horas de que prescribieran los delitos que le fincó PGR. Ambos fueron detenidos.

 
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