Usted está aquí: miércoles 10 de mayo de 2006 Mundo Anula la justicia amnistía al jefe de la policía secreta pinochetista

Los delitos de lesa humanidad no prescriben, señala la Corte Suprema de Chile

Anula la justicia amnistía al jefe de la policía secreta pinochetista

También los jueces rechazan fallo en favor de otros cinco militares de la dictadura y un informante

Se restablece la doctrina que el más alto tribunal ha sostenido contra represores, afirma abogado

ENRIQUE GUTIERREZ CORRESPONSAL

Santiago, 9 de mayo. La Corte Suprema de Justicia chilena anuló este martes un polémico fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había amnistiado al ex general Manuel Contreras y a otros procesados por los delitos cometidos durante la dictadura encabezada por el general Augusto Pinochet Ugarte (1973-1990).

El dictamen del máximo tribunal contra el ex jefe de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) fue valorado positivamente por abogados de derechos humanos, que lo consideraron un precedente frente a resoluciones de otros jueces que han optado también por amnistiar a los asesinos del régimen militar, que el 11 de septiembre de 1973 derrocó al presidente constitucional Salvador Allende.

Por cuatro votos contra uno, la segunda sala penal de la Corte Suprema anuló un fallo anterior que favoreció a Contreras, al ex brigadier Miguel Krasnoff, a los coroneles retirados Marcelo Moren, César Manríquez y Orlando Manso, al ex oficial Ciro Torres, al suboficial Basclay Zapata y al civil e informante de la dictadura Osvaldo Romo.

Todos ellos fueron procesados el pasado 9 de enero por el secuestro calificado de la asistente social Jackeline Binfa, quien fue detenida por agentes de la Dina en agosto de 1974, y a continuación desaparecida junto con el médico veterinario Jorge D'Orival Briceño, ambos miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

El magistrado del caso, Alejandro Solís, los procesó por secuestro calificado, lo que fue anulado el 16 de enero por la Corte de Apelaciones.

Pero el máximo tribunal chileno resolvió desestimar dicha sentencia porque el delito investigado es un crimen de lesa humanidad "que no puede ser objeto de prescripción ni sus responsables beneficiados con la amnistía".

El fallo restablece la doctrina que la Corte Suprema ha sostenido desde hace varios años en los juicios por violaciones contra los derechos humanos, destacó el abogado Hiram Villagra, quien representa en este caso a los familiares de las víctimas.

Asimismo, agregó Villagra, establece un precedente para otros juicios en que los jueces han optado por la conceder la amnistía que la dictadura decretó para los represores, y asestó un duro golpe a la impunidad de asesinos y torturadores de la pasada dictadura.

Recordó casos recientes que causan preocupación, como las amnistías dictadas por el juez Víctor Montiglio que absolvió al general retirado Sergio Arellano Stark, quien encabezó la llamada caravana de la muerte, y amnistió al oficial de igual grado Odlanier Mena y a los oficiales Luis Carrera y René Bravo.

El juez especial, Hugo Dolmestch, acusó por su parte a Alvaro Corbalán Castilla, quien llegó a mayor en el ejército, de ser el autor material de los asesinatos de disidentes cometidos en septiembre de 1986 en venganza por el atentado fallido contra el dictador Augusto Pinochet.

El entonces jefe de la policía secreta y escuadrón de la muerte de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), el fallecido general Humberto Gordon, ordenó a Corbalán, según consta en el proceso, que por cada agente muerto se debía ejecutar a dos izquierdistas.

En el atentado del 6 de septiembre de aquel año, en un sector cordillenaro, murieron cinco de los guardaespaldas de Pinochet.

Sin embargo, los asesinos no lograron cumplir la orden, aunque una de sus víctimas fue el periodista José Carrasco Tapia, dirigente del MIR y corresponsal del diario mexicano unomásuno.

El magistrado acusó a quien fue jefe operativo de la CNI, Alvaro Corbalán Castilla, en calidad de autor del delito de secuestro seguido de homicidio de José Carrasco Tapia, Felipe Rivera Gajardo, Gastón Vidaurrázaga Manríquez y Abraham Muskatblit Eidelstein.

 
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