Usted está aquí: lunes 22 de mayo de 2006 Capital Antes de las elecciones, informe sobre candidatos gastalones: IEDF

Innecesario presentar más quejas; suficientes las que ya se tienen, dice Cisneros

Antes de las elecciones, informe sobre candidatos gastalones: IEDF

De proceder serían sancionados con una amonestación o hasta el retiro de las prerrogativas

ROCIO GONZALEZ ALVARADO

Ampliar la imagen Isidro H. Cisneros Ramírez, consejero presidente, y Oliverio Juárez González, secretario ejecutivo del Instituto Electoral del Distrito Federal, durante la sesión extraordinaria del Consejo General, ayer en su sede del sur de la ciudad Foto: María Luisa Severiano

El presidente del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), Isidro Cisneros Ramírez, aseguró que antes del 2 de julio se dará a conocer qué partidos políticos y candidatos a la jefatura de Gobierno de la ciudad de México incurrieron en gastos anticipados de campaña, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reconoció las facultades de este organismo para actuar al respecto.

En entrevista, Cisneros Ramírez se congratuló de la resolución y señaló que dicha acción permite subsanar algunos vacíos legales que existen sobre la materia en el Código Electoral del Distrito Federal. "Otra vez tenemos poderosos instrumentos jurídicos" para analizar detenidamente los recursos que ejercen los partidos políticos, refirió.

A título personal, consideró que no es necesario que los partidos presenten nuevas quejas ante el organismo, pues las que se encuentran en su poder son suficientes para continuar con el proceso de fiscalización de precampañas, que se vio interrumpido por la revocación del acuerdo que se había tomado al respecto por el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF).

El TEDF había señalado que no existían causas suficientes para controlar las actividades que desplegaran los particulares, en este caso los candidatos, durante el periodo de precampañas, argumento que fue revertido por el TEPJF , al considerar que si bien en las disposiciones jurídicas del DF no se definían los actos anticipados de campaña, tampoco se podían permitir acciones que generaran desigualdad en la contienda.

Con ello, se repuso el procedimiento del Consejo General del IEDF que había aprobado en relación con una reglamentación y el establecimiento de criterios para sancionar lo que se consideran actos anticipados de campaña, en los cuales se incluía la propaganda en prensa, radio y televisión durante los procesos internos de selección de candidatos o precampañas.

La polémica se suscitó cuando los candidatos al gobierno capitalino Beatriz Paredes Rangel, de PRI y PVEM; Demetrio Sodi de la Tijera, del PAN, y Marcelo Ebrard Casaubon, del PRD, ya habían sido electos internamente en sus partidos, pero continuaban realizando actividades proselitistas cuando aún no se registraban ante el IEDF.

En el caso de Paredes Rangel, el argumento era de que se trataba de actos que realizaba como ciudadana, y el de Demetrio Sodi, que lo hacía en su calidad de senador, por lo que consideraban que no había obstáculo alguno para promocionarse también con espots en los medios electrónicos.

Por su parte, Ebrard Casaubon se amparó en el hecho de que si bien ya había sido electo en el PRD, aún faltaban por definirse los procesos internos en el Partido del Trabajo (PT) y Convergencia, que conforman la coalición Por el Bien de Todos.

El organismo electoral recibió quejas por distintos actos, entre las cuales se encuentra una del PRD en contra del PRI, y dos más del PRI en contra del PRD y del PAN, recordó Cisneros Ramírez, quien consideró que éstas podrían estar resueltas antes del 2 de julio, aunque destacó que la "fiscalización verdadera y propia es posterior a la jornada electoral".

Respecto de las posibles sanciones, dijo que hay una variedad establecida en el Código Electoral que van desde la amonestación privada o pública, hasta multas económicas, e inclusive el retiro parcial o total de las prerrogativas, dependiendo de la falta cometida.

De hecho, subrayó que cuando se propuso el documento titulado Criterios Generales para el Análisis de los Actos Anticipados de Campaña se establecieron rutas y criterios para definir cuáles son las conductas y actividades propias de una precampaña.

 
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