Usted está aquí: viernes 7 de julio de 2006 Política Inútil, la norma oficial para verificar la limpieza de las playas: Greenpeace

Su aplicación, sujeta a la buena voluntad de gobiernos estatales y municipales

Inútil, la norma oficial para verificar la limpieza de las playas: Greenpeace

ANGELICA ENCISO

La norma para la certificación de la calidad en las playas que publicó la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) será voluntaria, por lo que será decisión de los gobiernos si lo hacen o no, lo cual refleja la tibieza en la actuación de la dependencia, señaló Greenpeace.

El titular de la Semarnat, José Luis Luege Tamargo, al dar a conocer ayer la publicación de la norma dijo que esta regulación responde a "una demanda ciudadana" y demuestra el "interés" del gobierno federal para impulsar la sustentabilidad.

La Semarnat publicó ayer en el Diario Oficial la norma AA-120-SCFI-2005 que establece los requisitos y especificaciones para la certificación de la calidad en esas zonas, la cual permitirá expedir una acreditación que avale que una playa se encuentra limpia.

El ordenamiento voluntario tomará en cuenta no sólo la calidad del agua de mar, sino también el manejo adecuado de la basura y las aguas residuales, la infraestructura con que cuentan, el cuidado a la biodiversidad, la difusión continua de programas de educación ambiental, la seguridad y los servicios que presta.

Para Greenpeace, que ha demandado información actualizada sobre la calidad de las playas, este tipo de norma al no ser obligatoria es inútil, porque deja a discrecionalidad de los estados la decisión de informar sobre el estado sanitario de estos centros de recreo. Esta regulación contempla la expedición de dos tipos de certificado, uno para las playas de uso recreativo y otro para las consideradas como prioritarias para la conservación.

Los municipios, los comités de playas limpias, así como a las personas físicas y morales podrán solicitar la certificación, la cual se otorgará si cumplen con requisitos como la calidad bacteriológica del agua, la cual deberá tener como límite cien enterococos por cada cien mililitros, estar libres de películas de grasa, aceite, residuos derivados del petróleo, o espuma sobre la superficie del agua.

En relación con el manejo de basura, la regulación establece que la playa deberá contar con un programa de gestión integral para los desechos sólidos, además, que no haya presencia de residuos considerados como peligrosos.

Las playas que midan menos de 500 metros deberán contar con un acceso al público y en las que sean mayores, deberá haber uno cada medio kilómetro. La norma también plantea que debe haber señalamientos en los que se informe acerca de las características del lugar y para que adviertan de la presencia de marea roja, contar con salvavidas y equipo indispensable de salvamento.

Además el abastecimiento de combustible, el mantenimiento y la limpieza de los equipos motorizados acuáticos se deberá realizar fuera de la playa. Sumado a ello no deberá existir infraestructura costera en el área intermareal ni en la zona de dunas, y en todo caso la que se encuentre en las playas debe ser de bajo impacto.

La comisionada de Evidencia y Manejo de Riesgos, de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), Rocío Alatorre, consideró que la norma es el resultado del trabajo de diversas secretarías y es un instrumento de gestión verdaderamente necesario para el país, pero de carácter voluntario.

 
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