Usted está aquí: martes 15 de agosto de 2006 Capital Publica el GDF normas para la reclusión en casa

Publica el GDF normas para la reclusión en casa

BERTHA TERESA RAMIREZ

El Gobierno del Distrito Federal publicó ayer en su Gaceta Oficial el Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Reclusión Domiciliaria mediante el programa de monitoreo electrónico a distancia (brazalete electrónico).

Dicho reglamento norma las disposiciones generales para otorgar el beneficio de reclusión domiciliaria mediante estos dispositivos electrónicos, los cuales permitirán la ubicación y localización continua de las personas que los porten.

En su artículo quinto, se establece que podrán gozar del beneficio de reclusión domiciliaria "las personas que hayan sido sentenciadas al cumplimiento de una pena corporal, debidamente ejecutoriada, por delitos del orden común, a excepción de los contemplados en el artículo 42 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales para el Distrito Federal".

El artículo noveno establece que "las solicitudes de los aspirantes serán sometidas a un dictamen jurídico y criminológico previos, por las subdirecciones Jurídica y de Criminología, respectivamente, para determinar si cumplen o no los requisitos que señala la ley y el reglamento, y una vez hecho lo anterior serán puestas a consideración del Comité Dictaminador para su valoración y resolución".

Sobre las obligaciones de los beneficiarios, el artículo 14 establece que estos "deberán cuidar con la diligencia debida el dispositivo de monitoreo asignado; cubrir mediante fianza o caución el monto de los gastos por destrucción, total o parcial, y pérdida tanto del dispositivo electrónico".

 
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