Usted está aquí: viernes 19 de enero de 2007 Política La PGR, obligada a investigar posible acaparamiento, aseguran juristas

Los responsables pueden ser condenados de tres a 10 años de prisión, sostienen

La PGR, obligada a investigar posible acaparamiento, aseguran juristas

Difieren en cuanto a la necesidad de presentar denuncia por delitos contra el consumo

ALFREDO MENDEZ

Ampliar la imagen Penalistas mexicanos consideran que la Procuraduría General de la República debe investigar a los acaparadores que provocaron el alza en los precios de maíz y tortilla Foto: Gonzalo Pérez

La Procuraduría General de la República (PGR) está obligada, por ley, a investigar y, en su caso, consignar el expediente ante un juez federal para que éste aplique una sanción de entre tres y 10 años de cárcel a los acaparadores o especuladores del maíz y la tortilla. Para ello no requiere una denuncia de hechos, pues se trata de "delitos contra el consumo y la riqueza nacionales", previstos en el artículo 253 del Código Penal Federal, los cuales se persiguen "de oficio", manifestaron en entrevistas por separado destacados penalistas mexicanos.

Luis Madrigal Pereyra, integrante del consejo directivo de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados y del consejo directivo de la Barra Penal Internacional, aseguró que si el Ministerio Público Federal no realiza las pesquisas pertinentes, "la dependencia estaría incurriendo en una ilegalidad; en un acto de omisión ante la presunción de un delito".

El abogado Fernando Gómez Mont, especialista en derecho penal, coincidió con Madrigal Pereyra acerca de que no se requiere de una denuncia, pero aclaró que las investigaciones por delitos contra la economía pública son poco comunes en el país, por lo que "es probable que en la PGR no sepan ni cómo se mastican esos tipos penales, ya que implica pruebas técnicas, en econometría".

En contraparte, el penalista Alonso Aguilar Zinser aseguró que la denuncia sí es indispensable para que la autoridad ministerial investigue esos hechos, porque así lo señala el artículo 16 constitucional.

Sin embargo, precisó que cualquier mexicano, las instancias gubernamentales especializadas en el tema e inclusive la propia Comisión Permanente del Congreso de la Unión están facultados para denunciar, aunque para ello es indispensable que conozcan a detalle las causas que pudieron ocasionar el alza en el precio de la tortilla. "Si no denuncian, las instancias gubernamentales podrían incurrir en encubrimiento", puntualizó.

Desde la óptica de Aguilar Zinser, uno de los abogados más reconocidos en el ámbito penal, cuando se trata de delitos contra la economía pública "la ley no sanciona que un cuate suba los precios, porque el mercado libre lo va a perjudicar.

"La fracción primera, inciso d, del artículo 253 del Código Penal Federal sanciona a los monopolios y oligopolios; a aquellos que acuerden evitar la competencia entre sí, y que eso traiga como consecuencia que los consumidores paguen precios exagerados.

"Entonces, si Juan y Pedro se ponen de acuerdo para evitar competir entre ellos, ya no hay libre mercado; el tipo penal requiere que se compruebe un acuerdo o combinación entre productores, industriales y comerciantes que tengan como finalidad evitar la libre competencia, y como efecto el aumento de precios de manera exagerada", señaló Aguilar.

Para Fernando Gómez Mont, el alza del precio de la tortilla en México no derivó de un acuerdo o combinación entre comerciantes del ramo, sino de un "acaparamiento, ocultación o injustificada negativa para la venta del producto de consumo generalizado, con el objeto de obtener un alza en los precios o afectar el abasto de los consumidores", lo cual también está prohibido y sancionado por el artículo 253 del Código Penal, pero en su inciso a.

Aclaró que su hipótesis para creer que el posible delito cometido por el alza en el precio de la tortilla no deriva de actos monopólicos u oligopólicos, se basa en la siguiente razón:

"Hasta donde yo sé, en México el mercado de distribución y venta de tortilla es numeroso; abundan las tortillerías, en mercados, supermercados y en todas las colonias. Entonces no podríamos hablar de acuerdos entre industriales o comerciantes; recordemos que aumentaron los precios internacionales del maíz y de ahí se generó el estímulo para que se aprovecharan los acaparadores, que al conocer esa información guardaron los stock (reservas del producto) para después venderlos a mayor precio.

"Esto fue lo que sucedió, pero estamos hablando de que se trata de una conducta penal de particulares; es decir, sí fue una conducta prohibida, pero que no requiere acuerdo con otros industriales. Lo que pasó es que primero acaparó un comerciante y luego otro siguió su ejemplo, pero no se pusieron de acuerdo para hacerlo", puntualizó el litigante.

Con Gómez Mont coincidió Madrigal Pereyra, para quien también quedó claro que el alza al precio de la tortilla pudo deberse a acaparadores que ocultaron el producto en sus bodegas, por lo que hizo un llamado a la PGR a iniciar de inmediato la averiguación previa correspondiente para deslindar responsabilidades.

"No es normal que la Secretaría de Economía todavía no haya presentado una denuncia ante el Ministerio Público Federal para decir: subieron los precios de la tortilla, al parecer por acaparamiento, entonces investiga, PGR; y si llega a la conclusión de que nadie acaparó, que fue un problema de producción o derivado del alza internacional del precio del maíz, se cierra el expediente y todos contentos.

"Pero como fue al contrario, parece encubrimiento, una omisión que podemos traducir en ilegalidad", finalizó.

 
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