Usted está aquí: martes 23 de enero de 2007 Política Inconsistente, el criterio de la PGR para extradiciones

Fuentes de la SCJN cuestionan a Medina Mora

Inconsistente, el criterio de la PGR para extradiciones

En duda, la jerarquía de los tratados internacionales

JESUS ARANDA

Ampliar la imagen Sesión de trabajo de los ministros de la Suprema Corte Foto: Roberto García Ortiz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no tiene un criterio definido sobre la jerarquía de los tratados internacionales en relación con las leyes federales, sostuvieron altos funcionarios del máximo tribunal, quienes precisaron que el criterio invocado por el procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, para extraditar a Estados Unidos a diez capos de la droga es, por decir lo menos, inconsistente. Precisaron que inclusive en las próximas semanas el pleno de ministros comenzará la discusión ­aplazada varios meses, precisamente por la importancia del asunto­ respecto a la jerarquía de los tratados internacionales suscritos por México en relación con las leyes federales, y que será entonces cuando se defina un criterio al respecto.

Fuente judiciales comentaron lo anterior e inclusive señalaron que llama mucho la atención el que el Ejecutivo federal haya autorizado la entrega de los barones de la droga a Estados Unidos, precisamente a unos días de que el pleno fijara una postura al respecto.

Lo que hay hasta ahora es simplemente un tesis aislada y no una jurisprudencia, precisaron los entrevistados, quienes además destacaron que dicha tesis aislada tiene que ver con la materia administrativa y no con la penal.

En la conferencia de prensa del pasado domingo, en la residencia oficial de Los Pinos, el procurador Medina Mora sostuvo que la decisión de extraditar a los narcotraficantes está basada en criterios de la Suprema Corte, ''que señalan con toda claridad que hay una preminencia, una mayor jerarquía de los tratados internacionales sobre leyes federales ordinarias''.

En ese sentido, la Ley de Extradición no condiciona al gobierno de la República ''a agotar ningún procedimiento más que el amparo'' que interpongan los sujetos en contra de su entrega a otro país.

Además, no hay obligación de agotar la ejecución de las penas que en el orden local les hayan sido impuestas o que estén bajo proceso en México.

Al respecto, los informantes recordaron que la tesis aislada 77/99, que coloca a los tratados internacionales jerárquicamente por encima de las leyes federales, y en un segundo plano respecto de la Constitución federal, fue adoptada al resolver un amparo en revisión presentado por el Sindicato Nacional de Controladores de Tránsito Aéreo, pero que para tener el carácter de tesis de jurisprudencia se requiere que el pleno resuelva cinco asuntos consecutivos en el mismo sentido, lo cual no ha sucedido.

Es más, todavía en 1992, la Corte había sostenido que las leyes federales y los tratados internacionales tenían la misma jerarquía, criterio que fue modificado con la tesis referida de 1999. Sin embargo, cabe señalar que la conformación de la Suprema Corte ya cambió y que los ministros de reciente ingreso podrían tener un criterio diferente.

Recientemente, la ministra Olga Sánchez Cordero retomó el tema sobre la jerarquía de los tratados internacionales en relación con las leyes federales; en una conferencia magistral dejó en evidencia que tan no hay criterio definitivo, que propuso ''establecer, a nivel constitucional, una jerarquía axiológica que postule expresamente la preponderancia de los tratados por encima de las leyes federales''.

 
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