Usted está aquí: lunes 5 de febrero de 2007 Opinión Extradiciones y debilidad de las instituciones

Pilar Noriega García

Extradiciones y debilidad de las instituciones

La reciente entrega a Estados Unidos de algunos narcotraficantes mexicanos el pasado 19 de enero tiene un impacto jurídico y político que no puede soslayarse.

No puede sostenerse que sea constitucional, pues de acuerdo con el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona gozará de las garantías que otorga la misma sin que "puedan restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece".

En el artículo 14 constitucional se establece que nadie puede ser privado de la libertad, posesiones, propiedades o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad. (Garantías de audiencia y legalidad.)

El artículo 16 señala que nadie puede ser molestado, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. (Garantía de fundamentación y motivación.)

El artículo 15 constitucional dice que no se autorizará la celebración de tratados de extradición en los casos en que se alteren las garantías y derechos establecidos por la Constitución.

Por lo tanto, cualquier acto de las autoridades o incluso una ley que pretenda entregar a otro país a una persona sin un procedimiento establecido con anterioridad, en el que la persona pueda defenderse, por más justificación que pueda dársele, viola nuestra Constitución, porque hasta el momento no existe ninguna norma constitucional que permita la entrega de una persona nacional o extranjera a otro país sin mediar un juicio de extradición.

De acuerdo con la información que se tiene por los medios de comunicación, la entrega de los narcotraficantes mexicanos a las autoridades de Estados Unidos se hizo sin mediar ningún procedimiento. Esto último implica que no se trató de una extradición y que no se respetaron sus garantías.

Esta no es la primera vez que el gobierno mexicano entrega a Estados Unidos a un connacional, pues ya en 1996 se hizo lo mismo con Juan García Abrego (La Jornada, 25/1/07, p. 10) y en 2001 con Everardo Arturo Páez (Proceso no. 1578). Sin embargo, la explicación del gobierno mexicano y la reacción tanto de diferentes sectores sociales como de las circunstancias en que se produce es diferente, lo que amerita reflexión.

El editorial de La Jornada del 22 de enero pasado señaló correctamente algo que no puede pasar desapercibido: la entrega de los narcotraficantes es una "alarmante manifestación de debilidad". Sin embargo, no solamente por la desconfianza del Ejecutivo federal en las instituciones mexicanas, como señala el editorial, sino porque las razones esgrimidas van más allá y denotarían no sólo la debilidad del gobierno federal sino del propio Estado mexicano.

El procurador general de la República señaló que la "extradición" muestra la decisión del gobierno de hacer frente a la ola de violencia y de impunidad del crimen organizado, y que el gobierno refrenda su compromiso de proteger la seguridad interior de la nación, el orden, la paz social y fortalece la actuación de las instituciones (La Jornada, 20/1/07).

No se comprende cómo se fortalecerán nuestras instituciones si no se confía en éstas para hacer frente a la ola de violencia e impunidad del crimen organizado. Más bien, la entrega de miembros de la delincuencia organizada a otro Estado es signo de claudicación en todos y cada uno de los objetivos que supuestamente se persiguen con su entrega.

Bajo cualquier teoría política, una condición necesaria y suficiente para la existencia de un Estado es que en determinado territorio exista un poder tal que pueda crear y aplicar su derecho legítima y eficazmente. En el Estado democrático el poder no es absoluto, tiene limitaciones entre las cuales se encuentra el respeto, vigencia y eficacia de los derechos y libertades fundamentales.

Si un Estado "para proteger la seguridad de la nación, el orden y la paz social" requiere entregar a sus delincuentes a otro Estado, en violación de su propia Constitución, implica que el primer Estado no puede realizar esa labor y cede sus facultades ilegítimamente a otro ("Extradición de narcos, necesaria pero ilegítima", pg. 6, La Jornada, 27/1/07, p. 6). Por lo que la justificación del procurador general de la República sobre la entrega a Estados Unidos no solamente de narcos, sino de otras personas acusadas de otros delitos no denota un acto de poder, sino de debilidad, que puede ser un riesgo para la seguridad tanto interior como exterior del Estado mexicano al decidir poner en manos de otro la función propia del mismo Estado.

 
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