Usted está aquí: miércoles 21 de febrero de 2007 Política Aprueban diputados que se penalice el delito de terrorismo internacional

Cualquier gobierno podría reclamar la persecución de presuntos atacantes, objeta el PRD

Aprueban diputados que se penalice el delito de terrorismo internacional

ENRIQUE MENDEZ, ROBERTO GARDUÑO

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal, a la Ley contra la Delincuencia Organizada y a distintas normas de carácter fiscal para definir los tipos penales con los cuales combatir el terrorismo, el financiamiento a ese ilícito y, especialmente, establecer como delito en México el denominado terrorismo internacional.

Este último punto fue refutado por el PRD y por el PT, pues consideraron que al perseguirse este tipo de actos en territorio nacional cuando en realidad son cometidos en otros países, podría ubicar a México como blanco de ataques, sólo por respaldar las políticas de Estados Unidos para defender su nación y sus intereses económicos.

La mayoría, conformada por PAN y PRI, desechó un voto particular presentado por el diputado perredista Tonatiuh Bravo Padilla, quien solicitó en nombre de su fracción suprimir el capítulo 3 del Código Penal, que impone prisión de 15 a 40 años a quien cometa actos de terrorismo "para tratar de menoscabar la autoridad de un Estado extranjero, u obligar a éste o a un organismo u organización internacionales para que tomen una determinación".

Por 413 votos a favor, la mayoría parlamentaria aprobó en lo general reformas a la minuta que el Senado aprobó para definir los tipos penales sobre el terrorismo en diciembre de 2005, y fue devuelta a los senadores ya que las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda realizaron ajustes a los textos aprobados en Xicoténcatl.

A lo largo de la sesión, los diputados del PRD insistieron en que no debía hacerse una distinción entre terrorismo y terrorismo internacional en las leyes mexicanas, ya que en ningún documento suscrito por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o su Comité contra el Terrorismo se le exige a México hacer una tipificación diferenciada, y que ésta definición sólo pretende cumplir el compromiso adquirido por el ex presidente Vicente Fox con el gobierno de Estados Unidos de formar un circuito de seguridad para proteger a ese país.

"De tipificarse en forma separada, México estaría dando el primer paso para convertir en sus enemigos a los enemigos de otros estados. Con esto no se trata de propiciar que México sea campo fértil o paraíso de actividades terroristas", aclaró desde la tribuna el diputado Bravo Padilla.

Irak, una lección

A su vez el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, también del PRD, planteó a la asamblea que debe tomarse "la lección de la guerra, la intervención militar de Estados Unidos en Irak, donde se muestra que un terrorismo no puede ser combatido con otro tipo de terrorismo, y que el cometido por Al Qaeda y otros grupos hay que combatirlo con el derecho nacional e internacional, y no con la aplicación de guerras preventivas",

Su compañera de bancada, Mariana Bautista Bravo, planteó que si la cámara pretendía hacer esa distinción en el Código Penal, también debía tipificar el terrorismo de Estado, que, dijo, ha aumentado de manera global.

Bautista insistió en el argumento de que incluir la figura del terrorismo internacional coloca a México en una situación de riesgo y lo expone a que cualquier gobierno extranjero pueda reclamar la persecución de quienes considere terroristas.

Antes, el diputado Jaime Cervantes, del PT, advirtió que tal reforma podía constituirse como un instrumento legal para crear culpables de supuestos actos terroristas, y se refirió al caso del grupo de ciudadanos vascos extraditados por el gobierno de Vicente Fox a España. "Bajo el pretexto de tener nexos con la organización terrorista ETA, y no obstante demostrarse que ellos no tenían ningún vinculo, fueron entregados al gobierno español. Por eso hay que ser muy cuidadosos de que esas medidas no permitan la represión y extinción de voces disidentes".

Por otra parte, el pleno aprobó las reformas a la Ley de Concursos Mercantiles, que permitirá a las empresas evitar que ante el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, por el pago de cuotas al Seguro Social pongan en riesgo su viabilidad, por lo que se aprobó que los empresarios y sus acreedores puedan realizar convenios de pago, inclusive en la etapa del concurso mercantil, esto es la declaratoria de quiebra, y no sólo en la fase de conciliación. El pleno rechazó la moción suspensiva presentada por el PRD a la minuta del Senado, aun cuando argumentó que los cambios limitarán las facultades del Poder Judicial para corroborar que en realidad existe un estado de quiebra en empresas que solicitan el trámite de concurso mercantil.

 
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