Número 128 | Jueves 1 de marzo de 2007
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Directora general: CARMEN LIRA SAADE
Director: Alejandro Brito Lemus

Opinión

La inconstitucionalidad de la ley del ISSFAM, justicia parcial para militares
con VIH


Por Alejandro Brito

Finalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció por juzgar inconstitucional la baja automática de los militares portadores del VIH. Con ello, por orden del máximo tribunal del país, el ejército mexicano está obligado a restituir los derechos de los militares que interpusieron las demandas de amparo.

La trascendencia de este fallo es indudable, porque los ministros del máximo tribunal del país han establecido que los principios de igualdad y no discriminación están por encima de cualquier condición o régimen de excepción jurídica, como el que rige para las fuerzas armadas.

Como caja de resonancia social, en las sesiones del tribunal se dejaron escuchar, en boca de algunos ministros, las posiciones prejuiciosas más retrógradas que consideran a una persona con VIH una amenaza para la colectividad. El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano llegó al extremo de calificar a los militares seropositivos como riesgo de “severo problema bacteriológico (sic)” para la comunidad castrense. “No se puede permitir que éstas personas sean instrumento de incontables contagios”, argumentó por su parte el ministro Genaro David Góngora Pimentel. “Hay que regresarlos a sus casas, como se hace con los niños que llegan enfermos a clase”, secundó Mariano Azuela.

Sorprende lo atrasado de estas posiciones, pero sorprende aún más la renuencia de estos tres ministros frente a las evidencias científicas que no justifican en absoluto la inutilidad de una persona con VIH ni el peligro de contagio. El ministro Góngora Pimentel, asumiendo la posición oficial del ejército, no tuvo reparos en manifestar que eran justamente los tratamientos contra el VIH los que inutilizaban a los soldados para el servicio de las armas. Y poniendo en duda un informe de la Academia Mexicana de Ciencias porque, según él, los científicos no habían considerado las condiciones de la vida en los cuarteles y otros lugares asestados de chinches y garrapatas donde les toca dormir a los soldados, insinuaba que el virus podía transmitirse a través de estos insectos.

A estas alturas uno no se resiste a caer en la provocación y preguntar si la ignorancia y el desconocimiento no son causas de inutilidad para juzgar y elaborar veredictos justos.
Por fortuna, el buen juicio se impuso en la Corte y las posiciones intolerantes resultaron minoritarias. Sin embargo, no es suficiente declarar inconstitucional el dar de baja a militares portadores del VIH. La baja por inutilidad sigue siendo válida y constitucional, y un militar en esas condiciones tendrá que someterse a un peritaje médico —previsiblemente realizado por un médico militar— para demostrar que sigue siendo útil al servicio de las armas, lo que en la práctica deja abierta la posibilidad de continuar con el trato injusto y discriminatorio al interior de los cuarteles militares.

Lo que urge es reformar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para cerrar definitivamente las puertas a la discriminación y garantizar los derechos de los militares. Todo este lío se originó en las cámaras legislativas, los diputados se equivocaron y ahora les toca enmendar, con creces, su error. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya puso el ejemplo, lo mínimo a esperar de los legisladores es que se comporten a la misma altura.