Usted está aquí: sábado 3 de marzo de 2007 Capital La iniciativa de fin de dominio, buena idea: procurador del DF

Su alcance se tendrá que valorar, dijo Félix Cárdenas

La iniciativa de fin de dominio, buena idea: procurador del DF

AGUSTIN SALGADO

Ampliar la imagen El titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Rodolfo Félix Cárdenas, durante una reunión en la Asamblea Legislativa Foto: José Antonio López

El titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), Rodolfo Félix Cárdenas, aseguró que la institución a su cargo, por el momento, no colabora con la iniciativa de ley de extinción de dominio que el gobierno capitalino pretende promover ante la Cámara de Diputados.

Entrevistado al término de una reunión de trabajo con integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Félix Cárdenas calificó la propuesta del Ejecutivo local, Marcelo Ebrard Casaubon, como buena idea; sin embargo, evitó pronunciarse sobre sí será efectiva o no, con el argumento de que "habrá que conocer" los términos en que se elabore y el marco operativo que tenga.

"Vamos a ver cómo se plantea. La idea no me parece mala. Es una propuesta de la jefatura de Gobierno y hay que ver su contexto. En esencia, si su sentido es que se ataque el patrimonio de la delincuencia pues evidentemente que es una buena idea.

-¿La ve aplicable, viable, operativa?

-"Habrá que ver cómo viene, porque de eso depende mucho. Ver el marco operativo, ver qué instancias la van a aplicar, quiénes la van a operar y todo eso".

El procurador explicó que la llamada ley de extinción de domino "es una figura jurídica que ya existe en otros sitios", y que el "alcance de la misma" en la ciudad de México se tiene que "valorar en el contexto de la iniciativa que se haga".

Félix Cárdenas desestimó las críticas que se han realizado en contra de la expropiación del predio Tenoch 40, que establecen que el acto de la autoridad carece de validez jurídica.

"También hay muchos (constitucionalistas) que la han defendido y argumentar que no es válido utilizar la expropiación para combatir el delito, es un argumento muy ligero.

"En un contexto más amplio hay muchas figuras jurídicas para que se realicen (este tipo de) acciones de gobierno que no sólo es la expropiación. También hay el aseguramiento de bienes, derivado de una acción de la procuraduría, puede ser también una determinación fiscal o la acción de un juez civil.

"Es decir, hay muchos argumentos jurídicos y en este caso, por la naturaleza del predio, pues se optó por la figura de expropiación", aseveró.

Sin embargo, lo que omitió explicar es que la expropiación realizada el 14 de febrero no pudo haber sido basada jurídicamente a partir de un "aseguramiento de bienes" o de una "determinación fiscal o de un juez civil", ya que para ello tendría que haber existido con anterioridad un proceso civil, penal o fiscal en contra de los habitantes de Tenoch 40.

Por último, Félix Cárdenas aseguró de manera categórica que la premisa de "utilidad pública" que establece el artículo 27 constitucional para realizar la expropiación está garantizado: "las causas de utilidad pública son muy amplias. Hay que ver en el decreto de expropiación, que fue un trabajo del gobierno central, en qué parte se justifica, no recuerdo la fracción que aplica, pero ahí está justificado".

 
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