Usted está aquí: jueves 26 de abril de 2007 Política Abogados de LEA descalifican al magistrado que lleva el caso

Emite en un libro opiniones sobre el 2 de octubre, dicen

Abogados de LEA descalifican al magistrado que lleva el caso

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El juicio de amparo iniciado a petición del ex presidente Luis Echeverría Alvarez, acusado de genocidio, dio ayer un giro inesperado a unas horas de que se emitiera la resolución final del caso.

Minutos antes de que se realizara la audiencia constitucional en la que según algunas fuentes de la Procuraduría General de la República (PGR), se daría a conocer la resolución definitiva del tercer tribunal unitario del Distrito Federal, los abogados del ex mandatario presentaron un escrito para solicitar al magistrado federal Jesús Guadalupe Luna Altamirano que se desista de conocer el asunto por considerar que está impedido legalmente.

De acuerdo con la versión de los penalistas Juan Velásquez y Heraclio Bonilla, el magistrado Luna Altamirano, en su libro La extradición en México y otros países, editado por Porrúa, emitió opiniones relativas a la matanza del 2 de octubre de 1968, al considerar que diversas personas fueron ''torturadas, mancilladas, desaparecidas, encarceladas y asesinadas por razones políticas y regímenes dictatoriales''.

Según los litigantes, con base en los artículos 66, 67, 68 y 70 de la Ley de Amparo, que establecen que un juzgador queda inhabilitado para conocer de un asunto cuando se ha pronunciado públicamente sobre el contenido del mismo, Luna Altamirano debe excusarse y turnar la demanda de garantías de Echeverría a otro tribunal unitario del Distrito Federal.

En caso de que el impartidor de justicia no acceda a la petición de los penalistas, por considerar que no tienen razón, será el quinto tribunal colegiado -integrado por tres magistrados federales- el que determine si Luna prejuzgó en su libro la materia de la litis que actualmente se analiza en la demanda de amparo que pidió Echeverría Alvarez contra el auto de formal prisión dictado en su contra por lo hechos del 2 de octubre 1968.

En tanto, integrantes del Comité 68 Pro Libertades Democráticas, también presentaron ayer ante el tercer tribunal unitario un escrito para quejarse, ya que manifiestan que no han tenido acceso a la demanda de amparo del ex presidente, lo que los pondría en situación de desventaja respecto del inculpado.

Según consta en la promoción de los abogados del ex mandatario, Luna Altamirano ya tiene un criterio definido respecto a casos de genocidio. El escrito, en poder de La Jornada, refiere que el titular del tercer tribunal unitario, cuando se desempeñó como juez de distrito, determinó que los delitos de lesa humanidad, como genocidio, son imprescriptibles, según consta en su resolución emitida cuando se manifestó en favor de la extradición a España del presunto represor argentino Ricardo Miguel Cavallo.

Además, los defensores de Echeverría citan el libro del magistrado en materia de extradiciones, en el cual éste expone diversos casos prácticos que implicaron delitos de lesa humanidad.

''En su libro (el juzgador) dio una dedicatoria a las víctimas y familiares de las personas torturadas, mancilladas, desaparecidas, encarceladas, muertas por razones políticas y regímenes dictatoriales, como el chileno y el argentino, así como a los familiares de sus compatriotas por los hechos ocurridos en octubre de 1968, en Tlatelolco.

''Que los cuerpos de seguridad de los gobiernos de esos países entorpecieron y desviaron las investigaciones de los organismos civiles competentes; intimidaron a los testigos o los confabularon; destruyeron pruebas, etcétera, y por eso es que se había absuelto o no se había juzgado a los líderes políticos, ni a los culpables directos de cumplir órdenes.

''Además (el magistrado Luna Altamirano), sostuvo que no se podía tolerar que esos crímenes de lesa humanidad quedaran impunes; considero que todo lo anterior lo inhabilita, exclusivamente en el presente caso, para impartir justicia exenta de parcialidad'', señala finalmente el escrito.

 
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