Usted está aquí: jueves 7 de junio de 2007 Política Ordenan desclasificar información de averiguaciones contra Fox y Sahagún

Sólo se mantendrán reservados datos de las investigaciones que aún no concluyen

Ordenan desclasificar información de averiguaciones contra Fox y Sahagún

Intenso debate en el IFAI en torno al caso del ex presidente y los hermanos Bribiesca

ELIZABETH VELASCO C.

La Procuraduría General de la República (PGR) sufrió de nueva cuenta un revés, luego que el Instituto Federal de Acceso a la información (IFAI) aprobó por unanimidad desclasificar la información relacionada con las averiguaciones previas y actas circunstanciadas interpuestas -y ya concluidas- contra Vicente Fox, Marta Sahagún y sus hijos, Jorge y Manuel Bribiesca, así como contra los ex presidentes Carlos Salinas y Ernesto Zedillo.

Se mantienen en reserva las indagatorias y actas circunstanciadas que aún no han concluido. Sin embargo, es pública la información de las averiguaciones previas que estén en trámite si la propia PGR ya la ha difundido, como en el caso de las denuncias interpuestas por diputados de la 59 Legislatura, hechas del dominio público en el sexenio pasado, luego que presentaron diversas demandas en contra de Vicente Fox y los hermanos Bribiesca Sahagún.

El comisionado ponente de la resolución, Juan Pablo Guerrero Amparán, propuso la desclasificación con base en los artículos 13, fracción V, y 14, fracción III de la Ley Federal de Transparencia. Si bien confirmó la clasificación que por 12 años hizo previamente la PGR, precisó que deja de tener efecto a partir de que concluyan o causen estado las pesquisas.

De acuerdo con la resolución del recurso 319/07, propuesto por Guerrero, la PGR tiene que informar, para cada uno de los casos referidos, lo siguiente: el número de denuncias penales interpuestas, cuántas derivaron en averiguaciones previas y/o en actas circunstanciadas, los delitos por los que fueron denunciados, las fechas en que se interpusieron los recursos, el número de expediente (en actas circunstanciadas y averiguaciones) y el estado en que se encuentran las indagatorias.

Sobre los hermanos Bribiesca Sahagún, la PGR tiene que informar específicamente acerca de la cantidad de denuncias interpuestas en su contra por presuntos nexos con el narcotráfico, el estado en que se encuentran las pesquisas, los criminales con los que se les vinculó, así como las unidades administrativas que sustanciaron las averiguaciones. La resolución de ese recurso se dio después de casi una hora de intenso debate, durante el cual el comisionado presidente del IFAI, Alonso Lujambio Irazábal, se pronunció por mantener en la confidencialidad el nombre de los personajes referidos, con el argumento de proteger el "honor y el buen nombre" de los ex presidentes, así como de Marta Sahagún y de sus hijos Jorge y Manuel.

De hecho, por ese motivo Lujambio emitió un "voto particular" en el recurso referido, aunque en entrevista con La Jornada aseguró que "no es un voto disidente, porque estoy en favor en el sentido general de la resolución, en cuanto a que el caso se abra, aunque debe de abrirse por otra razón. Creo que el nombre de los denunciados es, en principio, información reservada de acuerdo con el artículo 18, fracción II (protección de datos personales)".

Pero en este caso, dijo, dado el interés público que existe en torno de estas personas, se da el principio de máxima publicidad. Lo particular, añadió, "es que llego a la misma conclusión del comisionado Guerrero, pero por otra ruta".

Durante el debate, Lujambio se pronunció por que "no se conozca el nombre (de los denunciados) hasta que el asunto tenga conclusión y no sea declarado el ejercicio de la acción penal".

Por su lado, el comisionado Alonso Gómez Robledo argumentó que aun cuando el buen nombre y el honor son un derecho humano internacional, "lo que nunca he visto en el derecho internacional es que la simple denuncia sea un acto que cause deshonra", por lo cual recomendó "tener mucho cuidado" en distinguir lo que es el inicio de una averiguación previa y el que se presente una denuncia "calumniosa o difamatoria. En ese caso, el que denuncia en forma difamatoria se genera una responsabilidad penal".

El pleno del IFAI ordenó también a la Secretaría de Marina entregar a un ciudadano los resultados de las pruebas físicas que anualmente efectúa a su personal, sin identificar a los trabajadores, con lo cual revocó la clasificación previa que había establecido esa dependencia.

 
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