Usted está aquí: lunes 18 de junio de 2007 Capital Legisladores dan a conocer una iniciativa sobre eutanasia pasiva

Prevén su aprobación en el periodo ordinario de sesiones de septiembre

Legisladores dan a conocer una iniciativa sobre eutanasia pasiva

Evitaría a desahuciados o en fase terminal el "encarnizamiento terapéutico", considera la propuesta

RAUL LLANOS SAMANIEGO

Ampliar la imagen Los diputados Sergio Cedillo, Juan Carlos Beltrán, Víctor Hugo Círigo e Isaías Villa dieron a conocer ayer la iniciativa de ley de voluntad anticipada, referente a la eutanasia pasiva, en una conferencia de prensa Los diputados Sergio Cedillo, Juan Carlos Beltrán, Víctor Hugo Círigo e Isaías Villa dieron a conocer ayer la iniciativa de ley de voluntad anticipada, referente a la eutanasia pasiva, en una conferencia de prensa

Las fracciones de PRD y de la coalición socialdemócrata de la Asamblea Legislativa se sumaron al tema de la eutanasia y ayer presentaron la iniciativa de ley de voluntad anticipada, que permitiría a una persona desahuaciada o en etapa de enfermedad terminal no prolongar de manera innecesaria su vida, evitando con ello el "encarnizamiento terapéutico".

En conferencia de prensa, los perredistas Juan Carlos Beltrán, Isaías Villa, Víctor Hugo Círigo, Sergio Cedillo, y el diputado de la coalición, Enrique Pérez Correa, destacaron que durante el periodo ordinario de sesiones de la Asamblea Legislativa (ALDF), en septiembre próximo, aprobarán esta nueva normatividad, que se enfoca principalmente en la aplicación de la "eutanasia pasiva".

Para Juan Carlos Beltrán, "imponer la vida contra la voluntad de las personas que han visto disminuir su calidad de vida por causas de enfermedades terminales, dolores intolerables y tratamientos médicos que prolongan su agonía, no puede obedecer ningún calificativo de bien jurídico y por lo tanto es un deber de la sociedad y sus representantes facilitar una muerte digna y sin dolor".

Incluso, resaltó que "cuando en un núcleo familiar se presenta una situación de este tipo se genera, además del sufrimiento del enfermo, un largo penar de todos los familiares que puede dañar de forma drástica sus relaciones intrapersonales, debido a los tratamientos médicos difíciles -que resultarán únicamente paliativos para una enfermedad incurable- y costosos, así como el desgaste emocional que implica ver la muerte lenta e inevitable de un ser querido, por eso se debe considerar la muerte por razones piadosas".

Con base en la iniciativa, una persona que esté en fase terminal o de desahucio podrá elaborar su documento de voluntad anticipada ante notario público, en el que plasmará su libre decisión, consciente, seria e inequívoca de "no utilizar medios, métodos o instrumentos médicos, quirúrgicos, terapéuticos, químicos y/o farmacéuticos que prolonguen de manera innecesaria su vida".

En el artículo quinto de dicho proyecto se menciona que la aplicación de las disposiciones establecidas en esta norma -que se realizarían en hospitales públicos o privados de esta ciudad- son relativas a la ortotanasia o eutanasia pasiva, cuya forma de ejecución requiere forzosamente realizarse mediante cuidados paliativos, con la posibilidad de usar la sedación terminal controlada, y las medidas mínimas extraordinarias, según sea el caso.

Con ello, agrega el texto, se evitará el "encarnizamiento terapéutico" innecesario -es decir, el uso de métodos médicos en una persona desahuciada o en fase terminal para mantenerla viva, sin importar los dolores que ello provoque- y protegiendo la dignidad del afectado.

Más adelante, en el artículo 20 se indica que en caso de que el enfermo en esa situación esté incapacitado para manifestar su voluntad anticipada, y previo diagnóstico del médico tratante que confirme su estado de salud, podrán decidir por él, en orden de prelación, los hijos mayores de edad consanguíneos o adoptados, el cónyuge o concubino; los padres, los hermanos mayores de edad; los familiares hasta cuarto grado, y, a falta de los anteriormente mencionados, el representante legal del enfermo.

Aunado a ello, se precisa que el documento de voluntad anticipada podrá ser revocable en cualquier momento antes de su ejecución por parte de las personas que lo suscriben, siempre que medie causa justificada para ello, como podría ser que el afectado supere el estado de enfermedad en que se encuentre y recobre de manera inequívoca la salud.

La citada iniciativa incluye un capítulo en el que se establece que el desahuciado o en etapa terminal podrá decidir libremente que al morir sean donados todos o algunos de sus órganos.

Para ello, se crearía una coordinación especial del Distrito Federal para la procuración de donación de órganos y transplantes, que estará integrada por comisiones de bioética ubicadas en cada centro hospitalario de esta capital.

 
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